Acuerdo relativo a la autorización para la enajenación del predio propiedad municipal ubicado en calle Sierra Morena, Fraccionamiento La Loma IX, con superficie de 3,209.90 m2, identificado con clave catastral 140100127961002, Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor. Municipio de Querétaro, Qro.

6 de diciembre de 2011 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12897
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCION IX DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha once de octubre de dos mil once, el H. Ayuntamiento de
Querétaro resolvió lo relativo a la autorización para la enajenación del predio propiedad municipal ubicado en
calle Sierra Morena, Fraccionamiento La Loma IX, con superficie de 3,209.90 m2, identificado con clave
catastral 140100127961002, Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor, el cual señala textualmente:
“…CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 6º, 115 FRACCIÓN V INCISOS D) Y F)
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; ARTÍCULOS 2, 4 PÁRRAFO PRIMERO Y 24 DE LA LEY
ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL EN EL ESTADO DE QUERETARO; 25
FRACCIÓN I, 2117 Y 2118 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN XXIII, 31
FRACCIÓN VIII, 33, 49 Y 93 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 71
FRACCIÓN VII DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; 3 Y 6 DEL REGLAMENTO DE BIENES
PATRIMONIO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO; 22, 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
del Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se
encuentran facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal
que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello
corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo relativo a la autorización para la enajenación del predio
propiedad municipal ubicado en Calle Sierra Morena, Fraccionamiento La Loma IX, con superficie de
3,209.90 m2, identificado con clave catastral 140100127961002, Delegación Municipal Félix Osores
Sotomayor.
2. Que el derecho de acceso a la información pública, es un derecho fundamental que esta tutelado por el
información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal,
es pública..”. Asimismo instituye el principio de máxima publicidad, el cual debe ceñirse todo el quehacer
público gubernamental.
3. El Derecho de Acceso a la Información Pública y la Transparencia son dos elementos esenciales que
debe estar presentes en la Administración Pública Municipal, en el marco de un estado democrático que
exige respeto al derecho a la información y una rendición de cuentas sistemática de la función pública.
4. Que la Transparencia en la función pública debe construirse sobre una firme convicción de cambio en el
manejo de la información gubernamental y en un arduo trabajo consuetudinario de los servidores públicos
municipales para propiciarla, con el objeto de cumplir la responsabilidad social que tiene el Municipio con
su calidad de sujeto obligado a la Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental en el Estado de
Querétaro.

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