Manual de Operación del Comité de Arrendamientos, Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones del Instituto Mexiquense para la Discapacidad.

Miércoles 16 de febrero de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 30
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Al margen Escudo del Estado de México.
INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA DISCAPACIDAD
De conformidad con el artículo Sexto Transitorio del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de
México y Municipios, los integrantes de este Comité, llevaron a cabo la Sesión de Instalación del Comité de
Arrendamientos, Adquisiciones de inmuebles y Enajenaciones, con fecha 19 de julio de 2021, para aprobar la
expedición del Manual de Operación del Comité, para su notificación, conocimiento y aplicación en estricto
cumplimiento de las Unidades Administrativas de éste Instituto, interesadas en la contratación de Arrendamientos,
Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones, ante la Unidad facultada para llevar el trámite de dichos
procedimientos, mediante la modalidad de Licitación Pública, Invitación Restringida y/o Adjudicación directa según
sea el caso.
Con fundamento en los artículos 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 5, 22 y 24 de
la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios; 51, 52, 53, 54 fracción 1; 55, 56, 57, 58, 59 y 60 de
su Reglamento; por lo expuesto y fundamentado por las disposiciones legales invocadas, se expide el presente:
MANUAL DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ARRENDAMIENTOS, ADQUISICIONES DE INMUEBLES Y
ENAJENACIONES DEL INSTITUTO MEXIQUENSE PARA LA DISCAPACIDAD
ÍNDICE
I. Presentación
II. Marco Legal
III. Objetivo
IV. Definiciones, para los efectos del presente manual de operación
V. De la integración del Comité
VI. De las Funciones del Comité y sus integrantes
VII. Del procedimiento para la designación y cambio de integrantes del Comité
VIII. Del procedimiento para convocar y celebrar las sesiones ordinarias
IX. De los casos de excepción para convocar a sesión extraordinaria
X. De las causas de cancelación de las sesiones
XI. Las sesiones del Comité de Arrendamientos, Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones
XII. Del procedimiento de seguimiento de acuerdos por el Comité de Arrendamientos, Adquisiciones de
Inmuebles y Enajenaciones
XIII. De lo no previsto en el presente manual
XIV. Transitorios
I. PRESENTACIÓN
La Administración Pública Estatal se sustenta en los principios de transparencia, honradez, eficacia, mismos que
determinan el ámbito de la acción pública en beneficio de todos los Mexiquenses, logrando una sociedad más justa y
con una perspectiva hacia el futuro de mayor bienestar y desarrollo en el manejo de los recursos y la gestión pública.
En este sentido, el artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala que los
recursos económicos del Estado, de los Municipios, así como de los Organismos Autónomos se administran con
eficiencia, eficacia y honradez, para cumplir con los objetivos y programas a los que estén destinados.
El Comité de Arrendamientos, Adquisiciones de Inmuebles y Enajenaciones, se constituye como un Órgano
Colegiado con facultades de opinión para la toma de decisiones en el análisis, viabilidad y dictamen de los procesos
de arrendamientos, adquisiciones y enajenaciones de bienes muebles e inmuebles, solicitados por las unidades
administrativas; apegado estrictamente a la normatividad, para el ejercicio de los recursos públicos; asegurando
siempre las mejores condiciones disponibles para el Gobierno del Estado. Por otra parte, el 3 de mayo de 2013 se

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