México y el Derecho Internacional del Mar: Bibliografía Selecta. (1a. Parte)

MEXICO Y EL DERECHO INTERNACIONAL DEL MAR: BIBLIOGRAFIA SELECTA.
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Dr. ALBERTO SZEKELY.*


(*) Profesor Titular de Tiempo Completo, de Derecho Internacional Público, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México

INTRODUCCION

El 6 de febrero de 1976 se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial, y cuya anchura es de 200 millas contadas a partir de la línea de base desde donde se mide el mar territorial. Una semana más tarde, el 13 de febrero, la Ley Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 27 Constitucional, Relativo a la Zona Económica Exclusiva, fue publicada en el mismo órgano del Gobierno de México. Ambos instrumentos jurídicos entrarán en vigor, de acuerdo con lo dispuesto por sus respectivos Artículos Transitorios, 120 días después de su publicación, es decir, el 6 de junio de 1976. Al establecer dicha zona, México adquiere derechos soberanos sobre los recursos en las aguas, suelo y subsuelo de la misma, así como una serie de jurisdicciones exclusivas y concurrentes referentes a, las primeras, el establecimiento y utilización de islas artificiales, instalaciones y estructuras y a cualesquier actividades de exploración y explotación económica en la zona y, las segundas, a la preservación del medio marino, incluyendo el control y la eliminación de la contaminación, y a la investigación científica. La reclamación de la zona, cuya superficie es mayor que la del territorio mexicano en su totalidad, enriquece a México en forma invaluable. De aquí, precisamente, la índole histórica de la reclamación y su importancia para el futuro de México.

Por otra parte, la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, que llevará a cabo su Cuarto Período de Sesiones en Nueva York, del 15 de marzo al 7 de mayo de 1976, se aproxima al logro de su objetivo oficial que consiste en elaborar una convención general sobre todos los temas del nuevo derecho internacional del mar. Dichos temas comprenden la delimitación exterior de la Plataforma Continental, la fijación convencional del mar territorial a 12 millas, la reglamentación de la zona económica exclusiva y de todas las jurisdicciones y competencias especificas que de ella se derivan, la utilización y conservación de los recursos vivos en el Alta- Mar, la protección del medio ambiente marino y la reglamentación de la investigación científica, así como, entre otros, el establecimiento de un régimen y Autoridad internacionales para los fondos marinos y oceánicos fuera de los límites de la jurisdicción nacional. La pieza central del nuevo sistema jurídico del mar será, sin duda, la zona económica exclusiva, sobre la que ya se ha dado un acuerdo implícito en los anteriores períodos de sesiones de la Conferencia (Nueva York en diciembre de 1973, Caracas en el verano de 1974 y Ginebra en la primavera de 1975), y que será ratificada convencionalmente al incluírsele en la esperada convención.

El que se logre elaborar una convención general sobre el nuevo derecho del mar no significará que con ello se acabarán los problemas de jurisdicción y de administración de recursos marinos. Por el contrario, con la elaboración de la convención se iniciará la etapa difícil de la implementación de la misma. En el nivel de derecho interno, los Estados ribereños deberán elaborar legislación para reglamentar la situación jurídica, utilización, protección y preservación de las zonas marinas bajo su jurisdicción y sus recursos. Será pues ardua la tarea. Para llevarla a cabo exitosamente, será menester conocer con profundidad la práctica seguida, por el Estado en cuestión, en los asuntos jurídicos del mar, así como las realidades referentes a dichas zonas marinas y recursos.

La presente Bibliografía Selecta pretende contribuir a la tarea que los especialistas mexicanos deberán llevar a cabo con el objeto de implementar, en las zonas marinas bajo la jurisdicción de México, el nuevo derecho internacional del mar.

Para quienes ostentamos orgullosamente el título de Licenciado en Derecho o el grado de Doctor en Derecho, pero principalmente para los egresados de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, actualmente Facultad de Derecho, tiene especial interés la obra del Dr. Lucio MENDIETA Y NUÑEZ titulada "Historia de la Facultad de Derecho".

Por ese gran interés, no considero tardía esta reseña bibliográfica de una segunda edición de la obra mencionada.

En efecto, la misma se publicó en su primera edición en el año de 1956, como el autor lo señala, como consecuencia de la celebración del IV Centenario de la Facultad de Derecho, ya que fue escrita precisamente en relación a dicho acontecimiento, a petición del consejo Técnico de la propia Facultad.

Ahora, después de aproximadamente diecinueve años, aparece una segunda edición, muy oportuna para ser conocida por las nuevas generaciones de abogados.

La obra comprende en esencia dos aspectos que se presentan paralelamente: la historia de la enseñanza del derecho en México, y la historia de la Facultad de Derecho, ambos tratados por el autor con gran amplitud.

