Manual General de Organización de la Contraloría

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVIII
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 300
Toluca de Lerdo, Méx., viernes 14 de noviembre de 2014
No. 98
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
SUMARIO:
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA.
"2014. Año de los Tratados de Teoloyucan"
SECCION QUINTA
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE IVIÉXIC
91
,1
"'',
11 CONTRALORÍA
''
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
DE LA CONTRALORÍA
TOLUCA DE LERDO, MÉXICO
03 DE NOVIEMBRE DE 2014.
GA
CETA
E> E L GO ES E IFt P.1
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
14 de noviembre de 2014
PÁGINA
FECHA
D
M
A
ELABO
15
09
2006
R.
ACTUA
03
11
2014
L.
CONTENIDO
I.
Introd cción
II.
Ante dentes históricos
III.
Base Legal
IV.
Marc • Jurídico de Actuación
V.
Estru tura Orgánica
VL Orga igrama
VII.
Misi n, visión y valores
VIII.
Obj "yo y funciones por Unidad Administrativa
Contral • ría
Direcci de Responsabilidades Administrativas.
Departa, ento de Atención a Quejas.
Departa ento de Atención a Denuncias
Departa ento de Atención a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria.
Delegad nes de la Contraloría.
Direcció de Situación Patrimonial.
Departa ento de Registro Patrimonial.
Departa ento de Procedimiento y Evolución Patrimonial.
Unidad d Entrega Recepción
Direcció de Auditoría Interna
.
Departartento de Análisis del Egreso.
Departa ento de Control.
Departa ento de Evaluación.
Direcció de vinculación Municipal.
Departa ento de Vinculación Municipal
Departa ento de Estructura Orgánica y Salarial
Departan
l
iento de Capacitación y Asesoría Intermunicipal.
Secretar a Técnica.
CoordinLción Administrativa.
IX.
Hoja de Control de Cambios.
X.
Hoja de validación
Xl. Anexos
14 de noviembre de 2014
GACETA
I > I G6 E Ft IV G
Página 3
I. INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Organización de la Contraloría del Poder Legislativo, tiene como objeto ser un
instrumento normativo y de información sobre la estructura organizacional de esta dependencia, su
configuración permite tomar decisiones de carácter administrativo con apego a las normas vigentes.
En su contenido se identifica la cadena de mando, niveles de autoridad y de responsabilidad, se
destaca información relevante sobre el marco jurídico-administrativo que determina su competencia,
atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Poder Legislativo, estructura orgánica con la que
actualmente opera, organigramas que describen en forma gráfica su organización, los objetivos y
funciones de las unidades administrativas que lo conforman.
El Manual constituye un medio eficaz para que el personal de la Contraloría realice sus funciones de
manera ordenada, eficiente y sin ningún asomo de vindicación, precisando responsabilidades y
recursos para la correcta ejecución de sus competencias. Por lo mismo es una herramienta útil para
mejorar, orientar y conducir las actividades de manera clara, sencilla y transparente.
La Contraloría del Poder Legislativo tiene como función fundamental regular la organización
administrativa interna del Poder Legislativo, así como instaurar procedimientos administrativos
disciplinarios, previstos en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios, a los ayuntamientos, diputados locales y personal del Poder Legislativo.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 8° fracción XX del Reglamento Interno de la Contraloría y
160 fracciones XIX y XX del Reglamento del Poder Legislativo; se elabora, integra y difunde el
presente Manual General de Organización de la Contraloría del Poder Legislativo.
Para cumplir con las funciones institucionales, la Secretaría de Administración y Finanzas, a través de
la Coordinación de Normatividad y Desarrollo Administrativo, pone a disposición de los servidores
públicos del Poder Legislativo el
"Manual de Organización de la Contraloría del Poder
Legislativo"
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Desde el inicio el mandato fue claro: Aplicar la
ley
"Consecuentes con la voluntad de esta Soberanía téngase por aprobada la creación de la Contraloría
de la Legislatura..." La frase inicial inundó el recinto camaral en voz del diputado Justino Carpio
Monter, presidente en funciones de la Mesa Directiva de la Diputación Permanente de la LI
Legislatura del Estado de México, aquel sábado 2 de marzo de 1991.
El hecho quedó asentado, en términos de lo propuesto y de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios, en el Torno 1, N
9
- 29, del Diario de Debates de ese
histórico momento, luego de que la propuesta del Presidente de La Gran Comisión, diputado Gabriel
Ezeta Moll recibiera el apoyo unánime de los legisladores, al punto de acuerdo propuesto.
De esta manera el grupo de legisladores dio un paso muy importante, en el futuro democrático de la
entidad, con responsabilidad e interés para no defraudar las expectativas de quienes habían votado
por ellos apenas el 11 de noviembre anterior.
El sentir de aquellos parlamentarios mexiquenses, se resume en lo expresado en tribuna por el
diputado Jesús Demetrio Martínez Rueda, quien al renunciar a su designación como miembro de la
Comisión de Administración, tomó la palabra y dijo que su deseo era "contar con una Contraloría que
sea efectivamente un control" que "cumpla y busque, efectivamente, la coordinación de accionec. una
vigilancia del gasto, fiscalización real del gasto de esta Legislatura y no se convierta en un órgano
más para chambistas".
Página
GAC ETA
14 de noviembre de 2014
E,EL G
OBIERN
O
La aspi ación era una Contraloría real y efectiva, de vigilancia y supervisión de los diferentes rubros
del gas o y, más importante aún, al establecimiento de una instancia de control adecuado y definido
de las r • sponsabilidades de los servidores públicos.
Fue la Dirección de Administración de la Cámara de Diputados, la encargada de diseñar la estructura,
funcion s y la puesta en marcha de dicho órgano, en tanto que la Diputación Permanente fue la
faculta
.a para designar al primer titular de la Contraloría del Poder Legislativo, nombramiento que
recayó -n la persona de Eulalio Juárez Mejía, quien cumplió la encomienda del 2 de marzo de 1991
hasta e 1
2
de mayo de 1992.
GÉNESIS JURÍDICA
Previa ente, el diputado Gabriel Ezeta Moll había subido a la tribuna para fundamentar su propuesta
a la cr ción de un órgano de la Legislatura, cuya génesis legal obedece al artículo y dispositivos de
la Ley f e Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, vigente desde el 11
de novi mbre de 1990".
Y expli o en aquella oportunidad: "El párrafo segundo del artículo 47 de ese ordenamiento legal, se
refiere recisamente a que el Poder Judicial y el Poder Legislativo, habrán de crear órganos de
control interno, dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta Ley", plazo que vencía 9
días después .
Sin em argo, sus antecedentes se remontan a la Contraloría del Poder Ejecutivo, impulsada por el
entono s gobernador de la entidad Ignacio Píchardo Pagaza, quien la elevó a rango de Secretaría el
11 de eptiembre de 1990 mediante el decreto número 140 de la Legislatura, que emitió la Ley de
Respo sabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, la cual estipula en su artículo
47:
"El Tri unal Superior de Justicia del Estado, establecerá los órganos y sistemas para identificar,
investigar y determinar las responsabilidades de los servidores públicos, derivadas del
incump imiento de las obligaciones a que se refiere el artículo 42, así como para aplicar las sanciones
conte eladas en el presente capitulo, por conducto del superior jerárquico, o en los términos de su
corres ondiente Ley Orgánica.
"Lo pr pio hará la Legislatura en relación con sus servidores públicos y conforme a la legislación
respec iva, siendo también competente para identificar, investigar y determinar las responsabilidades
a que e refiere este artículo, tratándose también de presidentes municipales, regidores y síndicos,
así co o para aplicarles las sanciones que correspondan en los términos de esta Ley..."
El gob •rnador del Estado Emilio Chuayffet Chemor, en Enero de 1994 propuso una reforma para
fortalecer la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios entre
cuyos .untos esenciales destaca el robustecimiento en la división de los poderes públicos la
atribuc n de realizar la recepción y el registro de las manifestaciones de bienes, así como el
segui lento de la evolución patrimonial de sus servidores públicos, para asumir preceptos que
perma écen vigentes y que fueron emitidos en el decreto 11, de la LII Legislatura local.
La Co traloría del Poder Legislativo ha tenido a la fecha seis titulares: Eulalio Juárez, Daniel Reyes
Valenc a, Álvaro Benavides Mejía, Lúcio Barrueta Durán, Nicolás Salvador Gallegos Magdaleno y
Victori o Barrios Dávalos.
