MODIFICACIÓN A LA ESTRUCTURA TARIFARIA DEL ORGANISMO OPERADOR DE SERVICIOS DE AGUA DE CALVILLO (OOSAC) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022

Fecha de publicación11 Abril 2022
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 119Abril 11 de 2022 (Cuarta Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
El Honorable Ayuntamiento de Calvillo, Aguascalientes, en Sesión extraordinaria celebrada el día de
hoy, en uso de las facultades que le confieren los Artículos 115, fracción IV de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 70, fracción III de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes, 36, fracción I, VI, XXXVIII, inciso a) y LIX de la Ley Municipal del Estado de
Aguascalientes, y 24, fracciones I, V, XLIII del Código Municipal de Calvillo, Aguascalientes, y
CONSIDERANDO
Que con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 25 fracción II y 29 fracción III de la Ley de Agua para
el Estado de Aguascalientes, el Consejo Directivo del ORGANISMO OPERADOR DE SERVICIOS DE
AGUA DE CALVILLO, (OOSAC); en sesión ordinaria aprobó la modificación en el punto 1.2 a las cuotas y
tarifas por los servicios de agua potable y alcantarillado, así como el costo de los servicios que estarán
vigentes a partir del primero de enero del año dos mil veintidós.
Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 96 de la Ley de Agua para el Estado de Aguascalientes,
en relación con lo señalado por el artículo 873 fracción IV del Código Municipal de Calvillo, Ags., se somete
a consideración la modificación a las tarifas y el costo de los Servicios para el ejercicio 2022 en el renglón
1.2 prestados por el ORGANISMO OPERADOR DE SERVICIOS DE AGUA DE CALVILLO, (OOSAC).
Se ha tenido a bien aprobar el siguiente:
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza modificación a la Estructura tarifaria del Organismo Operador de
Servicios de Agua de Calvillo (OOSAC) para el ejercicio fiscal 2022, en el punto 1.2., para quedar como
sigue:
1.2.- Los usuarios que en calidad de jefes de familia a cuyo nombre este el contrato del servicio de agua
potable, acrediten debidamente ser jubilados, pensionados o miembros de INAPAM, tendrán los siguientes
descuentos:
50% de descuento en el consumo bimestral de: 0 a 19 metros cúbicos
35% de descuento en el consumo bimestral de: 20 a 39 metros cúbicos
Estos descuentos solo aplican a usuarios que estén al corriente en sus pagos y no son acumulativos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo administrativamente surte efectos retroactivos a partir del día
primero de enero de dos mil veintidós.
ARTÍCULO TERCERO.- Se ordena su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en el Salón de Cabildo del H. Ayuntamiento de Calvillo, Ags. A 18 de marzo de dos mil veintidós.
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C. DANIEL ROMO URRUTIA
PRESIDENTE MUNICIPAL
__________________________________
LIC. ALFREDO GARCÍA MARTÍNEZ
PRIMER REGIDOR
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C. ANDREA GARCIA RODRIGUEZ
SEGUNDO REGIDOR

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