Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8º fracción II, 12 fracciones IV, VI y XII, 67 fracciones II y XXXI, 87 y 115 fracciones I, II, III, VI, VII, X y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 5°, 6º, 7º, 12, 14, 15 y 34 fracciones XXXIV, XXXVII y XXXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2° fracción XVIII, 3°, 5°, 11, 35, 44 y 54 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y 5° fracción I, y 16 fracción IV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Administración Pública del Distrito Federal tiene a su cargo expedir los actos administrativos, recibir y registrar los avisos, declaraciones o manifestaciones, para autorizar a los gobernados la realización de actividades reguladas en las diversas leyes y reglamentos, así como a prestarles los servicios que son necesarios para la satisfacción de necesidades de carácter individual o colectivo.

Que las actividades y procedimientos relacionados con la gestión de trámites y prestación de servicios deben estar debidamente establecidos y normados, así como cumplir con los principios de legalidad, certeza jurídica, honradez, imparcialidad, eficiencia, eficacia, unidad, autonomía, funcionalidad, coordinación, simplificación, agilidad, economía, información, precisión, transparencia, juridicidad y buena fe, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno y las leyes Orgánica de la Administración Pública y de Procedimiento Administrativo, éstos tres últimos del Distrito Federal.

Que a la Contraloría General compete normar los procesos de inclusión de los trámites y servicios en el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, e integrar y difundir el Catálogo Único de Trámites y Servicios, tanto para simplificar su gestión en cuanto a requisitos, plazos de respuesta, procedimientos y demás características, como para implementar medidas y acciones de mejora regulatoria y transparentar la actuación de los servidores públicos, para lo cual cuenta con Unidades Administrativas con atribuciones suficientes y servidores públicos con experiencia para lograr los objetivos planteados, para ello no es necesario el engrosamiento de la estructura orgánica de la Administración Pública ni el de sus Unidades Administrativas.

Que en un ejercicio de innovación normativa, con una visión estratégica de atención ciudadana, simplificación administrativa y mejora regulatoria, es necesario que el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, evolucione y se transforme en un instrumento institucional normativo, sistematizado, dinámico y accesible, que regule la inscripción, validación y difusión de la totalidad de trámites y servicios al público, que brinde a los interesados la posibilidad de gestión por diferentes vías, tanto presenciales como remotas, mediante la utilización de las tecnologías de la información.

Que para lograr lo anterior, el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal al ser un instrumento normativo que contiene las características de diversos trámites y procedimientos, de acuerdo a los requisitos y plazos que establecen las Leyes y Reglamentos aplicables, debe concebirse como un sistema integral de atención ciudadana, con instrumentos y herramientas de actualización y mejora regulatoria permanente para las áreas de la Administración Pública y facilitadoras para el Ciudadano. Conforme a lo expresado se ha decidido instrumentar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y el Padrón de Usuarios Acreditados, como parte integrante del Manual.

Que por lo apuntado, la Contraloría General a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa fungirá como Unidad de Validación y Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual, así como responsable de la integración y operación del Padrón de Usuarios Acreditados; de igual forma tendrá el carácter de Unidad de Mejora Regulatoria, encargada de aplicar medidas y acciones de simplificación administrativa y mejora regulatoria en materia de trámites y servicios; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL Capítulo I

Disposiciones Generales

PRIMERO.- Se expide el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, como un sistema integral para la inscripción, validación y difusión de los trámites y servicios, así como sus vías de acceso o gestión, que considere además de las características de los mismos y sus procedimientos, las herramientas que lo integran, así como las acciones o medidas de simplificación administrativa y de mejora regulatoria en su operación.

SEGUNDO.- El Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal tendrá como bases fundamentales la simplificación administrativa, la mejora regulatoria y la desregulación y atenderá a los principios de agilidad, economía, cooperación, igualdad, legalidad, calidad, buena fe y responsabilidad.

TERCERO.- Para efectos del presente Acuerdo se entenderá por:

I. Administración Pública: Al conjunto de dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades paraestatales que conforman la Administración Pública del Distrito Federal;

II. Clave: A la Clave Única de Identificación del Usuario;

III. Contraloría: A la Contraloría General del Distrito Federal;

  1. Contraseña: A la clave de acceso otorgada al Órgano u Órganos de la Administración Pública por la Unidad de Validación y Operación para accesar al registro electrónico de los trámites y servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal;

  2. Constancia de Registro: La comunicación que emite la Unidad de Validación y Operación al Órgano informando la inscripción de un trámite o servicio en el registro electrónico de los trámites y servicios;

    VI. Expediente Electrónico del Usuario: Al historial integrado con la información y documentación de los Usuarios, resguardada en medio electrónico en el Padrón de Usuarios Acreditados de la Ciudad de México disponible para su consulta por parte de los Órganos;

    VII. Ley: A la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal;

    VIII. Manual: Al Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal;

  3. Órgano u Órganos: A las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados, Órganos PolíticoAdministrativos y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que tengan a su cargo la atención, regulación, recepción, orientación, seguimiento, resolución, y/o notificación de los trámites y servicios al público, de conformidad con las leyes y reglamentos;

    X. Padrón: Al Padrón de Usuarios Acreditados de la Ciudad de México;

    XI. Portal Web: Al sitio electrónico oficial en Internet del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal;

    XII. Registro: Al registro electrónico de los trámites y servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal;

    XIII. Responsable General del Órgano: Al servidor público que funge como enlace único del Órgano, acreditado para solicitar la inscripción, modificación o cancelación de un trámite o servicio ante el Registro y alimentarlo puntualmente con la información requerida para la inscripción;

    XIV. Servicio: La actividad, obra o prestación a cargo de la Administración Pública que tiene por objeto satisfacer necesidades individuales o colectivas, realizada por iniciativa de la propia autoridad o atendiendo peticiones ciudadanas o de la comunidad;

  4. Trámite: La solicitud, aviso, manifestación o entrega de información y demás planteamientos que los particulares hacen ante la autoridad competente para cumplir una obligación u obtener una licencia, autorización, permiso, registro, confirmación o reconocimiento de derechos o el acto administrativo que les autorice el ejercicio de una actividad prevista en...

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