Desde u origen la Contraloría ha ocupado 3 sedes en la Ciudad de Toluca: La primera, en el edificio
del Palacio Legislativo, planta alta, lado oriente, después en Paseo Matlazincas N
2
2008, en el Barrio
la Tere ona y de ahí pasó al edificio que ocupa actualmente en Independencia Oriente N
2
102, primer
piso. E ese lapso, en materia de recursos humanos pasó de 12 a 112 servidores públicos y se han
creado tres delegaciones ubicadas en: el Valle de México, Oriente Chalco y al Sur en Temascaltepec
14
de noviembre de
2014
GAS E11
",
Página 5
E L GOEl IE
La Contraloría tiene sus facultades en el artículo 155 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado
Libre y Soberano de México y en el Reglamento Interno de la Contraloría del Poder Legislativo del
Estado de México. Como lo dice su nombre, es la dependencia de control de la Legislatura que tiene
la facultad de fiscalizar a los órganos y dependencias de la misma.
Actúa según facultades contenidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado y Municipios, como autoridad administrativa de los 125 ayuntamientos de la entidad, vigilando
que la actuación de los integrantes de los cabildos Presidente(s). síndico(s) y regidor(es) se ajuste a
la normativa vigente.
Finalmente hablar de la historia de la contraloría es referirnos desde luego a los antecedentes que
han sido la plataforma de lo que actualmente constituyen los sistemas de control a través del
conocimiento de los diversos medios, órganos y sistemas que han existido para la vigilancia y
regulación de las múltiples fases de la administración pública, sosteniendo el punto de vista
específico del control preventivo y no del control posterior.
Por lo anterior, el ciudadano debe tener plena confianza en la institución, pues existe el firme
compromiso de dar curso de inmediato a sus quejas o denuncias con la certeza de que se atenderá la
misma, con estricto apego a la ley.
III. BASE LEGAL
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Reglamento Interno de la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México.
IV. MARCO JURÍDICO DE ACTUACIÓN
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Código Administrativo del Estado de México.
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
Reglamento para la Entrega y Recepción de las Unidades Administrativas de la Administración
Pública del Estado de México.
Reglamento Interno de la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México.
Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, para el ejercicio fiscal de que se
trate.
Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México.
Y demás disposiciones vigentes y aplicables.
Coordinación
Administrativa
Secretaría
Técnica
Dirección de
esponsabilidades
Administrativas
Dirección
de Situación
Patrimonial
Direcc'on
de Auditoria
Interna
Dirección
de
Vinculación
Municipal
Departamento de
Procedimiento y
Evolución
Patrimonial
Un iclaci
Entrega —
Recepción
Departamento de
Atención a
Denuncias
Depto. de Atención
a nuncia
Des. por
Flesponr.abil idees
Resarcitoria
Delegación
Regional Valle de
México
Delegación
Regional Cln alce
Delegación
Regional Sur
Departamento do
Estructura Orgánica
y Salarial
Departamento de
Capacitación y
A seso ria
Internlunieipal
Departamento de
Control
Departamento
de
Evaluación
Contraloría
Departamento de
Registro Patrimonial
Departamento de
Atención a
Ouejas
Departamento de
Análisis
del Egreso
Departamento de
Vinculación
Municipal
14 de noviembre de 2014
GACETA
1
GONEL NEF
,
0
Página 7
VII. MISIÓN, VISIÓN Y VALORES
MISIÓN
Somos un órgano interno de control y vigilancia que impulsa la correcta administración de los
recursos públicos y el ataque a la corrupción en el ámbito del Poder Legislativo, para el logro de sus
objetivos, mediante auditorias, revisiones, supervisiones y evaluaciones al ejercicio de sus recursos,
privilegiando el enfoque preventivo. De igual manera procuramos el cumplimiento de la
responsabilidad administrativa de los ayuntamientos; ambas actividades con legalidad, objetividad y
transparencia.
VISIÓN
Ser un órgano de control profesional, eficaz, eficiente e innovador, cuyos resultados generen
certidumbre y credibilidad en las instituciones por parte de la sociedad.
VALORES
El
desempeño del personal de la Contraloría, tiene como estructura, el compromiso y la calidad en el
servicio, actitud de entrega con lealtad, esfuerzo constante de preparación y superación académica,
con imparcialidad, objetividad, responsabilidad y respeto.
VIII. OBJETIVO Y FUNCIONES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA
Contraloría
Objetivo:
Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar la estructuración y el funcionamiento de la Contraloría
del Poder Legislativo para dar cumplimiento al Programa Anual de Trabajo y a las atribuciones
establecidas en los artículos 155 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado de México; 7° y 8
2
del Reglamento Interno de la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México.
Funciones:
-
Organizar y dirigir la instauración del procedimiento contenido en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado y Municipios, tratándose de los Diputados de la Legislatura
Local, los demás servidores públicos del Poder Legislativo y los integrantes de los Ayuntamientos
de la entidad, proponiendo el proyecto de resolución para someterlo a consideración de la Junta
de Coordinación Política;
-
Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control interno y de evaluación, así como
vigilar que la aplicación de los recursos materiales, humanos, técnicos y financieros sean
congruentes con el presupuesto de egresos;
-
Integrar el Programa Anual de Actividades, estableciendo los mecanismos para su ejecución y
supervisión, para darle seguimiento y evaluar los resultados;
-
Coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento en materia de manifestación y registro patrimonial
de los servidores públicos, dictando las medidas que tiendan a mantener actualizada la
información que permita dar el seguimiento a la evolución patrimonial;
Establecer coordinación con el Órgano Superior de Fiscalización, con la Secretaría de la
Contraloría del Poder Ejecutivo, con los órganos de control de los ayuntamientos y con otras
dependencias de control, con el propósito de convenir y aplicar los criterios mecanismos. bases y
modalidades en el ejercicio de sus atribuciones;
GAC
E "TAL
CDEL G
OBIIE Ft
na e.>
14 de noviembre de 2014
Página 8
Pro icionar asesoría en el ámbito de su competencia a los Órganos y Dependencias de la
Legi .latura, para coadyuvar al mejor cumplimiento de sus funciones y atribuciones;
-
Vigil r que las resoluciones y dictámenes emitidos se realicen con estricto apego a las normas,
polít cas, procedimientos y disposiciones legales aplicables a las auditorías que se practican a las
Dep ndencias del Poder Legislativo;
Coo dinar y vigilar la participación de la Contraloría del Poder Legislativo en los procesos de
licit iones, arrendamientos y enajenaciones de bienes, servicios y contratación de obra,
con•tatando el cumplimiento de la normatividad establecida para tal efecto;
dinar y supervisar la aplicación del procedimiento de entrega-recepción de la Presidencia de
lita de Coordinación Política, Diputados, dependencias y unidades técnicas y administrativas
Legislatura a efecto de que se cumpla con la normatividad establecida;
r que se realice y actualice periódicamente el inventario de bienes muebles e inmuebles que
atrimonio del Poder Legislativo;
Info mar periódicamente a la Junta de Coordinación Política, sobre los resultados obtenidos de las
revi•iones y evaluaciones a la estructura órgano-funcional de las dependencias técnicas y
adm nistrativas de la Legislatura;
Pre•entar al Presidente de la Junta de Coordinación Política, el informe anual de las actividades
des rrolladas por la Contraloría del Poder Legislativo;
Pla ear, organizar y distribuir los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos
asig ados a la Contraloría, de acuerdo a las necesidades técnicas e institucionales que
det (minen las atribuciones y el programa anual de trabajo;
Ate der las solicitudes de información que sean requeridas, así como dar contestación a los
Me•ios de Impugnación que se interpongan;
Ma ener actualizada la página Web de la Dependencia y dar cumplimiento.
Rea izar las demás funciones que le señalen los ordenamientos legales o las que determine la
Jun de Coordinación Política o su Presidente.
