Manual de Organización General del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales 2022.

Fecha de publicación03 Agosto 2022
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
MANUAL de Organización General del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales 2022

MANUAL de Organización General del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES

2022

El Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción II, 7 fracción VI y 8 fracción X del Reglamento vigente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido a bien expedir el siguiente MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES.

Autorizó: Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Víctor Julián Martínez Bolaños.- Rúbrica.- Integró y Registró: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, José Luis Berrospe Martínez.- Rúbrica.- Validaron: Titular de la Unidad Jurídica, Vianey Doroteo Valdez.- Rúbrica.- En términos de los artículos 4, fracción I, inciso d), 5, 7 fracción XIV y 18 tercer párrafo del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en suplencia por ausencia del Director General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, firma la Mtra. Claudia Solange Ayala Sánchez, Directora de Política y Normatividad del propio instituto.- Rúbrica.- Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, José Luis Berrospe Martínez.- Rúbrica.- Director General de Avalúos y Obras, Juan Francisco Sánchez Tapia.- Rúbrica.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

ANTECEDENTES

BASES JURÍDICO-ADMINISTRATIVAS

MISIÓN, VISIÓN Y VALORES

ESTRUCTURA ORGÁNICA

ORGANOGRAMA

OBJETIVO DE INDAABIN

OBJETIVOS Y FUNCIONES

PRESIDENCIA DEL INDAABIN

UNIDAD JURÍDICA

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y GESTIÓN INMOBILIARIA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL

DIRECCIÓN GENERAL DE AVALÚOS Y OBRAS

UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

TRANSITORIOS

INTRODUCCIÓN

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargado de ejercer las atribuciones que la Ley General de Bienes Nacionales le confiere a dicha Secretaría, así como aquellas que expresamente otros ordenamientos le confieren a dicho Instituto.

De conformidad con lo establecido en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción II, 7 fracción VI y 8 fracción X del Reglamento vigente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), y con el fin de que el INDAABIN cuente con un instrumento de apoyo para llevar a cabo de una manera eficaz y eficiente las facultades que le otorga la legislación aplicable en la materia, se expide la actualización de su Manual de Organización General (MOG).

El Manual de Organización General del INDAABIN tiene los siguientes objetivos fundamentales:

  • Proporcionar información respecto de los antecedentes históricos, las disposiciones jurídicas competencia del INDAABIN y su estructura orgánica.
  • Dar a conocer al personal del Instituto los principios y valores que rigen la cultura organizacional para su aplicación en las actividades cotidianas.
  • Describir la misión, los objetivos y las funciones de cada unidad administrativa comprendida en la estructura básica del Instituto, de conformidad con las atribuciones y facultades que les confiere el Reglamento Interior vigente.
  • Facilitar la coordinación y la comunicación al interior de la Instituto para el cumplimiento de las funciones asignadas al personal.
  • Brindar certeza en el desarrollo de las funciones que corresponden a cada unidad administrativa y delimitar las responsabilidades.

Mismas que se derivan de las atribuciones que les confiere el Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 2012, incluyendo sus últimas modificaciones, adiciones y/o reformas.

ANTECEDENTES

Uno de los primeros antecedentes del Instituto se sitúa en el año de 1859, con la sección de bienes intervenidos a la iglesia, misma que se encontraba auxiliada por Jefaturas Superiores de Hacienda en cada estado de la República, cuya función era aplicar las disposiciones de la Ley de Desamortización de los Bienes de Corporaciones Civiles y Eclesiásticos, así como la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos expedida el 12 de julio de 1859; fue hasta el año de 1902 que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) introduce la aplicación de la Ley de Clasificación y Régimen de Bienes Muebles Inmuebles Federales, dicho ordenamiento además de establecer algunas de las acciones para el adecuado control y administración de los bienes inmuebles federales, también buscó garantizar que el Gobierno Federal contara con un servicio de valuación interno, a propósito de la enajenación de inmuebles federales, condición que se fortaleció en 1936, con el servicio de inspección fiscal, mediante la expedición del Reglamento de la Ley del Servicio de Inspección Fiscal, que formalizó la función de la justipreciación de las rentas que debía pagar el Gobierno Federal por el arrendamiento de inmuebles destinado a oficinas o servicios de su dependencia, así como la determinación de los precios o rentas que debía percibir derivado de la celebración de dichos contratos.

Posteriormente, la Dirección de Bienes Nacionales de la referida Secretaría, se encargó de la aplicación de la Ley General de Bienes Nacionales (LGBN) durante sus primeros años de vigencia, después de su expedición en el año de 1942. Dicha Ley puso a cargo de los Bancos Nacionales el servicio de valuación como base del avalúo a realizar por la oficina federal de hacienda competente, en los casos de los bienes de poco valor, ubicados fuera del Distrito Federal.

La función particular en administración y valuación que se realizaba en el gobierno encuentra un referente organizacional con la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, expedida el 7 de diciembre de 1946 y a partir de la cual se crea la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa, instancia que no tenía una estructura administrativa desconcentrada territorialmente y cuyas atribuciones eran administrar y disponer de los bienes propiedad de la nación.

El 17 de diciembre de 1949 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reformó el artículo 41 del entonces LGBN, cuya modificación dio lugar a la creación de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN), la esencia de este instrumento normativo se centró en los avalúos de bienes inmuebles objeto de actos adquisitivos o traslativos de dominio en los que intervenía como parte el Gobierno Federal o sus entidades paraestatales. La CABIN desde entonces se convirtió en el referente institucional más importante en materia inmobiliaria del gobierno.

Diez años después entró en vigor una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, la cual fue expedida el 1° de enero de 1959 y en ella se sustituyó a la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa por la Secretaría de Patrimonio Nacional, instancia a la que se le confirió la facultad de poseer, vigilar y administrar los bienes de propiedad federal, así como otras funciones relacionadas con los bienes nacionales. La CABIN quedó adscrita a dicha Secretaría, además de que contó con una Subsecretaría de Bienes Inmuebles y Urbanismo.

En el año de 1969, la Ley General de Bienes Nacionales estableció que la CABIN debía realizar funciones relacionadas con la venta, adquisición y permita de inmuebles propiedad de la Federación y organismos descentralizados. De forma complementaria, la Ley para el Control de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal estableció el dictamen de la CABIN como base del registro de revisión de los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles. El artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 1976, confirió a la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas facultades en materia inmobiliaria y valuatoria federal, quedando bajo su adscripción la CABIN, creándose sus Delegaciones Regionales.

En el año...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR