Acuerdo por el que se delegan en favor del titular de la Comisión Nacional del Agua y a los titulares de las unidades administrativas que se mencionan, las facultades para suscribir los contratos y demás actos jurídicos que se deriven, de acuerdo con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como la Ley de ...

Fecha de disposición24 Marzo 2000
Fecha de publicación24 Marzo 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se delegan en favor del titular de la Comisión Nacional del Agua y a los titulares de las unidades administrativas que se mencionan, las facultades para suscribir los contratos y demás actos jurídicos que se deriven, de acuerdo con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

JULIA CARABIAS LILLO, Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que, corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo, con excepción de aquellas que, por disposición de la ley, deban ser ejercidas expresamente por dichos titulares;

Que en el Diario Oficial de la Federación del 4 de enero del año dos mil, se publicaron la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;

Que para dar la atención pronta y expedita a los ordenamientos legales antes citados, es necesario delegar en el Director General de la Comisión Nacional del Agua y a diversos titulares de las unidades administrativas de dicha Comisión, las facultades relativas a los trámites, suscripción y demás actos jurídicos relacionados con los contratos que en nombre y en representación de dicho órgano desconcentrado se celebren;

Que el último párrafo del artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal ordena que los acuerdos, por los cuales se deleguen facultades, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN FAVOR DEL TITULAR DE LA COMISION NACIONAL DEL AGUA Y A LOS TITULARES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE SE MENCIONAN, LAS FACULTADES PARA SUSCRIBIR LOS CONTRATOS Y DEMAS ACTOS JURIDICOS QUE SE DERIVEN, DE ACUERDO CON LA LEY DE ADQUISICIONES,...

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