Direcci n de Responsabilidades Administrativas
Objetiv • :
Observa r y contribuir a que la actuación de los servidores públicos del Poder Legislativo y de elección
popular municipal, se conduzcan con estricto apego a la base jurídica a la que están sujetos, derivado
de su cargo, empleo o comisión, dando seguimiento al sistema de quejas y denuncias e
instrum ntando los procedimientos administrativos disciplinarios conforme a la normatividad en la
materia
Funcio es:
-
Est blecer coordinación con las dependencias federales, estatales y municipales, para captar y
dar urso a las quejas y denuncias en contra de servidores públicos del Poder Legislativo, y de
ele• ión popular municipal, de acuerdo a la normatividad establecida;
-
Re resentar legalmente a la Contraloría en los asuntos de su competencia;
Coo
la J
de I
Vigil
son
I
4 de noviembre de 2014
G 4C E °Ir"
I71. t. G
OBF E Fe N0
Página 9
-
Mantener un sistema de control de quejas y denuncias, que permita conocer la situación que
guardan, su clasificación, injerencia y grado de avance;
-
Certificar los documentos de actuación, en trámite y los existentes en sus archivos;
-
Aplicar los procedimientos establecidos, para identificar, investigar y determinar las presuntas
responsabilidades por incumplimiento de obligaciones en el servicio público contempladas en la
respectiva ley;
-
Instrumentar los procedimientos de los medios de impugnación, que procedan en su desarrollo;
Informar periódicamente al Contralor sobre la situación que guardan, los asuntos de su
competencia;
-
Recibir, registrar y dar curso a las quejas y denuncias en contra de los servidores públicos de la
Legislatura y municipales de elección popular, con el fin de determinar la existencia de
responsabilidades de acuerdo al procedimiento que la propia norma establece;
Elaborar los informes en los juicios de amparo e interponer toda clase de recursos o medios de
impugnación, así como actuar en los juicios en que la Contraloría fuera parte, en el cumplimiento
de las resoluciones respectivas;
-
Presentar a la Junta de Coordinación Política el proyecto de resolución para la imposición de
sanciones de acuerdo con lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado y Municipios;
Proporcionar, cuando le sea solicitado, asesoría jurídica en el ámbito de su competencia a las
dependencias del Poder Legislativo;
-
Proporcionar asesoría y opinión jurídica en las inconformidades que se formulen acerca del
incumplimiento de acuerdos, convenios o contratos celebrados entre pprticulares y dependencias
de la Legislatura, por adquisiciones, obras o servicios;
-
Integrar y actualizar el registro de servidores públicos sancionados o inhabilitados, para su debida
consulta;
-
Procurar que la gestión de los servidores públicos de la Contraloría, sea congruente con las
normas jurídicas y administrativas establecidas y en su caso de incumplimiento, dar cause al
procedimiento administrativo correspondiente;
-
Dar trámite a los recursos administrativos solo de su área que sean substanciados ante la
Contraloría, de acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios, y otras leyes aplicables;
Analizar e investigar la información proporcionada por la Dirección de Auditoria Interna, las
probables responsabilidades derivadas de las auditorías aplicadas a las dependencias de la
Legislatura y a los servidores públicos que la ley estipula;
Informar al Contralor el resultado obtenido del análisis de las probables responsabilidades de las
dependencias y servidores públicos sujetos de revisión, y dar el seguimiento correspondiente;
Recibir y tramitar de acuerdo a las disposiciones aplicables, las inconformidades que se formulen
con motivo de licitaciones públicas o concursos que realicen las dependencias;
Página 1
14 de noviembre de 2014
C)F1 G.Ci
13 I E Ft N
cz,
-
Dar abal cumplimiento a las atribuciones establecidas en los artículos 10 y 11; del Reglamento
Inter o de la Contraloría del Poder Legislativo;
- Des rrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Departa ento de Atención a Quejas
Objetiv :
Dar cu plimiento al proceso de recepción, registro, seguimiento y dictamen de las quejas que
originen una posible responsabilidad administrativa atribuible, tanto a los servidores públicos del
Poder L gislativo, como a los municipales de elección popular, en el desempeño de sus funciones.
Funcio es:
-
Man
esta
des
ener coordinación con las dependencias federales, estatales y municipales que tengan
O
lecido el sistema de quejas, a fin de captar y dar curso a los casos de incumplimiento en el
peño de los servidores públicos de acuerdo a su competencia;
-
lnte•rar un sistema de control que permita determinar el total de quejas, atendiendo a su
clasi icación por: número de expediente, municipio, servidor público responsable y cargo, falta
admi istrativa y quejoso. Enviando esta información al Director y Contralor;
1
~
Ir, registrar, analizar y clasificar las quejas presentadas en contra de los servidores públicos,
uerdo con la naturaleza de la responsabilidad o asunto, con el fin de darles el curso legal
spondiente;
-
Dar seguimiento a las gestiones procedentes, con el propósito de determinar la posible
resp nsabilidad por motivo de las quejas recibidas, indicando por escrito al Contralor las
justif aciones suficientes de aquellas por las que no se inicio procedimiento;
-
Dar eguimiento a las quejas, una vez que han sido agotadas las instancias del caso y se
dete fine iniciar el procedimiento respectivo;
-
Integ ar, documentar y resguardar todas las quejas recibidas y atendidas. Así como implementar
los si temas de control que esta situación requiera;
-
Regi trar y dar seguimiento a los procedimientos que se hayan canalizado ante las instancias
correspondientes (federales, estatales o municipales);
- En el desarrollo de sus actividades dar fiel observancia y cumplimiento a los términos de la Ley de
Res
nsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios;
-
Res
servi
caus
tar y hacer respetar el derecho a la formulación y presentación de quejas en contra de
ores públicos, con motivo del ejercicio de sus funciones, evitando que, por esta razón, se
n molestias o atropellos al quejoso;
Mant • ner un registro de seguimiento a las quejas recibidas, a fin de informar al quejoso la
situa' ión que guardan o el resultado de las mismas;
finar y supervisar la correcta operación de los módulos, buzones y el procedimiento del
a de quejas, para que la ciudadanía pueda acceder a ellos eficientemente;
-
Desa rollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Coor
o
siste
-
Reci
de a
corra
14 de noviembre de 2014
GACETA
I > E . I _ GO
BIERNO
Página 11
Departamento de Atención a Denuncias
Objetivo:
Dar cumplimiento al procedimiento de recepción, registro, seguimiento y elaboración de
anteproyectos de resolución, derivado de las denuncias iniciadas de oficio o a petición de parte, por la
probable responsabilidad administrativa disciplinaria, atribuida a los servidores públicos del Poder
Legislativo, así como de elección popular municipal, en el desempeño de sus funciones.
Funciones:
-
Recibir y registrar las denuncias, que se presenten en contra de los servidores públicos del Poder
Legislativo y de elección popular municipal, por la probable responsabilidad administrativa
atribuida en el desempeño de su cargo;
Requerir del servidor público, presunto responsable, informe detallado de los hechos motivo de la
denuncia, así como elementos de prueba, para acreditar su dicho;
Determinar la procedibilidad de las denuncias recibidas, para la instauración del procedimiento
administrativo disciplinario;
Iniciar el procedimiento administrativo disciplinario en contra de los servidores públicos del Poder
Legislativo, así como de elección popular municipal, en los términos del marco jurídico de
actuación de la Contraloría del Poder Legislativo, asignándole el número progresivo que
corresponda y elaborando el oficio citatorio, para desahogo de garantía de audiencia;
Desahogar las garantías de audiencia o diligencias que procedan, a efecto de que el servidor
público infractor o persona que corresponda, ejerza su derecho a la defensa de conformidad con
la legislación aplicable;
Elaborar los acuerdos de trámite, así como los oficios respectivos de notificación, sometiéndolos a
consideración del Contralor y del Director de Responsabilidades Administrativas;
-
Analizar y valorar las constancias que integran el expediente, con el objeto de elaborar el
anteproyecto de resolución, previo acuerdo con el Director de Responsabilidades, poniéndolo a
consideración del Contralor;
-
Substanciar, en su caso, el recurso administrativo de inconformidad interpuesto por los servidores
públicos infractores, en contra de las resoluciones emitidas por la Junta de Coordinación Política;
Verificar que se lleve a cabo la notificación al interesado de la resolución emitida por la Junta de
Coordinación Política, sea por procedimiento administrativo disciplinario o recurso administrativo
de inconformidad;
-
Elaborar los informes previo y justificado, que sean requeridos por las autoridades en la
tramitación de los juicios de amparo, derivado de las actuaciones de la Contraloría del Poder
Legislativo;
Ejecutar las acciones tendientes a detectar irregularidades, que se presenten en los
ayuntamientos, a través de la implementación de los programas permanentes que instruya el
Contralor, realizando el análisis de cada uno, al menos, semestralmente, determinando, en su
caso, el inicio del procedimiento administrativo disciplinario;
Informar a la Dirección de Responsabilidades Administrativas, de los asuntos tramitados y del
estado que guardan;
G 4C ETA
DEL GO
BIERNO
14 de noviembre de 2014
Página 1
-
Infor ar a la Dirección de Responsabilidades Administrativas sobre las resoluciones, en las que
se h ya impuesto sanción a los servidores públicos del Poder Legislativo y de elección popular
muni ipal, pronunciadas por la Junta de Coordinación Política, que hayan quedado firmes, con el
objet i de que se actualice el registro de servidores públicos sancionados; y
-
Des rallar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Departa ento de Atención a Denuncias por Responsabilidad Resarcitoria
Objetiv • s:
Recepci
como so
de elec
económi
incumpli
substan
111
n, registro y seguimiento a las denuncias que se deriven de una responsabilidad resarcitoria,
las auditorías realizadas a los municipios en contra de los servidores públicos municipales
ión popular, a las personas físicas y/o morales que manejen o administren recursos
os de la Legislatura; detectando en ellas irregularidades por actos, omisiones o en su caso,
ientos que se traduzcan en daños y perjuicios estimables en capital financiero; pudiendo
lar el procedimiento administrativo disciplinario respectivo.
