Exposición de Motivos

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GACETA
22 de enero de 2014
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III. a VI
VIII. Cuando se ordene sustitcir !a pena o la multa por jornadas de trabajo, éstas podrán realizarse a favor de la comunidad en
actividades organizadas por instituciones públicas, previo convenio de colaboración y coordinación entre el Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México y la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Estado de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO,-
Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.-
E! presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno".
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los diecisiete días del
mes de enero del año dos mil catorce.- Presidenta.- Dip. Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes.- Secretarios.- Dip. Gerardo del
Mazo Morales.- Dic. María Teresa Garza Martínez.- Dip. Sergio Mancilla Zayas.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 22 de enero de 2014.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
MTRO. EFRÉN ROJAS DÁVILA
(RÚBRICA).
Toluca de Lerdo. México a 16 de octubre de 2013.
C. DIPUTADO SECRETARIO
DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
DE LA H. "LVIII
-
LEGISLATURA
DEL
ESTADO DE MÉXICO
PRESENTES
En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 51, fracción I y 77,
fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se
somete a la consideración de esta H. Legislatura por el digno conducto de
ustedes, Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones del Código de Procedimientos Penales del Estado de
México y al Código de Penal del Estado de México conforme a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el ámbito del Derecho vigente, la individualización de la pena está considerada

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