Manual de Procedimientos para La Operación de La Ventanilla de Construcción Simplificada.

- 2744 Tomo 105, Colima, Col., sábado 19 de septiembre de 2020; Núm. 65, pág. 2744

EL ESTADO DE COLIMA

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO DE ARMERÍA, COLIMA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LA VENTANILLA DE CONSTRUCCIÓN SIMPLIFICADA. Armería, Col., a 12 de Febrero 2020

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LA VENTANILLA DE CONSTRUCCIÓN SIMPLIFICADA

ÍNDICE I. II. II.1 II.2 II.3 II.4 III. IV. IV.1 IV.2 IV.3 IV.4 IV.5 IV.6 V. V.1 V.2 Introducción Marco Jurídico Leyes Reglamentos Planes y Lineamientos Acuerdos Objetivo general Políticas Generales Del funcionamiento y operación de la ventanilla VECS De las atribuciones de la ventanilla VECS De la integración de la ventanilla VECS Del Dictamen de Usos de Suelo, Alineamiento y Número Oficial De la Autorización de Construcción De los requisitos Procedimientos Procedimiento del Dictamen de Usos de Suelo alineamiento y Número Oficial Procedimiento de los trámites relacionados con la Autorización de Construcción de Bajo Impacto y riesgo Anexos Formatos

  1. VI.1

EL ESTADO DE COLIMA

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I.

INTRODUCCIÓN

El presente documento se orienta a proporcionar los pasos básicos que habrán de seguirse para operar La Ventanilla de Construcción Simplificada VECS del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Armería, Colima; es creada para ser el medio entre los usuarios y las dependencias involucradas en la expedición de la licencia de construcción de bajo impacto y riesgo en superficies de hasta 1,500 metros cuadrados. De manera que el usuario, si no existen observaciones, pueda recibir la resolución de los trámites de Dictamen de Usos de Suelo de Alineamiento y Número Oficial; Licencia de Construcción de Obra de bajo riesgo y bajo impacto; Aviso de Terminación y Ocupación de obra en máximo 10 días hábiles, como resultado de la suma de los días correspondientes a cada trámite. Lo anterior cumpliendo con la normatividad vigente, de conformidad con la Ley General De Mejora Regulatoria, la Ley Estatal en Materia Regulatoria, los Lineamientos de la Ventanilla de Construcción Simplificada VECS, emitidos por la CONAMER y el Reglamento Municipal para el Funcionamiento de la VECS. Para cumplir lo anterior, se han establecido políticas de operación y procedimientos específicos que orientarán de manera lógica y eficaz el esquema de la operación y funcionamiento de la VECS. Lo anterior mediante la construcción de un esquema de funcionamiento sencillo y ágil. Adicionalmente, se ha delimitado en el apartado correspondiente, el marco jurídico federal, estatal y municipal que da sustento al funcionamiento de la Ventanilla de Construcción Simplificada y da certeza a los inversionistas. Con la implantación de la Ventanilla citada se logrará que los tiempos de resolución para construcciones con uso de Bajo Impacto y riesgo, incluido vivienda unifamiliar, en superficies menores o iguales a 1,500 metros cuadrados, sean expeditos, con el consecuente fortalecimiento del Ecosistema municipal. Esta iniciativa se debe a que este tipo de edificaciones son uno de los principales estímulos de la economía municipal. En ese contexto, con una operación eficiente y sencilla combinada con la realización de trámites en un solo lugar, no solo se promoverá la inversión privada, sino la transparencia y honestidad en el servicio público. Para asegurar el logro de los objetivos propuestos, también se establece una evaluación semestral de los procedimientos para alcanzar la mejora continua en la operación y que ésta se oriente a la plena satisfacción de los usuarios. Finalmente, para dotar de plena certeza jurídica a todo el procedimiento y a las partes que intervienen, y considerar a la VECS como un área permanente y duradera dentro de la estructura Municipal, para ello es necesario formalizar su institucionalización mediante la emisión del Reglamento correspondiente.

II.

MARCO JURÍDICO II.1 Leyes

• • • •

II.3

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 25 último párrafo y 73 fracción XXIX-X. Ley General de Mejora Regulatoria artículos 2, fracciones I y V, 3 fracción IX, 6, 7 fracción V, 8 fracciones II, IV, V, XIV y XV, 17 fracción V, 46 penúltimo párrafo, 47 último párrafo, 48, 50 y 51. Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Colima.

II.2 Reglamentos Reglamento de Construcciones y Desarrollo Urbano Planes y Lineamientos

II.4

Plan de Desarrollo Municipal para el Municipio de Armería 2018-2021 Acuerdos

III.

Acuerdo de Cabildo

OBJETIVO GENERAL

Establecer un proceso integral de los trámites municipales que permita la construcción de manera ágil y sencilla una edificación de bajo impacto y riesgo en un tiempo máximo de diez días hábiles, estableciendo un marco regulatorio

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claro, eficiente y transparente, que genere condiciones de certidumbre y seguridad jurídica, y que fomente la inversión productiva en los diferentes grupos de actividades económicas.