Funcion s:
-
Reci ir, registrar y analizar las denuncias presentadas en contra de servidores públicos de
elección popular municipal y del Poder Legislativo, con el fin de darles el trámite legal
corre-pondiente y determinar si se inicia o no el procedimiento administrativo disciplinario
corr pondiente;
-
Sust nciar la etapa de información previa y acordarla con el Director de Responsabilidades
Adm Ñistrativas de la Contraloría del Poder Legislativo;
- Turn r a archivo los expedientes sobre los que no se haya iniciado procedimiento administrativo
resa itorio de responsabilidad administrativa disciplinaria;
-
Citar a Garantía de Audiencia al presunto responsable con la finalidad de que manifieste lo que
esti é necesario, aporte las pruebas que considere pertinentes para desvirtuar la responsabilidad
a él tribuible y alegue lo que por derecho convenga;
- Estu iar y valorar las actuaciones del expediente y elaborar proyecto de resolución, para que el
Cont alor, lo someta a consideración de la Junta de Coordinación Política del Poder Legislativo y
ésta petermine lo conducente;
Proa ner la aplicación de las sanciones por responsabilidades resarcitorias a los servidores
públi os que, durante su gestión, no hayan ejercido debidamente los recursos o no hayan
resg ardado de forma apropiada los bienes públicos del Poder Legislativo y a personas físicas o
morales que por incumplimiento a contratos con el mismo, incurran en daños y perjuicios
esti ables en dinero;
Aplicy
r los procedimientos legales para identificar, investigar y determinar sobre la presunta
exist•ncia de responsabilidad administrativa resarcitoria;
Auxil ar, cuando así se requiera por escrito, en las supervisiones del cumplimiento de las
oblig ciones adquiridas por los proveedores con las dependencias técnicas y administrativas del
Poder Legislativo, haciendo del conocimiento de la Dirección correspondiente;
For ular, para las dependencias contratantes, las observaciones que se deriven de la revisión del
pedi o o contrato, cuando se considere que el mismo no se ajuste a los preceptos de la Ley
relati a y proponer las sanciones de la misma;
14 de noviembre de 2014
G .131C E "T"
I ) I I_ GO EL II E Fa ISA ‘7:1>
Página 13
-
Conocer y tramitar sobre las inconformidades que surjan como consecuencia de los concursos y
licitaciones en las que intervenga el Poder Legislativo, proponiendo su resolución;
Sustanciar los recursos de inconformidad que se interpongan en contra de actos o resoluciones
emitidas por la Contraloría del Poder Legislativo o por la Junta de Coordinación Política del Poder
Legislativo del Estado de México, derivados de los asuntos que se desarrollan en el
Departamento;
-
Verificar el cumplimiento a las sanciones impuestas por la Junta de Coordinación Política a los
servidores públicos, que sean de la competencia del Departamento;
Poner en estado de resolución el procedimiento administrativo resarcitorio, y proponer al Director
de Responsabilidades Administrativas y al Contralor del Poder Legislativo, para que de
considerarlo oportuno se sustancie y se determine;
En el desarrollo de sus actividades dar fiel cumplimiento a la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios;
Informar trimestralmente de los asuntos y actividades que se hayan desarrollado a la Dirección de
Responsabilidades Administrativas;
Realizar los informes que sean requeridos por la Dirección de Responsabilidades Administrativas
y el Contralor;
Ejecutar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Delegaciones de la Contraloría
Objetivo:
Dar inicio a la etapa de información previa determinada por el Código de Procedimientos
Administrativos, por cuanto hace a las presuntas irregularidades administrativas atribuidas a los
servidores públicos del Poder Legislativo, así como a los de elección popular municipal, por lo que
respecta a las denuncias y quejas presentadas en su contra, por parte de la ciudadanía, así como de
las instancias gubernamentales.
Funciones:
-
Recibir, registrar y analizar las quejas y denuncias presentadas en contra de servidores públicos
de elección popular municipal y, del Poder Legislativo, con el fin de darles el trámite legal
correspondiente y proponer el inicio o no del procedimiento administrativo disciplinario
correspondiente;
-
Acordar con el Director de Responsabilidades Administrativas, la sustanciación de la etapa de
información previa;
-
Estudiar y valorar las actuaciones en el expediente, así como elaborar proyecto de determinación
para el inicio o no del procedimiento administrativo disciplinario;
-
Remitir el proyecto de determinación al Director de Responsabilidades Administrativas y al
Contralor para su análisis y determinación de la etapa de información previa;
-
En el desarrollo de las actividades cumplir con la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado y Municipios;
Página 1
G
AC E
TA
Ft /94
14 de noviembre de 2014
-
Infor ar periódicamente al Contralor y al Director de Responsabilidades Administrativas sobre la
situa4 ión que guardan los expedientes y remitir oportunamente la información requerida;
-
Subs
acue
-
Elab
Cont
Direc
a iciar, en su caso, el recurso administrativo de inconformidad interpuesto en contra del
do de inicio o archivo de la etapa de información previa;
rar los informes en los juicios de amparo, así como, actuar en los juicios en que la
oría fuera parte, en el cumplimiento de las resoluciones respectivas, a través de la
ión de Responsabilidades Administrativas;
-
Revi- r los buzones de quejas y denuncias instalados en los municipios que, conforman las
difer ntes Delegaciones;
-
Form llar el anteproyecto del presupuesto del año correspondiente y la programación anual de
meta.
-
Llev el control y gestión de la correspondencia turnada a las Delegaciones;
-
Regi tro, control y resguardo de los expedientes de información previa;
-
Admi istrar el fondo revolvente asignado a la Delegación, para atención de viáticos;
-
Reali ar las notificaciones de acuerdos y resoluciones de la Contraloría del Poder Legislativo y de
la Ju ta de Coordinación Política, respectivamente;
-
Expe ir las copias solicitadas previo acuerdo con el Director de Responsabilidades
Admi istrativas;
-
Desa rollar las demás funciones encomendadas por la Dirección de Responsabilidades
Admi istrativas y el Contralor, inherentes al área de su competencia.
Direcció de Situación Patrimonial
Objetiv • :
Coordin
r,
supervisar y evaluar el cumplimiento de las disposiciones en materia de manifestaciones
de bienes y registro patrimonial, de los servidores públicos del Poder Legislativo y de elección
popular; así como vigilar la aplicación y guarda del procedimiento de entrega-recepción de la
Presiden la de la Junta de Coordinación Política, Diputados, Dependencias y Unidades
Administ ativas; supervisar que periódicamente se actualice el inventario de bienes muebles bajo
resguarde de los servidores públicos; y que los bienes inmuebles arrendados y/o propiedad del Poder
Legislati o cuenten con la documentación legal y administrativa correspondiente.
