Marca TPP límites a inversión foránea

AutorUlises Díaz

En el Acuerdo de Asociación Transpacífica (TPP, por sus siglas en inglés) se marcan límites que permiten que extranjeros inviertan en el País con preferencias.

En el texto de este tratado se especifica que cualquier extranjero que pertenezca a alguno de los otros socios TPP podrá realizar inversiones sin que su estatus le confiera diferencias o discriminaciones respecto a los nacionales, por lo cual tendrá las mismas protecciones, un trato justo y equitativo.

Sin embargo, también se establecen varias cláusulas donde se explica que aun cuando se les considere socios prioritarios, hay sectores a los que no pueden acceder por legislación nacional o protección a industrias.

De entrada, cualquier compañía que desee poseer más del 49 por ciento de una empresa en un sector no restringido que esté valuada en más de mil millones de dólares tiene que ser aprobada por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

Sólo mexicanos pueden acceder a una cédula para calificar como microindustria, definida como hasta 15 trabajadores especializados en la transformación de bienes, y no pueden tener socios extranjeros.

No más de 10 por ciento de las personas que participen en una cooperativa pueden ser extranjeros, ni pueden tener más del 10 por ciento de su propiedad. De igual manera, no pueden fungir como directores o administradores de esa empresa.

El TPP indica que sólo nacionales o empresas mexicanas pueden poseer tierras forestales, agrícolas o ganaderas, y que pueden emitir acciones sobre el valor de la tierra, las cuales pueden ser compradas por extranjeros, pero sólo el 49 por ciento de este total.

Los extranjeros tampoco pueden tener más del 49 por ciento...

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