MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA PARTICULAR DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES

Fecha de publicación23 Octubre 2023
SecciónTercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 163Octubre 23 de 2023 (Tercera Sección)
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
SECRETARÍA PARTICULAR
ING. JOSÉ ANTONIO ARÁMBULA LÓPEZ.
PRESIDENTE MUNICIPAL
DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES.
C. HÉCTOR MEDINA LÓPEZ.
ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA PARTICULAR
DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGS.
Secretaría de Administración.
Departamento de Desarrollo
Organizacional.
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Código
Revisión
Fecha de Revisión
Secretaría de Administración.
Departamento de Desarrollo
Organizacional.
Secretaría Particular.
Manual de Organización.
MO-SP-22
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JUNIO 2022
1.0 CONTENIDO
2.0 Introducción....................................................................................................... 2
3.0 Objetivo............................................................................................................. 2
4.0 Filosofía Institucional......................................................................................... 3
a) Misión....................................................................................................... 3
b) Visión........................................................................................................ 3
c)Código de Ética .........................................................................................3
5.0 Descripción de la Dependencia......................................................................... 8
6.0 Antecedentes Históricos.................................................................................... 8
7.0 Marco Jurídico................................................................................................... 9
8.0 Atribuciones..................................................................................................... 10
9.0 Estructura Orgánica ........................................................................................10
10. Organigrama Estructural .................................................................................11
11. Inventario de Puestos...................................................................................... 12
12. Directorio......................................................................................................... 12
13. Descripción General de Puestos..................................................................... 13
13.1 Titular de la Secretaría Particular.
13.2 Director de Información y Atención Ciudadana.
13.3 Jefe de Departamento de Gestión Social.
13.4 Jefe de Departamento de Relaciones Públicas y Eventos.
13.5 Asistente Particular.
13.6 Auxiliar Administrativo.
13.7 Auxiliar de Giras.
13.8 Auxiliar Administrativo de Acción Cívica.
13.9 Encargo de Equipo de Sonido.
13.10 Encargado de Tele Aula.
13.11 Encargado del Fondo de Gestión Social.
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13.12 Enlace Administrativo.
13.13 Limpieza.
13.14 Chofer.
2.0 INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Organización busca delimitar las tareas y actividades que
le corresponden a la Secretaría Particular en lo general y a cada uno de los
servidores públicos que integran y colaboran en esta área con la finalidad de:
reconocer, premiar y en su caso deslindar responsabilidades por su actuación.
Deberá actualizarse cuando la estructura orgánica de la secretaría tenga alguna
modificación que impacte en alguno de sus procedimientos, así mismo cuando
se hayan presentado cambios en la estructura derivado de la mejora de la
misma, y finalmente cuando existan cambios en la normatividad aplicable que
impliquen la actuación del área.
El manual es una herramienta de vital importancia para quién dirige una
secretaría por lo que deberá de conocerlo, estudiarlo con detenimiento y entregar
a cada uno de los servidores públicos la parte correspondiente a su área; como
cuando un director de orquesta provee las partituras a cada músico, revisa que
porten sus instrumentos y previamente supervisa en los ensayos la afinación de
cada uno para la buena ejecución de la obra.
3.0 OBJETIVO DE MANUAL DE ORGANIZACIÓN
El objetivo del presente Manual de Organización, es contar con un instrumento
administrativo de apoyo en el que se describa las relaciones orgánicas que se dan
entre esta Secretaría Particular y las Unidades Administrativas que conforman este
H. Ayuntamiento del Municipio de Jesús María, Aguascalientes, con información e
instrucciones sobre nuestro marco jurídico-administrativo, atribuciones,
organización, estructura y funciones en forma ordenada y sistemática.
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4.0 FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
a) Misión
Desarrollar actividades y aplicar recursos encaminados a fortalecer y vigilar la
imagen de la Administración Municipal, facilitando además la comunicación entre la
autoridad y los diferentes sectores del Municipio
b) Visión
Lograr una eficaz coordinación entre las dependencias y mejorar la calidad de las
relaciones humanas entre la autoridad y los habitantes del Municipio.
c)Código de Ética
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS RECTORES Y DIRECTRICES DEL SERVICIO PÚBLICO
Artículo 5º.- Definición de principios. Los principios constitucionales y
legales que rigen al servicio público, y a los que deben sujetar su actuación los
Servidores Públicos, son:
I.- Legalidad: Que consiste en que los Servidores Públicos hagan sólo
aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento sometan su
actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones
jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen
las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y
atribuciones.
II.- Honradez: Que consiste en que los Servidores Públicos se conduzcan
con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender
obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni
buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de
cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello
compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un
alto sentido de austeridad y vocación de servicio.
III.- Lealtad: Que consiste en que los Servidores Públicos correspondan a la
confianza que el Estado y el Municipio les ha conferido; tengan una vocación
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