Funcio es:
-
Instr mentar mecanismos para prevenir y orientar a los servidores públicos del Poder Legislativo
y de elección popular municipal, en el cumplimiento de las obligaciones patrimoniales;
Planear, organizar, informar y coordinar el sistema administrativo que permita a los servidores
públ ces declarar su situación patrimonial, en términos de ley;
-
Exp dir las normas y formatos para la declaración patrimonial de los servidores públicos del
Poder Legislativo, con motivo de su alta, baja o anualidad;
-
Esta elecer en conjunto con la Coordinación Administrativa, mecanismos suficientes para difundir
sati~a
actoriamente el padrón de sujetos a presentar manifestación de bienes por alta o baja del
emp eo, cargo o comisión;
a
14 de noviembre de 2014
GACETA
1,1 I. G.1=1. ES II E Ft 1
,
1 47
Página 15
-
Diseñar y operar el sistema de registro, control y resguardo de los expedientes individuales de
declaración patrimonial y los del fincamiento de responsabilidades por incumplimiento de esa
obligación, así como, de las resoluciones dictadas, informando al Contralor del total de
declaraciones presentadas, su clasificación por fincamiento de responsabilidad y de resoluciones
dictadas;
-
Practicar las investigaciones y ordenar las verificaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, y proponer las
sanciones que procedan con relación a la situación patrimonial;
-
Turnar, bajo solicitud justificada, fundada y expresa, a la autoridad correspondiente, información
sobre declaraciones patrimoniales, a efecto de determinar el posible;
-
fincamiento de responsabilidades a servidores públicos del Poder Legislativo e integrantes de los
ayuntamientos;
-
Proponer sanciones debidamente fundamentadas, que sean competencia de esta Dirección,
previa consulta, análisis y revisión del Contralor, conforme a las leyes aplicables;
-
Promover, difundir acciones, mecanismos y medios de orientación e información, dirigidos a los
servidores públicos, con el fin de que, en tiempo y forma, den cumplimiento a sus obligaciones de
declaración patrimonial;
-
En el desarrollo de sus actividades procurar la fiel observancia y cumplimiento a los términos de
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios;
-
Supervisar y evaluar el funcionamiento del sistema de registro y control de las declaraciones
patrimoniales de los Servidores Públicos del Poder Legislativo, en términos de la ley respectiva;
-
Formular la declaratoria que corresponda hacer con motivo de enriquecimiento ilícito en los
términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, y
presentar las denuncias o querellas que deban hacerse al respecto, ante el Ministerio Público o la
Legislatura del Estado;
Coordinar y supervisar la entrega-recepción de la Presidencia de la Junta de Coordinación
Política y Diputados, así como la de las Dependencias, Órganos y Unidades Administrativas del
Poder Legislativo;
-
Establecer coordinación con los órganos de control interno estatales y municipales, para el mejor
desempeño de las funciones inherentes a la labor de la Contraloría del Poder Legislativo;
-
Vigilar que se realice y actualice periódicamente el inventario de los bienes muebles bajo
resguardo de servidores públicos, así como los inmuebles propiedad del Poder Legislativo;
-
Coordinarse con la Unidad de Normatividad y Asistencia Técnica, a fin de analizar y actualizar la
normatividad existente;
-
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Departamento de Registro Patrimonial
Objetivo:
Diseñar, implementar y operar el sistema de información de recepción, registro, control, seguimiento y
resguardo de las manifestaciones de bienes por alta, baja ó anualidad de los servidores públicos del
Poder Legislativo, así como de los expedientes de procedimientos administrativos instaurados por
Página 1
4
G". C
E
TA
f ,FI
GOBIERNO
14 de noviembre de 2014
omisión ó extemporaneidad en la presentación de las mismas, o por evolución patrimonial de
servidores públicos del Poder Legislativo y de elección popular municipal.
Funcio
-
Instru nentar y operar los mecanismos administrativos, para que los servidores públicos del Poder
Legis tivo declaren su situación patrimonial en los términos que señala la Ley;
-
Diseñ d r los formatos para la declaración patrimonial de los servidores públicos del Poder
Legis ativo, y los mecanismos de su registro y control, así como los instructivos correspondientes;
-
Ases rar a diputados y servidores públicos del Poder Legislativo, sobre el llenado de los formatos
de m nifestación de bienes;
-
Reci r, registrar, capturar y resguardar las manifestaciones de bienes de los diputados y
servi ores públicos del Poder Legislativo;
-
Instru entar los mecanismos y acciones tendientes a prevenir la omisión o extemporaneidad, en la
prese tación de la manifestación patrimonial por alta, baja o anualidad;
Actu izar mensualmente el padrón de servidores públicos obligados a manifestar su situación
patri onial;
Integ r, actualizar y difundir, en el mes de febrero de cada año, el padrón de servidores públicos
sujetes a manifestar su situación patrimonial;
-
Lleva un libro de registro de las manifestaciones patrimoniales, que permita determinar el control
de la
,
altas, bajas, anualidades, omisiones y extemporaneidades;
-
Estab écer un sistema de registro de los expedientes de los servidores públicos del Poder
Legis etivo y de elección popular municipal, a quienes se les haya instaurado procedimiento
admi istrativo, con motivo de incumplimiento en su declaración patrimonial;
-
Turn r al Departamento de Procedimiento y Evolución Patrimonial, la relación de servidores
públicos omisos o extemporáneos en la entrega de su declaración patrimonial, para la instauración
del pr cedimiento administrativo correspondiente;
-
Elabo ar expedientes de los procedimientos administrativos, registrarlos en los libros
corre pondientes, ya sean del Poder Legislativo o de elección popular municipal, remitirlos al
Depa amento de Procedimiento y Evolución Patrimonial, llevando un control hasta la conclusión
de lob mismos;
-
Reali ar evoluciones patrimoniales de los servidores públicos del Poder Legislativo;
-
Llevar un libro de registro de las evoluciones patrimoniales, que permita el control del incremento
patria onial de los servidores públicos;
-
Citar los servidores públicos del Poder Legislativo, para que aclaren las irregularidades en el
conte ido de sus manifestaciones de bienes;
-
Turna al Departamento de Procedimiento Patrimonial, el expediente en caso de resultar un
proba le incremento en su patrimonio, para la instauración del procedimiento administrativo
corre pondiente;
14 de noviembre de 2014
GACETA
1 "U. I G 9:9 93 1 E 92 14 9:›
Página 17
Informar a la Dirección de Responsabilidades Administrativas bajo solicitud justificada, fundada,
respaldada y expresa, sobre declaraciones patrimoniales que sirvan, para determinar el posible
fincamiento de responsabilidades a servidores públicos del Poder Legislativo;
Presentar y someter a consideración de la Dirección, en forma permanente, los informes sobre la
situación que guardan los asuntos de su competencia, así como las fechas de terminación y
posibles soluciones;
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Departamento de Procedimiento y Evolución Patrimonial
Objetivo:
Instaurar el procedimiento administrativo disciplinario por la omisión o extemporaneidad en la
presentación de la manifestación de bienes, y por las irregularidades derivadas en la evolución
patrimonial de servidores públicos del Poder Legislativo y de elección popular municipales,
proponiendo la resolución en cada caso.
Funciones:
-
Determinar los servidores públicos sujetos a Procedimiento administrativo disciplinario, por la
omisión o extemporaneidad en la presentación de la manifestación de bienes;
-
Verificar que los servidores públicos omisos, regularicen su situación patrimonial ante la autoridad
correspondiente durante la secuela procesal;
Substanciar el recurso administrativo de inconformidad, interpuesto por los servidores públicos en
contra de las resoluciones emitidas por la Junta de Coordinación Política;
-
Atender, registrar y dar seguimiento a los procedimientos que se hayan canalizado ante las
instancias federales, por la interposición de juicio de amparo de los correspondientes medios de
protección constitucional;
-
Informar a la Junta de Coordinación Política del posible enriquecimiento ilícito que resultare del
análisis de la evolución patrimonial de los servidores públicos del Poder Legislativo, y de elección
popular municipal, con el objeto de que ésta formule la denuncia correspondiente ante el
Ministerio Público;
-
Remitir los expedientes con resolución firme al Departamento de Registro Patrimonial, para su
seguimiento y archivo;
Informar a la Dirección de Situación Patrimonial de los asuntos tramitados y del estado que
guardan;
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Unidad de Entrega-Recepción
Objetivo:
Coordinar y supervisar, la entrega y recepción de la Presidencia de la Junta de Coordinación Política
y de los diputados, así como de las dependencias del Poder Legislativo; y vigilar que se realice y
actualice periódicamente el inventario de los bienes muebles e inmuebles asignados, propiedad del
Poder Legislativo.
