Manual General de Organización de la Secretaría del Trabajo

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Roberto González Cantellano
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., lunes 28 de abril de 2014
Tomo CXCVII
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 300
No. 77
SECRETARÍA DEL TRABAJO
SUMARIO:
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARIA DEL
TRABAJO.
"2014. Año de los Tratados de Teoloyucan"
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL TRABAJO
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
GRANDE
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA
SECRETARÍA DEL TRABAJO
Índice
Presentación
I.
Antecedentes
II.
Base Legal
III.
Atribuciones
IV.
Objetivo General
V.
Estructura Orgánica
VI.
Organigrama
VII.
Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa
Secretaría del Trabajo
Secretaría Particular
Coordinación Administrativa
Departamento de Recursos Humanos
Subdirección de Administración de Recursos Materiales y Financieros
Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales
Departamento de Recursos Financieros
Contraloría Interna
Página
CACE YA
28 de abril de 2014
Unidad de Informática y Documentación
Dirección General del Trabajo
Subdirección, de Inspección del Trabajo
Departamento ce Inspección de Condiciones Generales de Trabajo
Departamento ce Comparecencias y Sanciones
Departamento Ce Atención a Trabajadores en Condición de Vulnerabilidad
Subdirección de Seguridad e Higiene
Departamento de Inspección en Seguridad e Higiene
Departamento de Capacitación y Formación en Seguridad e Higiene
Subdirección de Conciliación y Servicios Periciales
Departamento de Conciliación Administrativa
Departamento de Servicios Periciales
Dirección General de la Previsión Social
Unidad de Procramas Federales
Departamento de Finanzas
Departamento de Operación Administrativa
Subdirección de Empleo
Departamento de Fomento de Organizaciones Productivas para el Trabajo
Departamento de Servicios de Empleo
Departamento de Promoción de Capacitación para el Trabajo
Subdirección de la Previsión y Política Laboral
Departamento de Grupos Prioritarios y Responsabilidad Social de las Empresas
o
Departamento de Bienestar y Apoyo a los Trabajadores
Departamento de Estudios y Políticas de Empleo
Oficina Regional de Empleo (Toluca, Ixtapaluca, Ecatepec, Tlalnepantla, Nezahualcóyotl y Atlacomulco)
Procuraduría de la Defensa del Trabajo
Subprocuraduría Zona Nororiente y Zona Oriente
Supervisiones de Procuradurías Auxiliares (Tlalnepantla, Ecatepec, Cuautitlán Izcalli y Toluca)
Procuradurías Auxiliares (Tlalnepantla, Ecatepec, Cuautitlán lzcalli, Toluca y La Paz)
VIII.
Directorio
IX.
Validación
X.
Hoja
de Actualización
PRESENTACIÓN
La sociedad mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones,
mejores condiciones de vida y constante prosperidad.
Por ello, se impulsa la construcción de un gobierno eficiente y de resultados, cuya premisa fundamental es la generación de
acuerdos y consensos para la solución de las demandas sociales.
El buen gobierno se sustenta en una administración pública más eficiente en el uso de sus recursos y más eficaz en el logro
de
sus propósitos. El ciudadano es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos su prioridad.
En este contexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación de
resultados de valor para la ciudadanía. Este modelo propugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que han
demostrado su eficacia, pero también por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.
La solidez y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas
administrativas emanadas de la permanente revisión y actualización de las estructuras organizacionales y sistemas de
trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos de innovación y del establecimiento de sistemas de gestión de calidad.
El presente manual administrativo documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión de la Secretaría del
Trabajo. La estructura organizativa. la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y comunicación, las funciones y
actividades encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave de la organización y los
resultados que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de esta dependencia.
Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto
impos ergable es la transfcrmación de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organización,
lidera go y productividad.
En es e sentido, el Manual General de Organización de la Secretaría del Trabajo se integra por los antecedentes de la
dependencia; el marco jurídico que guía su actuación; las atribuciones; el objetivo general; el organigrama autorizado y la
codificación estructural, así como la descripción de objetivos y funciones por unidad administrativa; el directorio, la validación
correspondiente y la hoja de actualización.
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1. ANTECEDENTES
Página 3
El 14 de noviembre de 1917 se publicó en el periódico oficial del Gobierno del Estado de México la continuación de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la cual en su artículo 195 establecía que debería crearse el
Departamento de Trabajo y de la Previsión Social, como dependencia del Poder Ejecutivo para la resolución de las
cuestiones relativas al trabajo y para la organización de los establecimientos de previsión.
