Por el que Se Modifica el Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Yucatán.

PÁGINA 8 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 12 DE NOVIEMBRE DE 2021.
Acuerdo SSY 14/2021 por el que se modifica el Estatuto orgánico de los
Servicios de Salud de Yucatán
La Junta de Gobierno de los Servicios de Salud de Yucatán, con fundamento en los
artículos 68 y 115, fracciones VI y VII, del Código de la Administración Pública de
Yucatán; y 8, fracciones VIII y IX, del Decreto 73/1996 por el que se crea los
Servicios de Salud del Estado de Yucatán, y
Considerando:
Que el 13 de diciembre de 1996 se publicó en el Diario Oficial del Gobierno del
Estado de Yucatán el Decreto 73/1996 por el que se crea los Servicios de Salud del
Estado de Yucatán.
Que el decreto en comento, en términos de sus artículos 1 y 2, reguló a los Servicios
de Salud de Yucatán como un organismo público descentralizado de la
Administración Pública estatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que
tiene por objeto prestar servicios de salud a población abierta del estado en
cumplimiento de lo dispuesto por las leyes general y estatal de salud.
Que el decreto referido, en términos de su artículo 5 y 8, dispone que los Servicios
de Salud de Yucatán estará integrado por una junta de gobierno y un director
general y que le corresponde aprobar el Estatuto orgánico de los Servicios de Salud
de Yucatán, y los manuales de organización, procedimientos y servicio al público.
Que el Código de la Administración Pública de Yucatán establece, en su artículo 68,
que el órgano de gobierno deberá expedir el estatuto orgánico del organismo público
descentralizado, en el que se establezcan las bases de organización, así como las
facultades y las atribuciones de las unidades administrativas que lo integren.
Que resulta necesario modificar el Estatuto orgánico de los Servicios de Salud de
Yucatán, a efecto de actualizar su estructura y con ello mejorar la calidad de sus
servicios, para responder a la visión del Gobierno del Estado que es atender de
manera efectiva las demandas sociales presentes, por lo que esta junta de gobierno
ha tenido a bien expedir el presente:
Acuerdo SSY 14/2021 por el que se modifica el Estatuto orgánico de los
Servicios de Salud de Yucatán
Artículo único. Se reforman: el inciso d) de la fracción II del artículo 7; el artículo
31; la denominación de la sección cuarta del capítulo II del título tercero; los artículos
32 y 33; el párrafo primero del artículo 51; y la fracción IV del artículo 52; se
derogan: las fracciones IX, X y XI del artículo 29; la sección tercera del capítulo
único del título cuarto; y el artículo 50; y se adicionan: el inciso f) a la fracción II del
artículo 7, recorriéndose en su numeración los actuales incisos f), g) y h), para pasar
a ser los incisos g), h) e i); la sección quinta al capítulo II del título tercero, que
contiene los artículos 35 bis y 35 ter, recorriéndose en su numeración las actuales
secciones quinta, sexta y séptima, para pasar a ser las secciones sexta, séptima y
octava; los artículos 35 bis y 35 ter; y la fracción VII al artículo 52, recorriéndose en
su numeración las actuales fracciones VII y VIII, para pasar a ser las fracciones VIII
y IX, todos del Estatuto orgánico de los Servicios de Salud de Yucatán, para quedar
como sigue:

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