SE DETERMINAN LOS MONTOS A LOS CUALES DEBER�N SUJETARSE LOS AYUNTAMIENTOS EN LAS EXCEPCIONES A LOS PROCEDIMIENTOS DE LICITACI�N P�BLICA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009.

Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Poder Legislativo.- Nayarit.

LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y

Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:

Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:

DECRETO

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXIX Legislatura, decreta:

Determinar los montos a los cuales deberán sujetarse los Ayuntamientos en las excepciones a los procedimientos de licitación pública durante el ejercicio fiscal 2009

Artículo Único.- Las adquisiciones de bienes o prestaciones de servicios que requieren las diferentes dependencias y entidades de los municipios del Estado se sujetarán a los siguientes parámetros:

  1. En los municipios cuyo Presupuesto de Egresos sea de hasta setenta y cinco millones de pesos anuales:

    Aquellas cuyo costo sea de hasta $5,000.00 podrán realizarse a través de los fondos fijos; aquellas que sean mayores de $5,000.00 y hasta $50,000.00 se efectuarán bajo la modalidad de adjudicación directa. Las adquisiciones de bienes y servicios superiores a menos tres oferentes y aquellas que sean mayores de $200,000.00 deberán realizarse mediante licitación pública.

  2. En los municipios cuyo Presupuesto de Egresos sea de entre setenta y cinco millones un peso y ciento cincuenta millones de pesos anuales:

    Sábado 20 de Diciembre de 2008 Periódico Oficial 3

    Aquellas cuyo costo sea de hasta $5,000.00 se podrán realizar a través de los fondos fijos; aquellas que sean mayores de $5,000.00 y hasta $75,000.00 se efectuarán bajo la modalidad de adjudicación directa. Las adquisiciones de bienes y servicios superiores a menos tres oferentes, y aquellas que sean mayores de $300,000.0 deberán realizarse mediante licitación pública.

  3. En los municipios cuyo Presupuesto de Egresos sea superior a ciento cincuenta millones de pesos anuales:

    Aquellas cuyo costo sea de hasta $5,000.00 se podrán realizar a través de los fondos fijos; aquellas que sean mayores de $5,000.00 y hasta $150,000.00 se efectuarán bajo la modalidad de adjudicación directa. Las adquisiciones de bienes y servicios superiores a menos tres oferentes y aquellas que sean mayores $400,000.00 deberán realizarse mediante licitación pública.

    Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor

    Agregado. El pago de las Adquisiciones deberá de hacerse de...

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