Acuerdo por el que se Establece el Manual de Procedimientos para la Acreditación del Bachillerato Modalidad Mixta con Opción de Estudios Flexible.

Adolfo Mota Hernández, Secretario de Educación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento en los artículos 1, 4, 9 fracción IV, 10,12 fracción III, 21 y 22 fracción I, X y XXXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 12, 13 fracción X, 14 fracción V y XIV, 23 fracción II y 24 de la Ley de Educación para el Estado; 1, 7 inciso B), fracciones I, VII y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación de Veracruz; y

C O N S I D E R A N D O

Que el Plan Veracruzano de Desarrollo 20112016, en el capítulo tercero, referente a "Construir el Presente: Un mejor futuro para todos" Apartado III. 4 "Educación de calidad: clave de la prosperidad", establece entre sus objetivos III. 4.2, i. Brindar educación de calidad en todos los niveles y modalidades atendiendo las necesidades de los veracruzanos; ii. Mejorar el desempeño escolar en todos los niveles y modalidades educativas.

Que el Plan Veracruzano de Desarrollo 20112016, entre sus Estrategias III.4.3 propone: Aprovechar las oportunidades de ingreso, reingreso y permanencia en los niveles de educación media superior y superior. Atender de forma focalizada a los alumnos con menor rendimiento. Disminuir los índices de reprobación. Aplicar medidas institucionales para paliar el efecto de la vulnerabilidad social en el desempeño escolar.

Que el Plan Veracruzano de Desarrollo 20112016, entre sus Acciones III.4.4 considera: Ampliar la oferta educativa en el nivel de bachillerato en las zonas donde existe demanda real para cumplir con el decreto de la obligatoriedad del bachillerato. Promover un modelo de gestión escolar enfocado al logro educativo. Reformar el marco normativo y procedimental para que responda con mayor pertinencia, eficacia y calidad a la dinámica y requerimientos de la administración pública moderna. Rediseñar los trámites que sean susceptibles de simplificar, modernizar y desconcentrar. Innovar procesos administrativos para hacer más ágil, eficiente y transparente la administración de los recursos humanos, financieros, materiales y el acceso a la información.

Expuesto lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO SEV/DJ/41/2013

POR EL QUE SE ESTABLECE EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN DEL BACHILLERATO MODALIDAD MIXTA CON OPCIÓN DE ESTUDIOS FLEXIBLE

  1. DISPOSICIONES GENERALES

    1.1 El presente Manual tiene por objeto regular el control escolar de los Bachilleratos de la Modalidad Mixta con Opción de Estudios Flexible, Oficiales de sostenimiento Estatal y Particulares Incorporados a la Secretaría de Educación de Veracruz, que normativamente dependen de la Dirección General de Bachillerato de la propia Secretaría.

    1.2 Para efectos del presente Manual, se entenderá por:

    ACADEMIA: Cuerpo Colegiado integrado por docentes, conformada por campo disciplinar o asignaturas, en cuyos acuerdos se proponen estrategias que favorezcan los procesos de enseñanza, aprendizaje y evaluación; su finalidad será, analizar, evaluar y retroalimentar el proceso educativo, para dar sentido y rumbo a las competencias (actitudes, conocimientos y habilidades), derivadas de la estructuración y desarrollo de un curriculum.

    ACREDITAR: Reconocer estudios aprobados, de forma total o parcial.

    ADEUDO DE ASIGNATURA(S): Cuando el alumno tiene reprobada(s) asignatura(s) o cuando no la(s) cursó y por consiguiente no la(s) aprobó.

    ALUMNO: Persona física oficialmente inscrita en el Bachillerato, de conformidad con los requisitos establecidos en el presente Manual.

    BAJA: Procedimiento por medio del cual, al alumno se le cancela la escolaridad ya sea del semestre o módulo en curso o de los cursados (según corresponda); ésta puede ser a petición de parte o automática; a solicitud del alumno cuando es mayor de edad o del padre o tutor cuando es menor.