GAC
ETA
F:
I I G
O
611 E Ft TV tZ>
14 de noviembre de 2014
Página 1
Funciones:
Coor finar y supervisar la entrega y recepción de la Presidencia de la Junta de Coordinación
Políti a y de los diputados, así como de las dependencias del Poder Legislativo, conforme a lo
prec ptuado por el Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México;
Regl mento Interno de la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México y demás
dispo iciones aplicables;
Supe isar que el acto de entrega-recepción del área se lleve conforme a la normatividad en la
mate la;
Lleva un libro de registro y control de actas de entrega-recepción del Poder Legislativo;
-
Supe isar que se actualicen periódicamente los inventarios de los bienes muebles e inmuebles
propia dad del Poder Legislativo;
Lleva a cabo revisiones físicas, muestreos y seguimientos a bienes muebles de las dependencias
del Peder Legislativo con carácter preventivo;
-
Dar -eguimiento a las observaciones que se deriven de la revisión de los bienes muebles e
inmuebless del Poder Legislativo;
Coor inar con el Departamento de Bienes Muebles y las Coordinaciones Administrativas de las
Depe dencias del Poder Legislativo el inventario de los activos;
Revise r que la documentación de los bienes muebles e inmuebles propiedad en arrendamiento
del Peder Legislativo, cumplan con los requisitos legales y administrativos que la Ley exige;
- Instru entar acta administrativa cuando el servidor público saliente o entrante no asista al acto
admi istrativo o se niegue a firmar el acta de entrega-recepción y sus anexos;
-
Dar s guimiento al procedimiento para regularizar las observaciones e irregularidades del acta de
entre g a-recepción y sus anexos;
- Instru entar acta administrativa correspondiente cuando existan observaciones e irregularidades
detec adas por el servidor público entrante en el acta de entrega-recepción y sus anexos;
- Reali ar las demás funciones que se deriven del ámbito de su competencia.
Direcció de Auditoría Interna
Objetivo
Establec r y aplicar programas y acciones de supervisión, evaluación, control y auditoría que
permitan arantizar el cumplimiento del marco legal aplicable, previniendo y corrigiendo desviaciones
de fondo , omisiones de normas o incumplimiento, en las dependencias del Poder Legislativo del
Estado d México.
Funcion s:
Fiscal zar, evaluar y supervisar la correcta aplicación de los recursos financieros, materiales y
huma os, de las dependencias del Poder Legislativo, con apego a la normatividad establecida,
medi te auditorías financieras, administrativas, jurídicas y de obra pública, determinando, en su
caso, las observaciones directas y administrativas que se deriven de las auditorías; así como
realiz r el proceso de seguimiento de las recomendaciones sugeridas;
14 de noviembre de 2014
G
ACETA
1 I GO Ba IE N O
Página 19
Supervisar que las adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes y contratación de
servicios de cualquier naturaleza que realice el Poder Legislativo, se apeguen a las disposiciones
jurídicas en la materia;
-
Participar en la formulación de las normas, políticas y procedimientos de control, evaluación y
auditoría, que coadyuven a optimizar la función de las dependencias del Poder Legislativo;
-
Proporcionar asesoría en el ámbito de su competencia a las dependencias del Poder Legislativo,
para coadyuvar en el cumplimiento de sus atribuciones, funciones y programas;
-
Supervisar que las auditorías se realicen con apego a las normas, procedimientos, objetivos y
programas establecidos;
-
Hacer del conocimiento al Contralor de los resultados de las acciones de fiscalización, así como
turnar los expedientes respectivos en los casos que se presuma una irregularidad, para el
desahogo del procedimiento correspondiente;
-
Asistir, en representación del Contralor a los diversos comités del Poder Legislativo: de
adquisiciones y servicios, central y de arrendamientos, adquisiciones de inmuebles y
enajenaciones, con el objeto de verificar el cumplimiento de la normatividad establecida al efecto;
-
Supervisar la instrumentación de medidas preventivas y correctivas, derivadas de las auditorías y
revisiones realizadas por la Contraloría del Poder Legislativo;
Informar periódicamente al Contralor del resultado de las auditorías y revisiones y sugerirle la
instrumentación de normas complementarias en materia de control;
-
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competerija.
Departamento de Análisis del Egreso
Objetivo:
Analizar y evaluar que el ejercicio del presupuesto asignado sea ejercido con eficiencia, eficacia y con
base al marco legal, dando cumplimiento a los planes y programas establecidos.
Funciones:
-
Planear, organizar, coordinar y ejecutar el programa anual de auditorías financieras,
presupuestales y contables a las dependencias del Poder Legislativo;
Formular el programa anual de auditorías financieras, para someterlo a consideración de la
Dirección de Auditoría Interna;
-
Practicar las auditorías financieras contempladas en el programa anual de actividades, y las que
se generen a solicitud expresa de las dependencias del Poder Legislativo;
-
Emitir recomendaciones de carácter preventivo y correctivo, derivadas de las auditorías,
evaluaciones y/o supervisiones realizadas a las dependencias, con la finalidad de reforzar o
establecer los controles que eviten irregularidades en el manejo y aplicación de los recursos
públicos;
Constatar el cumplimiento de los lineamientos y criterios que, con relación al gasto, se
establezcan;
Página •
GAC
E
TA
C-,F
G0 EL 1 le Ft INUCP
14 de noviembre de 2014
Efe• uar compulsas, para comprobar que la adquisición de bienes y contratación de servicios, se
apee ue a la normatividad existente;
Inte
r, custodiar y operar los registros y archivos que se concentren en los expedientes de las
eval aciones y auditorías practicadas, sus resultados y el seguimiento documental que de ellas se
deri e, conforme al programa de trabajo;
-
Rev ar y analizar los informes de auditorías, para comprobar que se ajusten a la metodología
exis ente, formas y principios establecidos; que contengan los requisitos técnicos, jurídicos y
administrativos que los sustenten en validez y formalidad;
-
Sup rvisar y fiscalizar el correcto manejo del presupuesto de egresos del Poder Legislativo, con
rela ión a las partidas a ejercer, y opinar sobre variaciones, modificaciones o correcciones, así
como, recomendar que se apliquen las políticas y medidas administrativas y financieras
esta • lecidas para tal efecto;
-
Sup rvisar y evaluar el manejo del presupuesto, relativo al gasto corriente y de inversión del
Poder Legislativo, con el fin de determinar si su ejecución se llevó a cabo conforme a lo
programado, autorizado y a los criterios establecidos;
-
Motivar y fundamentar debidamente las observaciones contenidas en los informes de las
audi orlas financieras realizadas;
-
Sup rvisar y fiscalizar que los documentos, que soporten las erogaciones realizadas reúnan los
req isitos fiscales y administrativos establecidos;
Ana izar y aclarar can el área y/o dependencia auditada las observaciones que surjan, con la
final dad de asegurar la validez de las mismas, darlas como solventadas o modificarlas según el
caso;
-
For ular las cédulas informativas que muestren el estado de las auditorías practicadas, y
so eterlas a consideración de la Dirección, con el fin de que se tomen las medidas que procedan
par cada caso en particular, en el entendido de que se tendrá que vigilar su desahogo hasta su
con lusión;
-
Ma tener informada a la Dirección de Auditoría Interna, de los resultados que arrojen las
aud torías financieras;
-
Des rrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Depart mento de Control
Objetiv :
Realiza el seguimiento a las observaciones y recomendaciones derivadas de las auditorías
practicadas y efectuar acciones de supervisión a las actividades desarrolladas por las diferentes
unidad s administrativas del Poder Legislativo, así como mantener un sistema de información
oportun , veraz y suficiente, de las actividades de fiscalización, supervisión y control.
Funcio es:
-
Lle ar el seguimiento de las diversas acciones de control y fiscalización, desarrolladas por la
Co raloría;
I4 de noviembre de 2014
GACE
TA
Página 21
11)E t_ G
OBIERNO
-
Constatar la ejecución de las recomendaciones formuladas a las dependencias, órganos y
unidades administrativas que hayan sido auditadas o evaluadas;
Administrar los bancos de información de las diferentes acciones de fiscalización de la
Contraloría;
Administrar los indicadores de eficiencia, de las diferentes acciones de fiscalización de la
Contraloría;
-
Administrar los indicadores de gestión: administrativos, financieros, operativos y de servicios,
programáticos, así como presupuestarios, de las acciones de fiscalización y control realizados por
la Contraloría;
-
Sugerir las mejoras, que resulten de comparar los procesos y procedimientos actuales, con los
lineamientos y normatividad establecidos en materia contable, programática, presupuestal, así
como administrativa;
Determinar de manera conjunta con el área auditada la viabilidad de instrumentar las sugerencias
formuladas en el informe de la auditoría;
-
Realizar y dictaminar los fondos fijos revolventes del Poder Legislativo;
-
Coordinar la ejecución de evaluaciones para determinar el cumplimiento de los programas de
trabajo y en su caso, proponer medidas correctivas informando de los resultados al Director;
-
Supervisar las acciones de avances de los programas de trabajo de las unidades administrativas,
observando que se incluyan las sugerencias y recomendaciones que permitan evitar o corregir
desviaciones de los objetivos y metas programadas;
-
Efectuar acciones de supervisión a las actividades desarrolladas por las diferentes unidades
administrativas del Poder Legislativo;
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Departamento de Evaluación
Objetivo:
Verificar que las dependencias y unidades administrativas cumplan con la correcta aplicación de las
normas, políticas, procedimientos y disposiciones legales en el manejo y control de
sus recursos, con
apego a sus programas y procedimientos establecidos.