En efecto, inicia su estudio refiriendo cómo estuvieron organizados jurídicamente los antiguos mexicanos, cómo eran sus normas jurídicas, cómo se integraban sus tribunales y la forma en que se ventilaban los asuntos. Más aún, refiere cómo la enseñanza del derecho se impartía en el Calmecac que puede considerarse como la primera Escuela de Derecho en América y en donde jóvenes nobles adquirían conocimientos teóricos y prácticos.

Así pasa a la época colonial para señalar cómo en un principio el aprendizaje del derecho fue a través de un sistema autodidáctico de leyes y procedimientos, con presentación de examen ante la Real Audiencia, hasta llegar a la Fundación de la Universidad y formando parte de ella, las Facultades de Cánones y Leyes, siendo Virrey de la Nueva España Dn. Luis de Velasco, y a virtud de cédula expedida por Carlos V en 1551.

Narra el autor, con lujo de detalles y generosidad de datos, la inauguración de la Universidad, la forma en que se integró el Claustro Universitario, y así a través del tiempo, cómo se empezó a construir edificio propio para la Universidad, los grados establecidos, forma en que se realizaban los exámenes, oposiciones necesarias para obtener las cátedras, precisa cómo en ciencia jurídica la primera que se impartió fue la de Decretales o Prima de Cánones iniciada el 12 de julio de 1553, y alude además a la curiosa práctica de los "vejámenes".

Continúa el autor con su narración, refiriéndose a México independiente y señala las vicisitudes por las que atravesó la Universidad, siendo primero suprimida, restableciéndose, volviéndose a suprimir y nuevamente a restablecer, enfocando su estudio de manera especial a la Escuela Nacional de Jurisprudencia.

Se ha indicado ya que paralelamente al estudio de la historia de la Facultad de Derecho, la obra contiene la historia de la enseñanza del derecho, y por ello se hace referencia al tipo de aprendizaje que lo fue también en esta época, teórico y práctico, dando a este último aspecto una gran importancia; se incluyen planes de estudio de la carrera, número de años requeridos por la misma, control de aprovechamiento, etc.

A continuación alude el Dr. Lucio MENDIETA y NUÑEZ a los distintos conflictos planteados a las autoridades universitarias pero iniciados en la Escuela Nacional de Jurisprudencia, uno de los cuales, la huelga de 1929 que trajo como consecuencia la autonomía universitaria.

La obra que se reseña contiene en su quinta parte la relación de los distintos Directores que ha tenido la Escuela desde su fundación, hasta el año de 1953, con datos biográficos y fotografías de la mayor parte de ellos.

Es muy interesante citar que el autor relata cómo se creó el Doctorado en Derecho que permitió a la Escuela Nacional de Jurisprudencia transformarse en Facultad de Derecho, siendo Director el Dr. José Castillo Larrañaga y Rector el Dr. Luis Garrido.

Parte digna de citar es la relativa a la descripción de los actos realizados para celebrar el IV Centenario de la Facultad de Derecho, llevados a cabo con gran solemnidad y que constituye la última parte de la obra reseñada, en su primera edición.

La segunda edición concluye con un apéndice relativo a los acontecimientos que se han realizado desde el año de 1953 a la fecha, sin embargo es de lamentar que sólo se haga una brevísima referencia a ellos a pesar de que el Dr. MENDIETA expresa la razón de ello. De cualquier manera hubiera sido loable la continuación de la historia con la misma amplitud que la primera parte.

Lic. MARIA CARRERAS MALDONADO

Maestra titular por oposición de la Facultad de Derecho de la U.N.A.M.

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LEGISLACION

DISPOSICIONES LEGISLATIVAS RELEVANTES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, DEL 1o. DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 1976
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TARIFA para el cobro del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Automóviles para los Modelos de 1965 a 1976, automóviles para el transporte hasta de 10 personas. 2 de enero de 1976. No. 1. Folio 26.

DECRETO por el que se reforman diversos artículos del Decreto de 24 de octubre de 1974, por el que se reestructura el Instituto Nacional de Protección a la Infancia. 2 de enero de 1976. No. 1. Folio 53.

REGLAMENTO para la prevención y Control de la Contaminación Ambiental originada por la Emisión de Ruidos. 2 de enero de 1976. No. 1. Folio 55.

LEY del Desarrollo Urbano del Distrito Federal. 7 de enero de 1976. No. 4. Folio 28.

INTEGRACION de los Comités Distritales Electorales. 8 de enero de 1976. No. 5. Folio 2.

DECRETO por el que se aprueba el Convenio de Panamá Constitutivo del Sistema Económico Latinoamericano (SELA). 8 de enero de 1976. No. 5. Folio 20.

DECRETO por el que los Mandos Territoriales de la Armada de México quedarán divididos en doce Zonas Navales. 8 de enero de 1976. No. 5. Folio...

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