Por el que Se Modifica el Reglamento del Código de la Administración Pública de Yucatán, sobre la Secretaría General de Gobierno.

PÁGINA 10 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 3 DE MARZO DE 2022.
Decreto 476/2022 por el que se modifica el Reglamento del Código de la
Administración Pública de Yucatán, sobre la Secretaría General de Gobierno
Mauricio Vila Dosal, gobernador del estado de Yucatán, con fundamento en los
artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; y
14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración Pública de Yucatán, y
Considerando:
Que el Reglamento del C ódigo de la Administ ración Pública de Yuc atán, de
conformidad con su artículo 1, tiene por objeto establecer la organización y las
disposiciones que rigen el funcionamiento del Despacho del Gobernador y de las
dependencias y entidades que conforman la Administración Pública estatal.
Que el mencionado reglamento, en su artículo 37, fracción II, inciso d), regula,
dentro de la estructura orgánica de la Subsecretaría de Gobierno y Desarrollo
Político de la Secretaría General de Gobierno, a la Dirección de Asuntos Agrarios.
Que el reglamento en comento dispone, en su artículo 45, fracción VIII, que a la
persona titular de la Subsecretaría de Gobierno y Desarrollo Político le
corresponde formular planes y programas en materia agraria competencia de la
Secretaría General d e Gobierno y establec er contacto permane nte con ejidatarios,
campesinos, comuneros y cooperativistas, a fin de conocer sus problemas y, en su
caso, proponer soluciones por la vía administrativa.
Que a la persona titular de la Dirección de Asuntos Agrarios, adscrita a la
Subsecretaría de Gobierno y Desarrollo Político, le corresponde el ejercicio
pormenorizado de la facultad señalada en el párrafo anterior, de conformidad con
el artículo 50 del Regl amento del Código de la A dministración Públic a de Yucatán.
Que, en virtud de la importancia de las demandas y necesidades del sector agrario
y campesino, resulta necesario elevar el nivel jerárquico de la actual Dirección de
Asuntos Agrarios, par a pasar a ser Subsecretarí a de Asuntos Agrarios, a efecto de
propiciar que la atención de los asuntos en la materia sea más ágil y eficiente, por
lo que he tenido a bien expedir el presente:
Decreto 476/2022 por el que se modifica el Reglamento del Código de la
Administración Pública de Yucatán, sobre la Secretaría General de Gobierno
Artículo único. Se reforma: la fracción II del artículo 37; se derogan: la fracción
VIII del artículo 45 y el artículo 50; y se adicionan: la fracción III al artículo 37,
recorriéndose en su numeración las actuales fracciones III, IV, V y VI, para pasar a
ser las fracciones IV, V, VI y VII; y el artículo 51 Ter, todos del Reglamento del
Código de la Administración Pública de Yucatán, para quedar como sigue:
Artículo 37.
I. …
II. Subsecretaría de Gobierno y Desarrollo Político.
III. Subsecretaría de Asuntos Agrarios.

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