Por el que Se Modifica el Reglamento del Código de la Administración Pública de Yucatán, sobre la Agencia para el Desarrollo de Yucatán.

MÉRIDA, YUC., DOMINGO 31 DE DICIEMBRE DE 2017. DIARIO OFICIAL PÁGINA 15
Decreto 576/2017 por el que se modifica el Reglamento del Código de la
Administración Pública de Yucatán, sobre la Agencia para el Desarrollo de
Yucatán
Rolando Rodrigo Zapata Bello, gobernador del estado de Yucatán, con
fundamento en los artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del
Estado de Yucatán; y 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración
Pública de Yucatán, y
Considerando:
Que el Reglamento del Código de la Administración Pública de Yucatán, en
términos de su artículo 1, tiene por objeto establecer la organización y el
funcionamiento del Despacho del Gobernador y de las dependencias y entidades
que integran la Administración Pública estatal.
Que el reglamento antes referido, en su artículo 20, fracción II, inciso b), señala
que el Despacho del Gobernador estará conformado, entre otras unidades
administrativas, por la Coordinación de Proyectos Estratégicos, y en su artículo 26
quater enlista las facultades y obligaciones del titular de dicha coordinación.
Que el Decreto 549/2017 por el que se regula la Agencia para el Desarrollo de
Yucatán, en términos de sus artículos 1 y 2, tiene por objeto regular la
organización y funcionamiento de dicha agencia, que es un organismo público
descentralizado de la Administración Pública estatal, con personalidad jurídica y
patrimonio propios, que tiene por objeto impulsar la inversión, la productividad, la
competitividad y el desarrollo de infraestructura y alentar, potenciar y consolidar la
economía del estado de Yucatán.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018, en el eje de desarrollo Yucatán
Seguro, establece el tema Certeza Jurídica y Patrimonial, cuyo objetivo número 1
es “Aumentar los niveles de certeza jurídica en el estado”. Entre las estrategias
para su cumplimiento se encuentra la de “Impulsar la actualización constante del
marco jurídico estatal”.
Que resulta necesario modificar el Reglamento del Código de la Administración
Pública de Yucatán para eliminar de la estructura orgánica del Despacho del
Gobernador a la Coordinación de Proyectos Estratégicos, en virtud de que sus
recursos financieros, humanos y materiales se transferirán a la Agencia para el
Desarrollo de Yucatán, para que esta cuente con los elementos necesarios para
cumplir con su objeto, por lo que he tenido a bien expedir el presente:
Decreto 576/2017 por el que se modifica el Reglamento del Código de la
Administración Pública de Yucatán, sobre la Agencia para el Desarrollo de
Yucatán
Artículo único. Se reforman: las fracciones III y VIII del artículo 26 bis; se
derogan: el inciso b) de la fracción II del artículo 20 y el artículo 26 quater; y se
adicionan: las fracciones IX, X y XI del artículo 26 bis, recorriéndose en su

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