Acuerdo relativo a la autorización del permiso provisional para venta de lotes únicamente para la superficie de 2,033.27 m2 de la manzana 1ª de la sección norte del fraccionamiento 'Balvanera Polo & Country Club', Municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 7018 PERIÓDICO OFICIAL 12 de julio de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las
facultades que me confiere el artículo 15 fracciones IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración
Pública del Municipio de Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 09 de mayo de 2013, el H. Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo a la Autorización del permiso provisional para Venta de
Lotes únicamente para la superficie de 2,033.27 m² de la manzana 1A de la Sección Norte del
Fraccionamiento “Balvanera Polo & Country Club”, Municipio de Corregidora, Qro., el cual señala
textualmente:
Con fundamento en la fracción I del Artículo , 115 fracción V incisos D) y F) de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II inciso
D) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1°, 14 fracción II, 13 fracciones I, XII, XIII y XIX, 17,
82, 83, 109, 111,112, 113, 114, 119, 143, 147, 154 fracción III, 155 y demás relativos del Código Urbano para el
Estado de Querétaro; 15 fracción XVII y 43, Punto 1 fracción VIII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro, y;
C O N S I D E R A N D O
Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se encuentran
facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello corresponde al H.
Ayuntamiento resolver lo referente a la Autorización del permiso provisional para Venta de Lotes
únicamente para la superficie de 2,033.27 m² de la manzana 1A de la Sección Norte del Fraccionamiento
“Balvanera Polo & Country Club”, Municipio de Corregidora, Qro., radicado en esta Secretaría del
Ayuntamiento en el Expediente DAC/CAI/050/2013.
2. Que de conformidad con lo dispuesto en el Código Urbano para el Estado de Querétaro, los Ayuntamientos
tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales de acuerdo a los
Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias de uso, destino y reservas territoriales
debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de la Propiedad que corresponda, así
como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Los usos de suelo se refieren a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se pretende dedicar
un predio debido a su conformación física, crecimiento de los centros poblacionales, cambios económicos,
sociales y demográficos entre otros, teniendo la posibilidad de modificación debido a estas u otras
circunstancias.
4. Se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento la Opinión Técnica número DDU/DACU/OT/60/2012, expedido
por el Ing. Pedro Carrasco Trejo, Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, relativo a la Autorización
para Venta de Lotes únicamente4 para la superficie de 2,033.27 m², ubicadas en la manzana 1A de la Sección
Norte del Fraccionamiento “Balvanera Polo & Country Club”, Municipio de Corregidora, Qro., desprendiéndose
de su contenido lo siguiente:
4.1 Mediante Escritura Pública 11,512 de fecha 6 de octubre de 1981, pasada ante la fe del Lic. Leopoldo
Espinosa Arias, Titular de la Notaría Pública No. 10 de esta Ciudad, hizo constar la constitución de una
sociedad mercantil anónima denominada “Residencial Balvanera S.A. de C.V.”.

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