Decreto Número 870 que Aprueba en sus Tér-Minos la Minuta del Proyecto de Decreto que Reforma la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Legislación Procesal Penal única.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

XalapaEnríquez, Ver., julio 31 de 2013.

Oficio número 198/2013.

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33 fracción I y 38 de la Constitución Política local, 18 fracción I y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pueblo, expide el siguiente:

DECRETO NÚMERO 870

Que aprueba en sus términos la Minuta proyecto de Decreto que reforma la fracción XXI del artículo

73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Legislación

Procesal Penal Única

Artículo Único Se aprueba en sus términos la "MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE LEGISLACIÓN PROCESAL PENAL

ÚNICA", enviada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; para quedar como sigue:

MINUTA PROYECTO DE

Decreto que reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Legislación Procesal Penal Única.

Artículo único Se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 73 El Congreso tiene facultad:

I a XX. ...

XXI. Para expedir:

  1. Las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.

    Las leyes generales contemplarán también la distribución de...

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