Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia, para el ejercicio fiscal 2013, publicadas el 28 de febrero de 2013

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ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia, para el ejercicio fiscal 2013, publicadas el 28 de febrero de 2013. MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 26 de la Ley General de Desarrollo Social; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas;

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Que el 28 de febrero de 2013, la Secretaría de Desarrollo Social publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia para el ejercicio fiscal 2013, en cumplimiento a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013.

Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Que el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, implementada a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre.

Que esta Secretaría recibió el oficio número 312.A.-003305 de fecha 9 de octubre de 2013, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización presupuestaria correspondiente al Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia, para el Ejercicio Fiscal 2013; asimismo, recibió con fecha 11 de octubre de 2013, el oficio número COFEME/13/2885 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo.

Que con el propósito de fortalecer la coordinación y asignación de los apoyos económicos de dicho Programa con criterios estrictos de rentabilidad social, agilidad y transparencia, el Ejecutivo Federal publicó el 30 de septiembre de 2013 el Decreto por el que se establece el Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia como acción prioritaria y de interés público, el cual contempla la constitución de un fideicomiso público sin estructura orgánica, cuya finalidad será que los recursos del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia se administren estrictamente bajo los principios que establece el Decreto.

Que en cumplimiento al Segundo Transitorio del Decreto citado en el Considerando inmediato anterior, y con objeto de adecuar las Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia al contenido del citado Decreto, para facilitar el acceso de los beneficiarios a los recursos de este Programa, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEGURO DE VIDA PARA JEFAS DE FAMILIA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2013

ÚNICO: SE MODIFICAN: el numeral 1. Introducción; el numeral 2.1 Objetivo general; el numeral 2.2 Objetivo Específico; el segundo párrafo del numeral 3.1.1 Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre; el numeral 3.2 Población Objetivo; el numeral 1 del apartado de Criterios y el numeral 2 del apartado de Requisitos, ambos del inciso a) del numeral 3.3.1 Criterios y Requisitos para el Pre-registro; el primer párrafo, el inciso a), los numerales 1 y 2 del apartado de Criterios del inciso a), los numerales 1ª., 1d., 1g. y 2 del apartado de Requisitos del inciso a), así como los numerales 1ª., 1d. y 1f. del apartado de Requisitos del inciso b), todos del numeral 3.3.2 Criterios y Requisitos para el Registro; el primer párrafo y el inciso a) del numeral 3.4 Criterios de Selección; el segundo párrafo del numeral 3.5 Tipos y Montos de Apoyo; los incisos b), d) y f) del numeral 3.6.2. Obligaciones; el primer párrafo y el inciso a) del numeral 3.6.3 Corresponsabilidades; los incisos a) y d) del numeral 3.6.4.1 Suspensión por Tiempo Indefinido; el primer párrafo, el inciso d) del segundo párrafo, y los párrafos 5, 6, 7 y 8 del numeral 3.7.2 Instancia Normativa; el numeral 3.7.2.1 Atribuciones; el primer párrafo del numeral 3.7.3 Coordinación Interinstitucional; el numeral 4.1 Ejercicio y Aprovechamiento de Recursos; el primer párrafo del numeral 4.2 Proceso de Operación; el título y los párrafos 1, 3 y 6 del numeral 4.2.4 Incorporación al Padrón de Beneficiarios; los párrafos 1 y 2 del numeral 4.2.5.1 Entrega de Apoyos en Efectivo; los párrafos 1 y 2 del numeral 4.2.5.2 Entrega de Apoyos mediante Transferencias Electrónicas; los párrafos 1 y 2 del numeral 4.2.6 Reexpedición de Apoyos; el 2 y 5 párrafos del numeral 4.2.7 Reincorporación de las Personas Beneficiarias; el numeral 4.4.2 Recursos no Devengados; el numeral 4.4.3 Cierre de Ejercicio; el primer párrafo del numeral 6. Indicadores; el segundo párrafo del numeral 7.2 Control y Auditoría; el título y los párrafos 3, 4 y 6 del numeral 8.3 Conformación del Padrón Único de Beneficiarios; los párrafos 3 y 7 del numeral 11. Quejas y denuncias, el Anexo 1 GLOSARIO DE TÉRMINOS, el Anexo 2 FORMATO DE PRERREGISTRO 2013 CUESTIONARIO COMPLEMENTARIO, el Anexo 3 FORMATO DE SOLICITUD DE INCORPORACIÓN AL PROGRAMA, el Anexo 5 CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN SOCIECONÓMICA 2013 y el Anexo 6 INDICADORES DE PROPÓSITO Y COMPONENTE DEL PROGRAMA.

SE ADICIONAN: el numeral 3.2.1 Población Atendida; un segundo párrafo al numeral 1 del apartado de Requisitos y el numeral 3 del apartado de Criterios, ambos del inciso a) del numeral 3.3.1 Criterios y Requisitos para el Pre-registro; el numeral 1g. al apartado de Requisitos del inciso b) del numeral 3.3.2 Criterios y Requisitos para el Registro; un tercer párrafo al numeral 3.5 Tipos y Montos de Apoyo; un segundo párrafo al inciso a) del numeral 3.6.3 Corresponsabilidades; el Anexo 4 FORMATO DE ACEPTACIÓN DE PERSONAS BENEFICIARIAS AL PROGRAMA.

SE ELIMINAN: el numeral 2 del apartado de Criterios del inciso b) del numeral 3.3.2 Criterios y Requisitos para el Registro; el segundo párrafo del numeral 3.7.3 Coordinación Interinstitucional; del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia, para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2013, para quedar como sigue:

1. Introducción

La pobreza no es una condición estática, sino que puede variar a lo largo del tiempo. Esto es, la condición de pobreza de las personas puede depender...

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