Cabe señalar que a falta de la Ley Reglamentaria del artículo 195 de la Constitución Particular del Estado, no se logró el
funcionamiento del Departamento de Trabajo y de la Previsión Social. Sin embargo, es hasta el 13 de abril de 1938 cuando
se publica en la Gaceta del Gobierno el Acuerdo por el que se reforma el artículo 2 del Reglamento Interior de la Secretaría
General de Gobierno en donde se crea el Departamento de Servicios Sociales, debido a que las clases proletariadas
necesitaban atención de parte de las autoridades del Estado. Asimismo, se publicó el Reglamento del Departamento de
Servicios Sociales, el cual tenía por objeto asesorar a las clases trabajadoras del campo y de la ciudad, individual y
colectivamente, en el arreglo, tramitación y resolución de los asuntos que se ventilaran ante las oficinas del Gobierno del
Estado, Federales, Municipales y Militares, orientándolos en el esfuerzo colectivo, a efecto de que obtuvieran el mayor
número de beneficios posibles independientemente de adaptarlos integralmente a los nuevos sistemas legislativos. El
departamento estaba integrado por un Jefe, un Oficial Mayor, los Procuradores del Trabajo, los Inspectores del Trabajo y los
Defensores de Oficio.
Posteriormente, el 13 de diciembre de 1941 se publicó en la Gaceta del Gobierno un nuevo Reglamento Interior de la
Secretaría General de Gobierno, el cual es considerado como el primer ordenamiento que presentó con detalle la forma en
que se estructura la Administración Pública Estatal; precisándose los asuntos encomendados a cada departamento u
oficina; entre ellos, el Departamento de Servicios Sociales, en el cual se reiteraba la función de asesorar a las clases
trabajadoras del campo y de la ciudad, individual o colectivamente sobre asuntos que se ventilaran en las oficinas; del
Gobierno del Estado, Federales, Municipales y Militares.
Cabe señalar que es hasta 1952, cuando se modifica la estructura de la Secretaría General de Gobierno; de esta forma, se
transforma el Departamento de Servicios Sociales en Departamento de Trabajo y de la Previsión Social.
La Ley Orgánica de las Dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de México publicada en la Gaceta del Gobierno el 13
de julio de 1955, precisaba que el Secretario General de Gobierno para la atención de los negocios del Poder Ejecutivo y
para el estudio y planeación de la politica de conjunto, contaría con la colaboración, entre otros, del Departamento de
Trabajo y de la Previsión Social, el cual tenía entre otras atribuciones la de vigilar el cumplimiento de la Ley Federal del
Trabajo y demás disposiciones laborales; la intervención conciliatoria en los conflictos obrero-patronales, inter-obreros e
inter-patronales; la investigación sobre el costo de la vida y el salario; la construcción de casas habitación o viviendas para
obreros; las cajas de ahorro de los trabajadores; la bolsa de trabajo y la asesoría de los sindicatos y trabajadores en sus
conflictos colectivos e individuales, a través de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de México publicada en la Gaceta del Gobierno el 13 de enero de 1976,
señalaba el cambio de nivel del Departamento de Trabajo y de la Previsión Social por Dirección del Trabajo y de la Previsión
Social, la cual tenía las siguientes atribuciones:
a)
Vigilar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo.
b)
Aplicar los Reglamentos de Higiene del Trabajo y demás disposiciones laborales relativas o conexas en vigor.
c)
Intervenir conciliatoriamente en los conflictos obreros patronales, inter-obreros e inter-patronales.
d)
Intervenir sobre el costo de la vida y salarios.
e)
Participar en convenciones obreras y patronales, entre otras.
Posteriormente, el incremento de la demanda social; la aparición de nuevos actores sociales; la existencia de demandas
acumuladas; el incremento en los índices de marginalidad y visiones diferentes del papel del Estado, fueron factores
determinantes en los ajustes de la Administración Pública Estatal. En razón de ello, su campo funcional se acrecentó
mediante la adopción de nuevas actividades que fortalecían el papel del sector público en los procesos sociales.
Derivado de lo anterior, durante 1981 se reformó la Administración Pública Estatal, con el objeto de establecer una
estructura administrativa más equilibrada que distribuyera equitativamente los asuntos públicos entre los responsables de
los diversos ramos, publicándose el 17 de septiembre la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México, con la que se crearon varias Secretarías, entre ellas, la entonces Dirección del Trabajo y de la Previsión Social, se
elevó a rango de Secretaría, denominándose "Secretaría del Trabajo", la cual se encargó de desarrollar una política laboral
que respondiera a los requerimientos de los diversos factores de la producción, entre sus atribuciones se encontraban las
siguientes:
I.
Ejercer las funciones que en materia de trabajo correspondan al Ejecutivo del Estado;
II.
Coadyuvar con las autoridades federales a la aplicación y vigilancia de las normas de trabajo;
III.
Poner a disposición de las autoridades federales del trabajo, la información que soliciten para el cumplimiento de sus
funciones;

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