MANUAL ÚNICO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación11 Diciembre 2023
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 45Diciembre 11 de 2023 (Cuarta Sección)
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIENTE S
MANUAL ÚNICO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE AGUASCALIEN TES
TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES Y MARCO LEGAL
CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- La Universidad Autónoma de Aguascalientes, funciona como organismo público desc entralizado
del Estado con personalidad jurídica propia para adquirir y administrar bienes, cuya función es impartir la
enseñanza media y superior en el Estado de Aguascalientes, realiz ar la investigación científica y humanística y
extender los beneficios de la cultura a los diversos sectores de la población, está constantemente preocupada
por cumplir su Plan de Desarrollo Institucional, por lo que le es necesario utilizar y aprovechar sus recursos
financieros en adquisiciones de bienes y servicios que le permitan su progresivo crecimiento y desarrollo de
calidad, lo anterior en cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 f racción VII de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 2, 4 y 5 de la Ley Orgánica de l a Universidad Autónoma de Aguascalientes.
ARTÍCULO 2.- Las disposiciones del presente ordenamiento son de carácter general y de observancia para
todos los sujetos obligados al cumplimiento de la Normatividad de la Unive rsidad Autónoma de Aguascalientes,
y tiene como finalidad establecer los lineamientos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Uni dos Mexicanos, artículos 2, 4 y 5 fracción IV de la Ley
Orgánica de la de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, fracción XI del a rtículo 33 del Estatuto de la Ley
Orgánica de la Universidad Autónoma de Aguascaliente s y artículos 88, 89, 90, 91 y 92 del Reglamento de
Control Patrimonial de la Universidad.
El Manual Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universi dad Autónoma de Aguascalientes,
tiene como objetivo hacer del conocimiento de las Unidades Administrativas, los lineamientos, políticas y
procedimientos relacionados con la contratación de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios que
se realicen conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Ar rendamientos y Servicios del Sector Público,
su Reglamento y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus
Municipios, así como el ejercicio y administración de sus recursos públicos bajo los principios de eficiencia,
eficacia, economía, transparencia, austeridad y honradez.
ARTÍCULO 3.- Son sujetos del presente Manual:
I. El personal universitario, funcionarios, servidores públicos universitarios, titulares de las unidades
académico-administrativas;
II. Todo personal universitario adscritos a las unidades académico administrativas y dependencias,
que intervengan en los trámites, asuntos y procedimientos;
III. El Comité de Compras de la Universidad Autónoma de Ag uascalientes; y
IV. Toda persona, proveedor, prestador de servicios, que esté interesado, participe, se contrate, etc.,
en la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
ARTÍCULO 4.- Además de las disposiciones ya enunciadas, en la aplicación del presente Manual, el personal
universitario y sujetos del presente manual, deberán observar y considerar que les es aplicable el Código de
Ética y el Código de C onducta de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes.
CAPÍTULO II.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
ARTÍCULO 5.- Para los fines del presente Manual, se entenderá por:
I. Área Contratante: La que celebra los contratos de adquisi ciones, arrendamientos y Servicios, que
representa a la convocante y en este caso es la Dirección General de Finanzas.
II. Área Requirente: Las Unidades Administrativas que soliciten a la Dirección General de Finanzas
la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, para efectos del segundo párrafo del
artículo 4 de la Ley Estatal, serán las responsables de elaborar y suscribir el dictamen técnico y
podrá coincidir con el área usuaria y el área técnica.
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III. Área Técnica: La o las Unidades Administrativas responsables de elaborar las espec ificaciones
técnicas que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, de apoyar en la junta de
aclaraciones al área requirente y en la elaboración del dic tamen técnico. Esta área técnica puede
coincidir con el área requirente o el área usuaria.
IV. Área Usuaria: Las Unidades Administrativas que utilizarán efectivamente los bienes,
arrendamientos o servicios, pudiendo coincidir con el área requirente y el área técnica.
V. Caso fortuito o fuerza ma yor: El acontecimiento proveniente del hombre o de la naturaleza
caracterizado por ser imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable y ajeno a la voluntad de las
partes.
VI. Contrato: El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con
respecto de los bienes, arrendamientos o servicios objeto de la contratación y las personas físicas
y/o morales interesadas en proveerlos o prestarlos, así como los términos a que se sujetará el
procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes.
VII. Convocante: La Universidad Autónoma de Aguascalientes.
VIII. CompraNet: El sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones,
arrendamientos y servicios de la Secretaría de la Función Pública.
IX. Comité: Comité de Compras de la Universidad.
X. Contraloría: El Órgano de Control Interno de la Universidad, que en este caso es el Contraloría
Universitaria.
XI. Convocatoria: El procedimiento de licitación o sus excepciones que contiene todos los requisitos
para participar en los procesos adquisición o contratación d e la Universidad.
XII. Criterios Ambientales: Criterios específicos para la adquisición de bienes y contratación de
servicios con menor impacto ambiental en la Universidad Autónoma de Aguascalientes.
XIII. Días naturales: Todos los días del año, conforme al calendario.
XIV. Días hábiles: Los días del año sin contar fines de semana (sábado y domingo) y aquellos feriados
o festivos por Ley y/o los señalados como inhábiles o en peri odo vacacional oficial de la Universidad.
XV. Dirección/Finanzas/DGF: La Dirección General de Finanzas de la Universidad Autónoma de
Aguascalientes.
XVI. Igualdad de condiciones: Conforme a lo establecido en la Ley Estatal, se considera que existe
igualdad de condiciones, cuando al ofertar bienes o productos sim ilares en calidad y características
con dictamen técnico positivo, la diferencia entre los precios propuestos no sea m ayor del cinco por
ciento con respecto a la propuesta solvente más baja. El porcentaje diferencial de precio podrá ser
establecido en cada una de las convocatorias del proceso de licitación, en un rango de uno a cinco
por ciento.
XVII. Investigación de Mercado: la verificación de la existencia de bienes, arrendamien tos o servicios,
de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que
se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes
de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.
XVIII. IVA/Impuesto: impuesto al valor agregado, que se debe pagar cuando se realice actos o
actividades gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agre gado.
XIX. Momentos Contables del Gasto:
a. Momento contable “compr ometido”. El gasto comprometido es el momento contable que
refleja la aprobación por la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento
jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros p ara las adquisiciones de bienes y
servicios o ejecución de obras. Este compromiso s e reflejará a través de una orden de compra
(orden de compra por cotización o compra directa).
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