Funciones:
-
Formular el programa anual de auditorías administrativas y técnicas y, someterlo para su
aprobación al titular del área;
-
Planear, organizar y ejecutar el programa anual de auditorías administrativas y técnicas, así como
fortalecer el aspecto preventivo, que coadyuve a transparentar el actuar de las dependencias del
Poder Legislativo;
-
Planear, coordinar y ejecutar las auditorías, administrativas, que se practiquen en las diversas
dependencias del Poder Legislativo, conforme al programa anual y a los
objetivos previstos en
cada caso;
Página 42
1GAC ETA
14 de noviembre de 2014
L>EL G•=1
,
11311CR.NO
-
Inst mentar los métodos y procedimientos de control y evaluación, que en el ejercicio de las
audi orlas administrativas y técnicas se determinen necesarios; formulando sugerencias y
pro•uestas de mejoras en la funcionalidad del ente auditado;
-
For ular y sugerir normas, que coadyuven a regular el funcionamiento de los sistemas y
procedimientos de control interno, para eficientar la operatividad de las dependencias del Poder
Legi lativo;
-
Pro•oner y aplicar normas y criterios en materia de control y evaluación que deban observar las
dep a ndencias;
-
Intel rar los documentos y papeles de trabajo, que se generen como resultado de las evaluaciones
y au itorías practicadas, así como de su seguimiento respectivo;
-
Llevd r el seguimiento de las recomendaciones emitidas en las auditorías realizadas, hasta su
com leta solventación, con el soporte documental suficiente;
-
Pro over que las acciones de fiscalización se orienten a reforzar el aspecto preventivo y
apro echar las oportunidades de mejora;
Plan ar, organizar, ejecutar y coordinar las actividades de fiscalización en apego a las normas,
técni as y procedimientos de auditoría gubernamental;
-
Man ener un sistema de registro y control de las acciones de fiscalización, creando estadísticas e
indica dores de los resultados obtenidos, que permitan conocer la situación actual de las auditorías
iniciadas, en proceso, concluidas y su seguimiento respectivo; así como, de las aportaciones y
cont ibuciones relevantes en beneficio de la funcionalidad del ente auditado;
-
Real zar revisiones a la estructura de organización, funciones, procedimientos, sistemas de
trab 'o, normas administrativas para el uso eficiente de recursos y demás elementos
admi istrativos, a fin de verificar que la operatividad de las dependencias y unidades
admi istrativas se ajusten cabalmente a estos instrumentos;
-
Dete minar de manera conjunta con el área auditada la viabilidad de instrumentar las sugerencias
form ladas en el informe de auditoría;
-
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Direcci de Vinculación Municipal
Objetiv
Determi ar y operar los mecanismos de control para difundirlos en el ámbito estatal y en los
municipi s, la información relacionada a las funciones y actividades de la Contraloría, así como el
apoyo a as administraciones municipales en cuanto a su desempeño y prevención en el manejo de la
haciend pública municipal.
Funciones:
-
Adm nistrar un banco de datos y un centro de información, que apoye a las dependencias del
Pod r Legislativo en el desarrollo de estudios, dictámenes e investigaciones, en materia de
admi istración pública municipal;
-
Real ar estudios en materia de control y evaluación, vigilancia y combate a la corrupción, que
per ita mejorar los sistemas de control interno y de desempeño en los municipios;
14 de noviembre de 2014
G
ACETA
1 1 1 G C:2 B1E FINO
Página 23
Auxiliar, preferentemente con base en algún convenio de colaboración con los ayuntamientos,
en la evaluación del marco normativo, financiero y programático de los Planes de Desarrollo
Municipal, y su congruencia con el presupuesto por programas respectivo;
Proponer y difundir acciones que coadyuven a la modernización, desarrollo administrativo y
capacitación en el ámbito municipal;
-
Establecer coordinación con otras unidades administrativas del Poder Legislativo, para proponer
acciones que mejoren y desarrollen la gestión de la Contraloría, así como de las dependencias
del Poder Legislativo;
-
Brindar capacitación y asesoría, a través de conferencias, cursos y talleres, sobre la gestión
municipal, a los servidores públicos del ámbito municipal, preferentemente, previa coordinación
de colaboración que se haya establecido con los ayuntamientos respectivos;
Elaborar y proponer al Contralor del Poder Legislativo el programa anual de conferencias;
-
Coordinar la propuesta, corrección y edición de la Revista Rc et Ratio de la Contraloría del Poder
Legislativo;
Difundir la información derivada de la organización de conferencias y edición de la Rc et Ratio;
Resguardar y administrar documentos de origen municipal que sean turnados a la Contraloría,
así como operar una base de datos bibliográficos, debidamente clasificada, utilizando el sistema
de clasificación decimal Dewey abreviada, edición 14;
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Departamento de Vinculación Municipal
Objetivo:
Realizar el análisis y evaluación técnico-normativo en materia de planeación del desarrollo municipal,
así como de su ejercicio financiero-programático.
Funciones:
-
Elaborar y someter a consideración del Director de Vinculación Municipal el programa anual de
actividades;
Informar de manera trimestral y anual al titular de la Dirección de Vinculación Municipal de los
asuntos y actividades que se hayan realizado;
Revisar que los Planes de Desarrollo Municipal, cumplan con los requisitos mínimos de
formulación establecidos en la Ley;
Elaborar a petición expresa de los municipios, el análisis del ejercicio financiero-programático de
éstos;
Realizar en apoyo a los municipios del Estado de México el diseño de programas y documentos
en materia de planeación municipal y análisis financiero-programático;
Impartir asesorías, talleres de trabajo y brindar apoyo técnico preventivo a los servidores públicos
de las administraciones municipales, dichas actividades se realizarán a petición expresa de las
mismas, en coordinación con otras unidades administrativas de la Contraloría;
Página
GACETA
:)EL
GCSIESNIERINIC
14 de noviembre de 2014
-
Re itir los informes de resultados, derivados de las revisiones de los Planes de Desarrollo
Mu icipal y, en su caso, el análisis del ejercicio financiero-programático, a los Presidentes
Mu icipales, correspondientes;
-
Des: rrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Depart mento de Estructura Orgánica y Salarial
Objetiv
Elabor
e
r estudios y análisis de las estructuras orgánicas municipales, y su costo; así como de la
gestión municipal.
Fundo es:
-
Est blecer coordinación con los contralores municipales, a efecto de obtener la información
ne. esaria que permita ejecutar el programa "Análisis del Costo y de la Estructura Orgánica
Mu icipal";
-
Re. lizar y/o gestionar los estudios e investigaciones que soliciten las administraciones
mu icipales con mayor frecuencia, para el mejor desempeño de sus funciones;
-
I nf rmar a la Dirección y a las administraciones municipales los resultados obtenidos de los
an
o
lisis y estudios realizados;
-
Ma
i
tener actualizadas las bases de datos, que se originen del procesamiento de la información
en iada por las administraciones municipales;
-
D arrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Depart
e
mento de Capacitación y Asesoría Intermunicipal.
Objetiv
Propor ionar a los servidores públicos municipales del Estado de México, capacitación, asistencia
técnica y asesoría en materia de control interno y normatividad
gubernamental, preferentemente
previo cuerdo de colaboración con estos.
