Acuerdo por el que se modifican los Sistemas de Datos Personales de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, que se indican, en su Apartado IV 'Cesión de Datos'

Servicios de Salud Pública del Distrito Federal

Dr. José Armando Ahued Ortega, Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 6 y 16, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54 fracción I y 71 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 5, 6, 7 fracciones I y II y 21 fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 14 fracción IX del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y los numerales 1, 3, 4, 5, 6, 8 y 11 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se hace del conocimiento de los habitantes del Distrito Federal, para los efectos legales correspondientes, el contenido del:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, QUE SE INDICAN, EN SU

APARTADO IV "CESIÓN DE DATOS"

CONSIDERANDO

  1. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 6o, que el derecho a la información será garantizado por el Estado y en consecuencia, para el ejercicio del mismo, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por el principio de protección, respecto a la información relativa a la vida privada de las personas, así como de sus datos personales, en posesión de los Entes Públicos y con las excepciones que fijen las leyes.

  2. Que de acuerdo a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 19 de julio de 2013, respecto de nuestra Carta Magna, se establece en su artículo 16, párrafo segundo que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud pública o para proteger los derechos de terceros.

  3. Que la Ley de Salud del Distrito Federal señala que los habitantes del Distrito Federal, independientemente de su edad, género, condición económica o social, identidad étnica o cualquiera otro, tienen derecho a la protección a la salud y que el Gobierno del Distrito Federal, las dependencias y entidades federales, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de cumplir este derecho.

  4. Que Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, siendo un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, sectorizado a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, tiene por objeto la prestación de servicios de salud pública, de atención médica de primer nivel y de servicios de salubridad general de ejercicio coordinado en los términos de los instrumentos jurídicos aplicables, tendientes a realizar acciones y servicios enfocados, básicamente a preservar la salud mediante actividades de promoción, vigilancia epidemiológica, saneamiento básico y protección específica, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y en su caso rehabilitación de padecimientos que se presentan con frecuencia y cuya resolución es factible por medio de atención ambulatoria, basada en una combinación de recursos de poca complejidad técnica.

  5. Que el pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal aprobó los "Criterios y Metodología de Evaluación de lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal" en los cuales del criterio 17 al 20 se establecen los requisitos necesarios para publicar el apartado denominado: "Cesión de Datos".

  6. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 14, apartado B, fracciones II y III de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), así como en el numeral 16, fracciones I, II inciso B y III de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, las medidas de seguridad implementadas para la protección de los Sistemas de Datos Personales con niveles de seguridad medio y alto se someterán a una auditoría interna o externa, mediante la cual se verifique el cumplimiento de la Ley, de los Lineamientos y demás procedimientos vigentes en materia de seguridad de datos personales, al menos cada dos años.

  7. Que los Sistemas de Datos Personales a cargo de las unidades administrativas que dependen de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal son resguardados con nivel de seguridad alto.

  8. Que el Órgano Interno de Control (OIC) realizó el procedimiento de auditoría, correspondiente al año 2014 y en su informe final reportó una deficiencia en el fundamento legal de la "Cesión de datos" del Destinatario "Órgano Interno de Control en Servicios de Salud Pública del Distrito Federal", indicando que la normatividad que se deberá señalar son los artículos 34 fracciones VIII, XI, XII y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 113 fracciones II, XXIV y XXV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que es necesario modificar el apartado IV "Cesión de Datos", de los sistemas de datos personales que se enlistan, a cargo de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.

  9. Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 6 y 7 fracciones I y II, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los numerales 6 y 8 de los Lineamientos en la materia, corresponde a cada ente público determinar mediante acuerdo emitido por su titular o en su caso del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia y que cada ente público deberá publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la creación, modificación o supresión de un sistema de datos personales, he tenido a bien dictar el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, QUE SE INDICAN, EN SU APARTADO IV "CESIÓN DE

DATOS"

ÚNICO: Se modifican en su apartado IV "Cesión de Datos", los Sistemas de Datos Personales que se enlistan a continuación describiendo su denominación, folio y fecha de registro, mismos que se encuentran debidamente inscritos en el "Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) y en su caso publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal:

Folio Fecha Denominación

0321505320442100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud T-III Dr. Manuel Escontria 0321505360443100512 12/05/2010 Expediente de Personal Centro de Salud Dr. Manuel Escontria 0321505520444100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud T-III Dr. Ignacio Morones Prieto 0321505770445100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-III Dr. Ignacio Morones Prieto 0321505940446100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-III Dr. Eduardo Jenner 0321505990447100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-III Dr. Eduardo Jenner 0321506250448100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-III Lomas de la Era 0321506270449100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud Lomas de la Era 0321506320450100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-III Dr. Manuel Márquez Escobedo 0321506370451100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-III Dr. Manuel Márquez Escobedo

0321506430452100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-III Minas de Cristo 0321506480453100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-III Minas de Cristo 0321506610454100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-III Ampliación Presidentes 0321506720455100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-III Ampliación Presidentes 0321506740456100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-II la Cascada 0321506880458100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-II Jalalpa

0321506910459100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-II Jalalpa 0321506960457100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-II la Cascada 0321507020460100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-I Ave Real 0321507180461100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-I Ave Real 0321507190462100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-I Heron Proal 0321507300463100512 12/05/2010 Expediente de Personal del Centro de Salud T-I Heron Proal 0321507390464100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-I Puente Colorado 0321507460537100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro T-I de Salud Memetla

0321507530560100512 12/05/2010 Expediente Clínico Clínica de Especialidades 6

0321507590466100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-I Tarango 0321507660538100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud TI El Chamizal 0321507670561100512 12/05/2010 Expediente de Personal Clínica de Especialidades 6

0321507700468100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-I Tetelpan

0321507720539100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud TI Jardines de la Palma 0321507770562100512 12/05/2010 Expediente de Personal Espacio Interactivo de Atención a Jóvenes 0321507820540100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud Ti Palo Alto

0321507850470100512 12/05/2010 Expediente Clínico del Centro de Salud T-I Corpus Christy 0321507870563100512 12/05/2010 Expediente de Personal Oficinas Jurisdiccionales Jurisdicción Sanitaria Cuauhtémoc

0321507890541100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud TI Rosa Torres

0321507940542100512 12/05/2010 Expediente Clínico Centro de Salud T-III Dr. José María Rodríguez 0321507970564100512 12/05/2010 Expediente...

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