Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación

Fecha de disposición09 Mayo 2000
Fecha de publicación09 Mayo 2000
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 4o. fracción I, 12, 13 y 14 de la Ley de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO 1o

Se modifica la fracción arancelaria de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, con su arancel mixto expresado en moneda nacional por pieza, en los siguientes términos:

8704.31.05 Denominados pick up , de peso total con carga máxima inferior o igual a 3,200 kilogramos, y cuyo número de serie o año-modelo sea al menos 10 años anterior al vigente, que no sean de doble rodada. Cuota Pza. 475 pesos Ad-valorem 1
TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los ocho días del mes de mayo de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Ángel Gurría Treviño.- Rúbrica.- El Secretario de Comercio y Fomento Industrial, Herminio Blanco Mendoza.- Rúbrica.

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