De las medidas

Páginas28-36
EDICIONES FISCALES ISEF
28
TITULO TERCERO
DE LAS MEDIDAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 56. LA FINALIDAD DE LAS MEDIDAS SANCIONA-
DORAS
Las medidas reguladas por esta Ley tienen como finalidad la rein-
tegración social y familiar del adolescente y brindarle una experiencia
de legalidad, así como valorar los beneficios de la convivencia armó-
nica, del civismo y del respeto de las normas y de los derechos de los
demás y serán impuestas por la autoridad judicial; se instrumentarán
en lo posible, con la participación de la familia, de la comunidad y, en
su caso, con el apoyo de los especialistas, atendiendo en todo mo-
mento a la protección integral y al interés superior del adolescente.
ARTICULO 57. LIMITACION DE LAS MEDIDAS
Todas las medidas reguladas por esta Ley, están limitadas en su
duración y no podrán, bajo ninguna circunstancia, superar el máximo
previsto para cada una de ellas. Ello no excluye la posibilidad de de-
terminar el cumplimiento de la medida antes de tiempo, ni adecuarla
en beneficio del sujeto de la misma, en los términos previstos por
esta Ley.
La decisión sobre la medida que corresponde ser impuesta debe
tener relación directa con los daños causados, así como la intencio-
nalidad de ocasionarlos.
ARTICULO 58. INDIVIDUALIZACION Y ADECUADA MEDIDA
APLICABLE
El Juez, al dictar resolución definitiva, determinará las medidas
aplicables y las individualizará dentro de los límites señalados, con
base en la gravedad de la conducta tipificada como delito y la edad
del sujeto, tomando en cuenta:
I. La naturaleza de la acción u omisión y los medios empleados
para ejecutarla;
II. La magnitud del daño causado al bien jurídico o el peligro en
que éste fue colocado;
III. Las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión del hecho
realizado;
V. La forma y grado de intervención del adolescente en la comisión
de la conducta tipificada como delito;
VI. Los vínculos de parentesco, amistad o relación entre el activo y
el pasivo, así como su calidad y la de la víctima u ofendido;
V. La edad, el nivel de educación, las costumbres, condiciones
sociales, económicas y culturales del adolescente, así como los
motivos que lo impulsaron o determinaron a realizar la conducta
tipificada como delito. Cuando el procesado pertenezca a un grupo
étnico o pueblo indígena, se tomarán en cuenta, además, sus usos
y costumbres;
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