MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES

Fecha de publicación23 Octubre 2023
SecciónTercera Sección
Pág. 308 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 23 de 2023
(Tercera Sección)
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
ING. JOSÉ ANTONIO ARÁMBULA LÓPEZ.
PRESIDENTE MUNICIPAL
DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES.
ING. ENRIQUE RIGOBERTO BARBA LÓPEZ.
TITULAR DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO
DE JESÚS MARÍA, AGS.
Secretaría de Administración.
Departamento de Desarrollo
Organizacional.
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1.0 CONTENIDO
2.0 Introducción....................................................................................................... 3
3.0 Objetivo............................................................................................................. 3
4.0 Filosofía Institucional......................................................................................... 4
a) Misión ....................................................................................................... 4
b) Visión........................................................................................................ 4
c) Código De Ética........................................................................................ 4
5.0 Descripción de la Dependencia......................................................................... 9
6.0 Antecedentes Históricos.................................................................................... 9
7.0 Marco Jurídico................................................................................................. 10
8.0 Atribuciones..................................................................................................... 11
9.0 Estructura Orgánica ........................................................................................12
10. Organigrama Estructural .................................................................................13
11. Inventario De Puestos..................................................................................... 14
12. Directorio......................................................................................................... 15
13.Descripción General De Puestos .....................................................................17
13.1 Titular de la Secretaría de Servicios Públicos.
13.2 Director Administrativo de Servicios Públicos.
13.3 Director Operativo de Alumbrado, Cementerios y Rastro
13.4 Director operativo de Limpia y Parques.
13.5 Jefe de Departamento de Almacén y Enlace Administrativo.
13.6 Jefe de Departamento de Alumbrado Público.
13.7 Jefe de Departamento de Cementerios.
13.8 Jefe de Departamento de Jardines.
13.9 Jefe de Departamento de Limpia y Aseo Público.
13.10 Jefe de Departamento de Mantenimiento de Áreas Públicas.
13.11 Jefe de Departamento de Rastro.
13.12 Jefe de Departamento de Voluntarios de Mejoramiento Urbano.
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13.13 Encargado de la Unidad Jurídica.
13.14 Auxiliar Operativo.
13.15 Encargados de Cuadrillas.
13.16 Supervisores.
13.17 Encargado de Afanadores y Choferes.
13.18 Afanadoras.
13.19 Chofer.
13.20 Eléctrico.
13.21 Matanceros.
13.22 Encargados de Cementerios.
13.23 Ayudantes de Recolección.
13.24 Auxiliar Operativo en Jardines.
13.25 Mosquero.
13.26 Podador.
13.27 Velador.
13.28 Auxiliares Eléctricos.
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2.0 INTRODUCCIÓN
Para la Secretaría de Servicios Públicos de Jesús María del Estado de
Aguascalientes, es un aspecto primordial contar con personal comprometido con
sus actividades en bien de la sociedad.
El Manual de Organización tiene por objeto integrar en un solo documento la
información básica relativa a los antecedentes, marco jurídico-administrativo,
atribuciones, objetivo y funciones de cada uno de los niveles operativos del área de
la Secretaría de Servicios Públicos de Jesús María del Estado de Aguascalientes,
contribuyen a la orientación de personal, tanto de nuevo ingreso como de base, para
proporcionar un esquema funcional para el otorgamiento de los mismos.
Por lo tanto, sirve para delimitar la responsabilidad de los individuos que conforman
Secretaría de Servicios Públicos del Municipio, de modo que se pueda controlar,
evaluar y dar seguimiento de las funciones que se desempeñen para su óptimo
rendimiento.
Adicionalmente, brindará al área de servicios al personal las herramientas básicas
para desarrollar las funciones de una manera ordenada y eficaz, obteniendo el
máximo aprovechamiento de los recursos disponibles y así lograr las metas
establecidas.