Fundo es:
- Pla ear, programar, ejecutar, dirigir, controlar y evaluar las actividades inherentes al programa
anual de actividades;
14 de noviembre de 2014
G A 4C ETA
1> 1 1 G 0 EZS 1 1E Ft 1.41 O
Página 25
-
Elaborar y someter a consideración de la Dirección de Vinculación Municipal el programa anual de
actividades;
Informar trimestralmente los asuntos y actividades que se hayan desarrollado al titular de la
Dirección de Vinculación Municipal, sometiendo a consideración del mismo la situación que
guardan los asuntos de su competencia;
Establecer relaciones de coordinación con los contralores municipales de los ayuntamientos, para
dar seguimiento a los Convenios de Colaboración Municipal, que en su caso, hayan sido suscritos
para tal efecto;
-
Implementar los sistemas, procedimientos e instrumentos para la vinculación municipal, que
fortalezcan el desarrollo de los municipios;
-
Impulsar el fortalecimiento de los sistemas de control y evaluación de la gestión pública de la
administración municipal;
-
Instrumentar acciones y formular propuestas que coadyuven al desempeño eficaz y eficiente de la
gestión y desarrollo de los municipios;
-
Planear, organizar y ejecutar el programa anual de actividades, coordinados con las contralorías
municipales;
-
Coordinar acciones con las áreas correspondientes de la Contraloría, para proporcionar a los
ayuntamientos asistencia técnica en materia de control, evaluación, y difusión de la aplicación
adecuada del marco normativo;
-
Proporcionar, con base al programa o bien cuando sea solicitado, asesoría técnica en el ámbito
de su competencia, a las administraciones municipales;
Proponer, promover y realizar cursos, seminarios y talleres de capacitación para los servidores
públicos municipales;
-
Establecer relaciones de coordinación con las diferentes dependencias de la administración
pública del estado y federal, para la impartición de cursos a los servidores públicos municipales;
Participar en la implementación de programas de modernización y fortalecimiento de la
administración pública, en coordinación con los municipios;
-
Promover la capacitación y profesionalización de los servidores públicos municipales del Estado
de México, en materia de control y evaluación, así como la adecuada observancia y aplicabilidad
de la normatividad vigente;
-
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
Secretaría Técnica
Objetivo:
Auxiliar al Contralor en la supervisión, seguimiento y ejecución de los acuerdos establecidos con las
distintas Unidades Administrativas que integran la Contraloría. Recibir y revisar la documentación que
Página
GAC ETA
DEL G GO BO E
Ft N O
14 de noviembre de 2014
firma el Contralor; preparar los informes de actividades y cumplir en materia de Transparencia.
Funcio es:
-
Con ocar a directivos y/o personal a reunión por instrucción del Contralor;
-
Regi trar los acuerdos establecidos en las reuniones que celebre el Contralor;
-
Dar • eguimiento a los acuerdos hasta su ejecución;
-
Aten ser las audiencias del Contralor en caso de ausencia;
-
Red sir, para revisión los expedientes y acuerdos que firmará el Contralor, de igual manera los
docu entos de trámite;
-
Llev- r un sistema de control, que permita conocer el origen y destino de los expedientes, acuerdos
y do• umentos diversos, que llegan a la oficina del Contralor para recabar su firma;
-
Esta lecer coordinación permanente con las áreas que integran la Contraloría para atender
requ rimientos recíprocos en sus funciones;
-
Con entrar, integrar y presentar el avance trimestral de metas de la Contraloría;
-
Coor•inarse con las unidades administrativas en la integración del informe anual de actividades;
-
Turn r a la dirección o unidad administrativa, previa revisión, los asuntos de su competencia;
-
Dar eguimiento a las solicitudes de información que ingresen a la Contraloría a través del Sistema
de A• ceso a la Información Mexiquense (SAIMEX);
-
Aten o er las peticiones de las diferentes áreas de la dependencia, para subir o actualizar
infor ación en la página Web de la Contraloría;
-
Solio tar a la Dirección de Informática del Poder Legislativo, apoyo para actualizar el sitio Web de
la C• traloría;
-
Mant ner actualizada la página de Transparencia y el sitio Web de Información Pública de Oficio
Mexi uense (IPOMEX) de la Contraloría;
- Des rrollar las demás funciones encomendadas por el Contralor, inherentes al área de su
com • etencia.
Coordi ación Administrativa
Objetiv :
Planear, organizar, coordinar, promover y controlar el aprovisionamiento y aprovechamiento oportuno
de los ecursos humanos, materiales y financieros que requieran las áreas que integran la
Contra) ría, para el óptimo desarrollo de sus funciones.
14 de noviembre de 2014
GACETA
Página 27
I I GOB II E IFI
cn.
Funciones:
Mantener coordinación y comunicación permanente con las áreas de la Secretaría de
Administración y Finanzas con el fin de conocer las normas, políticas y lineamientos a que deben
sujetarse las gestiones de esta Coordinación;
-
Coordinar la programación de las actividades de requisición, almacenamiento y abastecimiento de
mobiliario, equipo de oficina y de cómputo, enseres, materiales y papelería, así como la atención
de servicios generales que requieran las áreas que integran la Contraloría;
-
Integrar el proyecto de presupuesto anual de egresos de la Contraloría;
-
Ejecutar, registrar y controlar el presupuesto ejercido y autorizado;
-
Recabar, concentrar e integrar la información correspondiente al avance físico trimestral y anual
de la Coordinación Administrativa;
Mantener informado al Contralor sobre el ejercicio del presupuesto autorizado, y atender los
requerimientos de información en el ejercicio presupuestal, y financiera que le sea solicitada;
-
Supervisar las acciones relativas al registro, mantenimiento y conservación de los inmuebles de
esta Contraloría y sus delegaciones, así como de los bienes muebles y equipo asignados a cada
una de las áreas que conforman a la Contraloría;
-
Realizar levantamientos de inventarios físicos de los bienes muebles asignados a la Contraloría y
solicitar al Departamento de Bienes Muebles la actualización correspondiente;
-
Efectuar los movimientos de altas, bajas y cambios de mobiliario a petición del usuario o por
necesidades de la Contraloría, así como solicitar al Departamento de Bienes Muebles un reporte
de su actualización;
-
Gestionar y coordinar los servicios generales, de logística y de apoyo en actos y eventos de esta
Contraloría;
-
Gestionar los trámites administrativos de altas, bajas, cambios, permisos, licencias y demás
incidencias del personal adscrito a la Contraloría del Poder Legislativo;
Orientar y coordinar la observancia de las disposiciones laborales y de las condiciones generales
de trabajo al personal de esta Contraloría;
-
Mantener actualizada la plantilla de personal que labora en la Contraloría, con objeto de facilitar el
registro interno de los movimientos de personal;
-
Administrar el Fondo Fijo de Caja para realizar compras menores y el pago de viáticos al
personal de la Contraloría del Poder Legislativo;
-
Administrar la Oficialía de Partes de la Contraloría;
-
Vigilar que se reciba, registre y entregue al área correspondiente, la documentación dirigida a la
Contraloría;
-
Notificar documentos oficiales a las dependencias Gubernamentales, Ayuntamientos y
particulares;
TAC
ETA
14 de noviembre de 2014
Página
CDEL G
06 I E Ft N
O
-
Rev sar los buzones del sistema de Quejas y Denuncias, instalados en los 125 ayuntamientos del
Est do de México, así como en las dependencias del Poder Legislativo;
-
Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
IX. HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS
ACTL
FECHA
DE
ALIZACIÓN
REFERENCIA
OBSERVACIONES
01-11-2006
Manuales de
Organización de fecha
28-02/2003
E0
(Emisión Original)
El presente Manual de Organización se elaboró con
base en la publicación del Reglamento Interno de la
Contraloría
del
Poder
Legislativo
del
Estado
de
México, publicado en Gaceta del Gobierno, de fecha
21 de junio de 2006.
03/Noviembre/2014
Oficio de referencia
CPU6890/2014 de
fecha 17 de Octubre
del 2014
Al
(Actualización 1).
El manual se revisó de manera general actualizando
las fechas y modificando el contenido de algunos
objetivos y funciones de las diferentes unidades
administrativas, así como el cambio de nombre del
Departamento de Convenios de Colaboración por el
de: Departamento de Capacitación y Asesoría
Intermunicipal.
X. HOJA DE VALIDACIÓN
ELABORÓ
VALIDÓ
.N.I.
Ilse Matzalen Velázquez Colín
Dr. Victorino Barrios Dávalos
RDINACIÓN DE NORMATIVIDAD Y
CONTRALORÍA
ESARROLLO ADMINISTRATIVO
(RÚBRICA).
(RÚBRICA).
Lic. Daniel Reyes Valencia
M. en E. Francisco Robles Badillo
CIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL
DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDADES
(RÚBRICA).
ADMINISTRATIVAS
(RÚBRICA).
Lic. Ulises Torres Hernández
ECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA
M. en AP. y PP Alejandro Lujano Valenzuela
(RÚBRICA).
DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN MUNICIPAL
(RÚBRICA).
L.
CO
DIRE
DI
Lic. cría Teresa de Jesús Cruz Camarena
Lic. Esiquio López Trevilla
SECRETARÍA TÉCNICA
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
(RÚBRICA).
(RÚBRICA).
XI. ANEXOS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR