Modifica Semarnat LíMites Permisibles de EmisióN de Ruido

México, 3 Dic. (Notimex).- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dio a conocer el acuerdo por el que establecen los límites máximos permisibles de emisión de ruido para las zonas residenciales, industriales, comerciales, escuelas, ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento.

La modificación al numeral 5.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-081-semarnat-1994, establece que para la zona residencial el límite máximo permisible de nivel de sonido de ponderación "A" emitido por fuentes fijas es de 55 decibeles (dB) entre las 6:00 y las 22:00 horas y de 50 de las 22:00 a las 6:00 horas.

El documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación y que entrará en vigor mañana, precisa que para las zonas industrial y...

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