Decreto por el que se establecen las características de diversas Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos

Fecha de disposición19 Diciembre 2002
Fecha de publicación19 Diciembre 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se establecen las características de diversas Monedas Conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS DE DIVERSAS MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LA UNIÓN DE LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA EN UNA FEDERACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL INCISO C) DEL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTÍCULO PRIMERO

Se establecen las características de treinta y dos monedas bimetálicas conmemorativas de la unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación, de conformidad con el Inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:

Valor Facial: Cien pesos.

Forma: Circular.

Diámetro: 39.0 mm. (treinta y nueve milímetros).

Canto: Estriado discontinuo.

Composición: Las monedas serán bimetálicas y estarán constituidas por dos aleaciones, una para su parte central y otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue:

  1. - Parte central de cada moneda.

    Composición: Plata Sterling.

    Ley: 0.925 (novecientos veinticinco milésimos), mínimo de plata.

    Metal de Liga: Cobre.

    Peso: 16.812 g. (diez y seis gramos, ochocientos doce miligramos).

    Contenido: 15.552 g. (quince gramos, quinientos cincuenta y dos miligramos), equivalente a 1/2 (un medio) de onza troy de plata pura.

    Tolerancia en Ley: 0.005 (cinco milésimos) en más o en menos.

    Tolerancia en peso por pieza: 0.336 g. (trescientos treinta y seis miligramos) en más o en menos.

  2. - Anillo perimétrico de cada moneda.

    Podrá estar constituido por cualquiera de las aleaciones siguientes:

    1. Aleación de bronce-aluminio.

      Esta aleación estará integrada como sigue:

      92% (noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (seis por ciento) de aluminio; y 2% (dos por ciento) de níquel; con una tolerancia, en más o en menos, de 1.5% (uno, cinco décimos por ciento), por elemento.

      En esta composición el peso será de 17.155 g. (diecisiete gramos, ciento cincuenta y cinco miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.772 g. (setecientos setenta y dos miligramos), en más o en menos.

    2. Aleación de acero recubierto de bronce.

      Esta aleación estará compuesta por dos partes:

      Un núcleo cuyo peso corresponderá entre 92% y 96% (noventa y dos y noventa y seis por ciento) y un recubrimiento cuyo peso corresponderá entre 8% y 4% (ocho y cuatro por ciento) del peso total de la pieza.

      La composición de cada una de estas partes será la siguiente:

      Núcleo de acero.

      Esta aleación estará integrada como sigue:

      0.08% (ocho centésimos de punto porcentual) de carbono, máximo; entre 0.25% y 0.40% (veinticinco y cuarenta centésimos de punto porcentual) de manganeso; 0.04% (cuatro centésimos de punto porcentual) de fósforo, máximo; 0.05% (cinco centésimos de punto porcentual) de azufre, máximo; y lo restante de hierro.

      Recubrimiento de bronce.

      Estará integrado como sigue:

      Entre 86% y 90% (ochenta y seis y noventa por ciento) de cobre.

      Entre 14% y 10% (catorce y diez por ciento) de estaño.

      En esta composición el peso será de 17.198 g. (diecisiete gramos, ciento noventa y ocho miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.774 g. (setecientos setenta y cuatro miligramos) en más o en menos.

    3. Aleación de bronce-aluminio-hierro.

      Esta aleación estará integrada como sigue:

      5% (cinco por ciento) de níquel, máximo; 5% (cinco por ciento) de aluminio, máximo; 1% (uno por ciento) de hierro, máximo; 0.6% (seis décimos de punto porcentual) de manganeso, máximo; y lo restante de cobre.

      En esta composición, el peso será de 17.394 g. (diecisiete gramos, trescientos noventa y cuatro miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.783 g. (setecientos ochenta y tres miligramos), en más o en menos.

    4. Aleación de alpaca dorada.

      Esta aleación estará integrada como sigue:

      70% (setenta por ciento) de cobre; 5.5% (cinco, cinco décimos por ciento) de níquel; y 24.5% (veinticuatro, cinco décimos por ciento) de zinc; con una tolerancia en más o en menos, de 1.5% (uno, cinco décimos por ciento), por elemento.

      En esta composición el peso será de 18.918 g. (dieciocho gramos, novecientos dieciocho miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.851 g. (ochocientos cincuenta y un miligramos), en más o en menos.

  3. - Peso total de cada moneda.

    Será la suma de los pesos de la parte central y del anillo perimétrico de la misma, que corresponderá para cada inciso del punto 2 anterior, como a continuación se indica:

    1. 33.967 g. (treinta y tres gramos, novecientos sesenta y siete miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 1.108 g. (un gramo, ciento ocho miligramos), en más o en menos.

    2. 34.010 g. (treinta y cuatro gramos, diez miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 1.110 g. (un gramo, ciento diez miligramos), en más o en menos.

    3. 34.206 g. (treinta y cuatro gramos, doscientos seis miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 1.119 g. (un gramo, ciento diecinueve miligramos), en más o en menos.

    4. 35.730 g. (treinta y cinco gramos, setecientos treinta miligramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 1.187 g. (un gramo, ciento ochenta y siete miligramos), en más o en menos.

    CUÑOS:

    Anverso Común: El Escudo Nacional en relieve escultórico, en semicírculo superior la leyenda Estados Unidos Mexicanos . El marco liso.

    Reverso de la primera moneda: Al centro el escudo de Aguascalientes, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Aguascalientes , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo inferior el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la segunda moneda: Al centro el escudo de Baja California, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Baja California , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo derecho el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la tercera moneda: Al centro el escudo de Baja California Sur, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Baja California Sur , al centro bajo de ésta el año de acuñación; en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la cuarta moneda: Al centro el escudo de Campeche, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Campeche , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo derecho el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la quinta moneda: Al centro el escudo de Coahuila de Zaragoza, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Coahuila de Zaragoza , al centro bajo de ésta el año de acuñación; en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la sexta moneda: Al centro el escudo de Colima, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Colima , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo derecho el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la séptima moneda: Al centro el escudo de Chiapas, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Chiapas , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo derecho el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la octava moneda: Al centro el escudo de Chihuahua, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Chihuahua , al centro bajo de ésta el año de acuñación; en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la novena moneda: Al centro el escudo del Distrito Federal en el campo superior paralelo al marco la leyenda Distrito Federal , al centro bajo de ésta el año de acuñación; en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la décima moneda: Al centro el escudo de Durango, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Durango , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo inferior el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la décima primera moneda: Al centro el escudo de Guanajuato, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Guanajuato , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo inferior el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la décima segunda moneda: Al centro el escudo de Guerrero, en el campo superior paralelo al marco la leyenda Estado de Guerrero , en el campo izquierdo la Ceca de la Casa de Moneda de México, en el campo derecho el año de acuñación; en el exergo el signo de pesos $ continuo el número 100, gráfila perlada. El marco liso.

    Reverso de la décima tercera moneda: Al centro el escudo de Hidalgo, en el campo superior paralelo...

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