Acuerdo por el que se publica el Modelo del Acuerdo de Coordinación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI), que celebrará la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas con los beneficiarios del mismo

Fecha de disposición06 Mayo 2010
Fecha de publicación06 Mayo 2010
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. ACUERDO POR EL QUE SE PUBLICA EL MODELO DEL ACUERDO DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA (PROCAPI) QUE CELEBRARA LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS CON LOS BENEFICIARIOS DEL MISMO.

XAVIER ANTONIO ABREU SIERRA, Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 74, 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 174, 175, 176, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; 4 y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, así como los artículos 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; y

CONSIDERANDO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de su Ley, el Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, aprobó la modificación a los Programas sujetos a Reglas de Operación.

Que el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, diversos programas, entre los que se encuentran los que están a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, deberán sujetarse a Reglas de Operación, conforme a los requisitos, criterios e indicadores que el mismo establece.

Que los programas de subsidio del Ramo Administrativo 6 que ejecuta la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, se destinan exclusivamente al desarrollo de los pueblos indígenas de acuerdo con los criterios de la misma Comisión, a través de acciones que promuevan el desarrollo integral de las personas, comunidades y familias, la generación de ingresos y de empleos, y el desarrollo local y regional de dichos pueblos.

Que en este marco, dichas Reglas de Operación fueron autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictaminadas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria a efecto de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, mediante los oficios No. 312.A.- 001423 y COFEMER//09/4764 de fechas 3 y 18 de diciembre del año 2009, emitiéndose la autorización y el dictamen respectivos a las Reglas de Operación de los Programas Albergues Escolares Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2009.

Que de conformidad con las Reglas de Operación de el Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) existe la necesidad de celebrar Acuerdos de Coordinación para su ejecución de con el propósito de que Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y instancia ejecutoras coordinen acciones y apliquen recursos para la implementación de proyectos productivos integrales ejecutados y operados por la población indígena y que en términos de lo dispuesto en los artículos 4 y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 178 segundo párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria éstos deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, previo dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

MODELO DE ACUERDO DE COORDINACION QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA (PROCAPI) QUE CELEBRARA, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS CON INSTANCIAS EJECUTORAS BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA

Unico. Se emite y publica el modelo de acuerdo de coordinación que en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) que celebrará, la Comisión Nacional para el

Desarrollo de los Pueblos Indígenas con instancias ejecutoras beneficiarias del Programa, el cual se contiene en el anexo del presente acuerdo y que para todos los efectos se considera como parte integrante de este documento.

PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA

MODELO DE ACUERDO DE COORDINACION

ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA POR ____(1)_____________________ EN SU CARACTER DE ____________(2)_____________________, EN EL ESTADO DE _____(3)________ Y EL GOBIERNO DEL __________(3)_______, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL ________(4)______________________, ASISTIDO POR _____(5)_____________, EN SU CARACTER DE ____(6)_________; Y/O EL MUNICIPIO DE ______(7)________, ________(7)_________ REPRESENTADO POR ____(8)__________, _____(8)________ Y _______(8)________, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO Y TESORERO; A LA(S) QUE EN LO SUCESIVO SE LE(S) DENOMINARA "LA(S) EJECUTORA(S)"; Y A TODOS ESTOS CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL ____(9)____, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno, con la participación de las comunidades.

  2. El Plan Nacional de Desarrollo en su Eje 3 igualdad de Oportunidades, numeral 3.4 Pueblos y Comunidades Indígenas, establece la necesidad de incorporar plenamente a los pueblos y comunidades indígenas al desarrollo económico, promoviendo que todas las dependencias, en sus ámbitos de competencia, se hagan responsables y actúen decididamente. Para ello es necesario consolidar mecanismos de coordinación con los gobiernos estatales, municipales y con las organizaciones indígenas para el diseño y operación de los programas dirigidos su desarrollo, apoyando proyectos productivos de las comunidades indígenas, lo cual alentará en un contexto favorable la promoción de inversiones en las regiones indígenas para generar condiciones de empleo.

  3. El Programa para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2009-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2009, señala que el mismo tiene como principio estructural, el apartado B del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se establece que la superación de los rezagos económicos y sociales y el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y las comunidades indígenas, son responsabilidad de las instituciones del Estado Mexicano, en sus tres órdenes de gobierno.

  4. La Constitución...

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