Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 3-83-52 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Melchor Ocampo, Municipio de Lázaro Cárdenas, Mich. (Reg.- 392

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 3-83-52 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Melchor Ocampo, Municipio de Lázaro Cárdenas, Mich. (Reg.- 392)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción IV, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número SDS-A1/1L-1484/98 de fecha 11 de diciembre de 1998, Pemex Gas y Petroquímica Básica solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 3-81-38.48 Has., de terrenos del ejido denominado MELCHOR OCAMPO , Municipio de Lázaro Cárdenas del Estado de Michoacán, para destinarlos a la construcción de la terminal de gas natural perteneciente al gasoducto de 24 D.N. Valtierrilla-Morelia-Lázaro Cárdenas, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción IV y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 11973. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 3-83-52 Has., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada con la obra realizada por Pemex Gas y Petroquímica Básica, en virtud de la anuencia otorgada mediante convenio de fecha 19 de abril de 1998, suscrito con el núcleo agrario MELCHOR OCAMPO , Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Michoacán, con la intervención de la Procuraduría Agraria.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 7 de junio de 1939, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1939, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido MELCHOR OCAMPO , Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Michoacán, una superficie de 4,796-00-00 Has., para beneficiar a 128 capacitados en materia agraria, más la parcela escolar, ejecutándose dicha resolución en forma parcial el 15 de junio de 1939, entregando una superficie de 4,717-00-00 Has.; por Decreto Presidencial de fecha 29 de marzo de 1972, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 1972, se expropió al ejido MELCHOR OCAMPO , Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Michoacán, una superficie de 242-65-82 Has., a favor de la Secretaría de Marina, para destinarse a la construcción del puerto marítimo Lázaro Cárdenas; por Decreto...

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