El presente Manual de Organización ha sido actualizado con el fin de establecer,
definir y puntualizar todas las actividades de la Secretaría de Servicios Públicos de
Jesús María del Estado de Aguascalientes. Su revisión y actualización se realizará
cuando la estructura orgánica de la Secretaría de Servicios Públicos de Jesús María
del Estado de Aguascalientes, tenga alguna modificación en la estructura orgánica,
derivada de la mejora de la misma, y finalmente cuando existan cambios en la
normatividad aplicable e impacten adecuaciones o supresiones.
3.0 OBJETIVO DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN
El objetivo del presente Manual de Organización, es contar con un instrumento
administrativo de apoyo en el que se describa las relaciones orgánicas que se dan
entre esta Secretaría de Servicios Públicos y las Unidades Administrativas que
conforman este H. Ayuntamiento del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, con
información e instrucciones sobre nuestro marco jurídico-administrativo,
atribuciones, organización, estructura y funciones en forma ordenada y sistemática.
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4.0 FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
a) Misión
La Secretaría de Servicios Públicos tiene la misión de proporcionar servicios básicos
al municipio, con atención y calidad satisfaciendo los requerimientos de la
ciudadanía, eficientando los recursos y propiciando la participación activa de la
sociedad para sustentar y mejorar la calidad de vida y el medio ambiente de nuestro
municipio. Así mismo, como secretaría se tiene la obligación de crear, organizar y
garantizar el adecuado funcionamiento de los Servicios Públicos.
b) Visión
Cubrir con calidad y responsabilidad los servicios públicos que proporciona,
manteniendo un municipio limpio, iluminado, cómodo, con aire limpio, siendo
respetuosos del medio ambiente y con habitantes que mejoren constantemente su
calidad de vida. Nos visionamos en ser un municipio con un gobierno líder en el
desarrollo de los servicios básicos, que generen progreso, orden, confianza y
oportunidades, promoviendo la participación y el desarrollo sustentable de nuestro
municipio.
c) Código de Ética
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS RECTORES Y DIRECTRICES DEL SERVICIO PÚBLICO
Artículo 5º.- Definición de principios. Los principios constitucionales y
legales que rigen al servicio público, y a los que deben sujetar su actuación los
Servidores Públicos, son:
I.- Legalidad: Que consiste en que los Servidores Públicos hagan sólo
aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento sometan su
actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones
jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen
las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y
atribuciones.
II.- Honradez: Que consiste en que los Servidores Públicos se conduzcan
con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender
obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni
buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de
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cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello
compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un
alto sentido de austeridad y vocación de servicio.
III.- Lealtad: Que consiste en que los Servidores Públicos correspondan a la
confianza que el Estado y el Municipio les ha conferido; tengan una vocación
absoluta de servicio a la sociedad, y satisfagan el interés superior de las
necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos
al interés general y bienestar de la población.
IV.- Imparcialidad: Que consiste en que los Servidores Públicos den a la
ciudadanía, y a la población en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o
preferencias a organizaciones o personas, ni permitir que influencias, intereses o
prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus
funciones de manera objetiva.
V.- Eficiencia: Que consiste en que los Servidores Públicos actúen en apego
a los planes y programas previamente establecidos, y optimicen el uso y la
asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades para lograr
los objetivos propuestos.
VI.- Economía: Que consiste en que los Servidores Públicos, en el ejercicio
del gasto público, administren los bienes, recursos y servicios públicos con
legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén
destinados, siendo éstos de interés social.
VII.- Disciplina: Que consiste en que los Servidores Públicos desempeñen
su empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con
el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio o bienes ofrecidos.
VIII.- Profesionalismo: Que consiste en que los Servidores Públicos deben
conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones
encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones
jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento
disciplina, integridad y respeto, tanto a los demás Servidores Públicos como a
particulares con los que llegue a tratar.
IX.- Objetividad: Que consiste en que los Servidores Públicos deben
preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses
particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e
imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deben ser informadas en estricto
apego a la legalidad.
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