Manual General de Organización del Instituto de la Función Registral del Estado de México

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MOMO
o
pos
.1)
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y
Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVIII
A:202131001/02
Toluca de 1_
,
:rdo, Méx., lunes 3 de noviembre de 2014
Número de ejemplares impresos: 450
No. 89
SUMARIO:
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACION DEL INSTITUTO DE LA
FUNCIÓN REGISTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ACUERDO DEL PLENO DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE
LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE
MÉXICO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ADSCRIPCIÓN DEL
LICENCIADO EN DERECHO FERNANDO GREGORIO
HERNÁNDEZ CAMPUZANO, COMO MAGISTRADO DE LA
PRIMERA SECCIÓN DE LA SALA SUPERIOR, CON SEDE EN EL
MUNICIPIO DE TOLUCA DE LERDO, ESTADO DE MÉXICO.
DEL ESTADO DE MÉXICO
ACUERDO DEL PLENO DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE
AVISOS JUDICIALES: ,554-B I,
4
554, 4253, I I 72-A I, 4260, 618-131, 617-BI,
LO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
DEL
ESTADO
DE
4279, 4280, 4429, 4438, 4424, 4427, 4426, 4425,
4461,
4460,
4463,
MÉXICO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ADSCRIPCIÓN DE LA
4454, 1229-Al, 4527, 4562, 4559 y 4567.
MAESTRA EN DERECHO MYRNA ARACELI GARCÍA MORÓN,
COMO MAGISTRADA INTEGRANTE DE LA PRIMERA SECCIÓN I AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 4577,
4484,
4485,
4578,
DE LA SALA SUPERIOR, CON SEDE EN EL MUNICIPIO DE
447i, 642-31, 641-13I, 4455, 4458, 1231-Al, 1225-Al, 36-C!, 37-CI,
TOLUCA DE LERDO, ESTADO DE MÉXICO.
1
1234-Al, 4459, 633-81, 667-BI, 1272-Al. 1218-Al
y
4670-BIS.
"2014. Año de los Tratados de Teoloyucan"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL
511
f r e ron
GRANDEE I
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,
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,
UAL
ESTADO DE MÉXICO
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL
INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Índice
Presentación
Antecedentes
Base Legal
Atribuciones
Objetivo General
Estructura Orgánica
VI.
Organigrama
VII.
Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa
GAC ETA
C
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JEL c
E Ft
ra
Dirección General
Secretaría Particular
Unidad de Modernización y Proyectos Especiales
Contraloría Interna
Unidad de Informática
Departamento de Soporte Técnico
Departamento de Desarrollo
Dirección de Control y Supervisión de Oficinas Registrales
Subdirección Valle de Toluca
Página
3 de noviembre de 2014
Oficinas Registrales (Toluca, Jilotepec, El Oro, Ixtlahuaca, Lerma, Sultepec, Tenango del Valle, Tenancingo, Temascaltepec
y Valle de Bravo)
Subdirección Nororiente
Oficinas Registrales (Cuautillán, Tlalnepantla, Naucalpan, Ecatepec Zumpango)
Subdirección Oriente
Oficinas Registrales (Chalco, Nezahualcoyótl, Otumba y Texcoco)
Dirección Técnico-Jurídica
Subdirección de Regularización
Departamento de Resoluciones
Departamento de Promoción
Subdirección Jurídica
Departamento de Recursos y Procedimientos
Departamento de Normatividad
Archivo General de Notarías
Archivo Histórico
Departamento de Testamentos
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Finanzas
Departamento de Presupuestos
Departamento de Tesorería
Departamento de Contabilidad
Departamento de Ingresos
Subdirección de Administración
Departamento de Recursos Materiales
Departamento de Personal
Departamento de Servicios Generales y Control Patrimonial
VIII.
Directorio
IX.
Validación
X.
Hoja de actualización
Presenta ión
La socie d mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones, mejores condiciones
de vida y onstante prosperidad.
Por ello, e impulsa la construcción de un gobierno eficiente y de resultados, cuya premisa fundamental es la generación de acuerdos y
consenso para la solución de las demandas sociales.
El buen obiemo se sustenta en una administración pública más eficiente en
el
uso de sus recursos y más eficaz
en
el logro de sus
propósito . El ciudadano es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos su prioridad.
En este c ntexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación de resultados de valor
para la ci idadanía. Este modelo propugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que han demostrado su eficacia, pero también
por el ca bio de aquellas que es necesario modernizar.
La solide y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas administrativas emanadas de
la perma ente revisión y actualización de las estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos
de innov ión y del establecimierto de sistemas de gestión de calidad.
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GACETA
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L
GOBIERN
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El presente manual administrativo documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión del Instituto de la Función Registral
del Estado de México. La estructura organizativa, la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y comunicación, las funciones y
actividades encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave de la organización y los resultados que se
obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de este organismo público descentralizado.
Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto impostergable es
la transformación de la cultura de las dependencias y organismos auxiliares hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia,
organización, liderazgo y productividad.
I. Antecedentes
La dinámica de la Administración Pública Estatal hace necesario modernizar las estructuras de organización, a fin de dotarlas de mayor
capacidad de respuesta en el desarrollo de los planes y programas de gobierno que garanticen la certeza y seguridad jurídica de los
inmuebles.