  1. IV.1

    POLÍTICAS GENERALES Del funcionamiento y operación de la Ventanilla de Construcción Simplificada VECS

    • •

    La responsabilidad del funcionamiento y operación de la VECS estará a cargo de la Dirección Desarrollo Urbano y Ecología del Ayuntamiento de Armería Colima. La ventanilla contará con los recursos humanos necesarios ya sean éstos propios o adscritos por otras dependencias involucradas de manera directa o indirecta en la VECS, con el fin de que dicha ventanilla cumpla adecuadamente con sus atribuciones; La operación de la VECS correrá a cargo de las partidas presupuestarias de las dependencias que participan en la integración del mismo; La operación de la Ventanilla de Construcción simplificada deberá darse en la modalidad presencial y como opción para agilizar los tiempos en la modalidad electrónica en línea, siempre y cuando su presupuesto se lo permita; En caso de manejar las dos modalidades, presencial y en línea deberán establecer las actividades y los flujogramas correspondientes en el presente Manual; La Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio establecerá la coordinación de acciones con otras dependencias del municipio relacionadas con el Programa VECS; El módulo de la VECS se ubica en la oficina de la Dirección de Desarrollo Urbano, en la Presidencia Municipal de Armería. El horario de atención de la ventanilla será de las 8:30 a 14:30hrs; El horario de recepción de solicitudes y documentos será de 08:30 a.m. a 14:00 p.m. Las solicitudes que ingresen después de 13:00 p.m. y hasta las 14:00 p.m. se ingresarán con fecha del día hábil siguiente. Lo anterior debido a que después de las 13:00 p.m. se proporcionará la información a las demás dependencias involucradas en la expedición de los trámites relacionados con la Autorización de Construcción;

    • •

    • • • • •

    • •

    La entrega de la resolución de las solicitudes se hará a partir de las 09:00 a.m. del día hábil que corresponda; Los pagos de los derechos que correspondan y que estén fundamentados en la ley de hacienda del municipal, deberán realizarse en la última visita antes de entregar los resolutivos, entregando en la VECS los comprobantes de pago; y Las demás disposiciones que establezcan otros ordenamientos en la materia, respecto al funcionamiento y operación de la Ventanilla. De las atribuciones de la VECS Gestionar y dar respuesta a las solicitudes del Dictamen de Usos de Suelo de Alineamiento y Número Oficial, la Licencia de Construcción de Obra de bajo impacto y riesgo, así como el Aviso de Terminación y Ocupación de obra; Brindar asesoría rápida y oportuna a los usuarios que lo soliciten; Informar el avance y resolución del Dictamen de Usos de Suelo, Alineamiento y Número Oficial, la Licencia de Construcción de Obra de bajo impacto y riesgo, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Urbano, así mismo llevar el registro de las licencias otorgadas bajo el Programa VECS; Llevar un registro de las personas atendidas; y

  2. 2

    • •

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    IV.3

    Generar la estadística necesaria para los reportes mensuales, trimestrales, anuales para las dependencias municipales, estatales y en su caso (certificación VECS), federales. De la integración de la VECS

    La VECS de manera enunciativa, más no limitativa se integrará como se menciona a continuación:

    Responsable del módulo de la VECS encargado de brindar información sobre los requisitos necesarios para obtener el Dictamen de Usos de Suelo, Alineamiento y Número Oficial, la Licencia de Construcción de Obra de bajo impacto y riesgo, así como el Aviso de Terminación y Ocupación de obra, llevar a cabo la recepción, validación de la documentación, gestión ante las dependencias involucradas y entrega de los resolutivos correspondientes. Así como brindar información en general.

    En el caso de que el volumen de trabajo requiera la asignación de mayor personal para mejorar la operación del VECS, las direcciones de Fomento económico y de Desarrollo Urbano del Municipio, realizará lo necesario para subsanar esta situación y hacer eficiente la operación de la ventanilla. IV. 4 Del Dictamen de Usos de Suelo, Alineamiento y Número Oficial Se integra en un solo trámite el Dictamen de Uso de Suelo, Alineamiento y Número Oficial, como requisito de la modalidad de la Licencia de Construcción de bajo impacto y riesgo, el cual se tramitará en la VECS. El plazo máximo de respuesta para el Dictamen de Uso de Suelo, Alineamiento y Número Oficial será de 03 días hábiles. El procedimiento de coordinación entre la ventanilla VECS con la dirección de desarrollo urbano y del proceso al interior de ésta última se presenta en el apartado V.2., bajo las siguientes consideraciones I. A las 13:00 p.m., el responsable del módulo VECS entregará en la Dirección de Desarrollo Urbano los expedientes completos de cada solicitud que se haya recibido durante el día; II. A las 10:00 a.m., del segundo día el responsable de la VECS recoge en las oficinas de la dependencia señalada los expedientes con la resolución correspondiente.

    • • •

    IV.5 De la...

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