En este sentido, la visión del Gobierno del Estado en la modernización del Registro Público de la Propiedad, es garantizar la publicidad de
los derechos susceptibles de inscripción, otorgar mayor seguridad pública sobre la propiedad inmobiliaria y facilitar los trámites relacionados
con la operación de predios, a fin de dar mayor fluidez a las operaciones del mercado inmobiliario, impulsar el uso de créditos hipotecarios y
apoyar la competitividad y el crecimiento económico de la entidad.
Con la modernización del Registro Público de la Propiedad se fortalece la soberanía del Estado de México y se afianzan los principios en
los que esta institución funda y motiva su actividad dentro del quehacer público. Asimismo, se promueve la inversión, se fomenta la
construcción y la adquisición de vivienda y, por ende, se fortalecen los cimientos para el crecimiento económico del Estado.
Derivado de lo anterior, el 3 de diciembre de 2007 se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno", el Decreto No. 90 de la "LV1"
Legislatura del Estado de México, mediante el cual se expide la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto
de la Función Registral del Estado de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaria General de
Gobierno, el cual tenía por objeto llevar a cabo la función registral del Estado de México en los términos del Código Civil del Estado de
México, del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Estado de México, de su Reglamento Interior, y demás ordenamientos
legales aplicables.
Cabe señalar que hasta diciembre de 2007 la función registral era atendida por la Dirección General del Registro Público de la Propiedad,
adscrita a la Secretaría General de Gobierno; sin embargo, con la entrada en vigor, el 2 de enero de 2008, de la Ley que Crea el Instituto de
la Función Registral del Estado de México, los recursos humanos, materiales y financieros con los que venía operando esa unidad
administrativa fueron transferidos al citado organismo descentralizado.
Asimismo, se subrogaron al Instituto de la Función Registral del Estado de México, los derechos y obligaciones de la Dirección General del
Registro Público de la Propiedad de la Secretaría General de Gobierno.
A fin de dar cumplimiento al objeto y atribuciones conferidas al Instituto de la Función Registra! del Estado de México, establecidas en su ley
de creación, y con el propósito de fortalecer al organismo, la Secretaría de Finanzas autorizó su estructura de organización en abril de 2008,
la cual se integró por 31 unidades administrativas (una dirección general, cuatro unidades staff, tres direcciones de área, ocho
subdirecciones y 15 departamentos), así como 19 unidades administrativas desconcentradas (Oficinas Regístrales).
El 3 de abril de 2008 fue publicado en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el Reglamento Interior del Instituto de la Función Registral
del Estado de México, el cual definió el ámbito de competencia de sus unidades administrativas básicas y estableció la distribución del
trabajo para dar cumplimiento a su objeto.
Posteriormente, el 9 de enero de 2009 se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el Acuerdo por el que se reforma el
Reglamento Interior del Instituto de la Función Registra! del Estado de México, con la finalidad de reubicar las Oficinas Registrales del
Distrito Judicial de Tlalnepantla en aquellos municipios, que por sus características de desarrollo, impulso económico, población, servicios,
tráfico inmobiliario, infraestructura y demás circunstancias, permitieran acercar los servicios que proporciona el Instituto a los lugares en los
que se generaba una mayor demanda. Por ello, se modificaron las denominaciones de las Oficinas Registrales de Tlalnepantla I, por
Tlalnepantla; Tlalnepantla II, por Naucalpan; y Tlalnepantla III, por Ecatepec, estableciendo en cada una de ellas la circunscripción territorial
que les corresponde.
El 19 de diciembre de 2012, se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el Decreto mediante el cual, se creó la Consejería
Jurídica del Ejecutivo Estatal como la dependencia encargada de planear, programar, dirigir, resolver, controlar y evaluar las funciones del
registro civil, del notariado, las relativas a la demarcación y conservación de los límites del Estado y sus municipios, de la función registral,
de los asuntos religiosos, administración de la publicación del periódico oficial "Gaceta del Gobierno", las relativas al reconocimiento,
promoción, atención y defensa ,de los derechos humanos desde el Poder Ejecutivo, de información de los ordenamientos legales y de
coordinarse con los responsables de las unidades de asuntos jurídicos de cada dependencia de la Administración Pública Estatal.
Derivado de lo anterior, el 25 de febrero de 2013 se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" la reforma a los artículos 1, 5 en su
fracción I; 11 en su fracción 1, y 12 en su fracción III de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de la
Función Registra! del Estado de México, con la finalidad de resectorizar al citado organismo de la Secretaría General de Gobierno a la
Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal.
El 16 de mayo de 2013, se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el Acuerdo por el que se reforman y derogan diversas
disposiciones del Reglamento Interior del Instituto de la Función Registral del Estado de México, con el objeto de adecuar su
funcionamiento.
Actualmente, el Instituto de la Función Registral del Estado de México cuenta con una estructura orgánica autorizada por la Secretaría de
Finanzas en mayo de 2013 integrada por 50 unidades administrativas (una dirección general, cinco direcciones de área, nueve
subdirecciones y 35 departamentos).

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