    BELVER: Bachillerato en Línea de Veracruz. Depende de la Secretaría de Educación de Veracruz.

    CICLO ESCOLAR: Periodo que se conforma de dos semestres, integrados por módulos de una o dos asignaturas, que inicia y concluye de conformidad con el calendario oficial autorizado por la Secretaría de Educación de Veracruz.

    DGB: Dirección General de Bachillerato de la Secretaría de Educación de Veracruz.

    DGTBA: Dirección General de Telebachillerato de la Secretaría de Educación de Veracruz

    EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS: Acto Administrativo a través del cual la autoridad educativa declara equiparables entre sí, estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional.

    EVIDENCIAS: Actividades, productos o construcciones de los alumnos relacionadas con la(s) competencia(s) presente(s) en la planeación, que permiten discernir sobre el nivel del logro del desempeño.

    INEE: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

    INFORME DE CALIFICACIONES: Formato establecido por la UPECE en el que se registran las calificaciones finales obtenidas por los alumnos en cada asignatura, para efectos de acreditación. Dicho registro también debe efectuarse en el SICOBAM.

    INSCRIPCIÓN: Proceso mediante el cual se registra el ingreso del aspirante como alumno a un determinado semestre, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Manual.

    MATRÍCULA: Formato establecido por la UPECE, en el que se registra a los alumnos que han quedado formalmente inscritos al semestre correspondiente, de conformidad con los requisitos establecidos en el presente Manual. Para efectos del presente Manual, también podrá emplearse el término matriculado para aludir al alumno que esté inscrito.

    MÓDULO: Conjunto de asignaturas del plan de estudios en las que se divide el semestre. El semestre se conforma de cuatro módulos y cada uno, de una o dos asignaturas: Su duración es de 5 semanas y, para efectos del presente Manual, los módulos se identifican de la siguiente manera: 1er módulo, 2° módulo, 3er módulo y 4° módulo respectivamente.

    OPCIÓN DE ESTUDIOS FLEXIBLE: Forma de cursar y acreditar el bachillerato de la modalidad mixta, por semestres conformados por módulos, con la posibilidad de adelantar asignaturas por curso o acreditarlas por competencias. Se integra con las mismas asignaturas por semestre que el plan de estudios de la modalidad mixta con opción de estudios rígida, con la característica distintiva del avance de hasta 4 asignaturas por semestre.

    OPCIÓN DE ESTUDIOS RÍGIDA: Forma de cursar y acreditar el bachillerato de la modalidad mixta, en 6 semestres, acreditando sólo 7 asignaturas como

    máximo por semestre. En materia de Control Escolar, se rige por el Manual de Procedimientos para la Acreditación para el Bachillerato, publicado en la Gaceta Oficial Núm. Ext. 304 de fecha 6 de septiembre de 2012, en el apartado correspondiente a la Modalidad Mixta.

    PERSONAL DIRECTIVO: El Director y el Secretario (Subdirector) del plantel.

    PLANTEL: Escuela de Bachilleres Oficial de sostenimiento Estatal o Particular Incorporada a la SEV que ha sido autorizada para impartir estudios conforme a la opción a que se refiere el presente Manual.

    PROFORDEMS: Programa de Formación Docente de Educación Media Superior.

    PROMOCIÓN: Previo cumplimiento de las condiciones señaladas en el presente Manual, consiste en la facultad para inscribirse al semestre inmediato superior. Tratándose de módulos, consiste en avanzar al siguiente del mismo semestre.

    RECURSAR: Repetir el curso de una asignatura. Para efectos del presente Manual, se podrá utilizar el término recursar o repetir indistintamente.

    REINSCRIPCIÓN: Previa inscripción al semestre correspondiente, consiste en incluir al alumno del mismo plantel, en los módulos subsecuentes (2° a 4°) del semestre en curso, de forma automática para el regular y, a solicitud, para los alumnos irregulares, repetidores y avanzados.

    REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS: Acto administrativo a través del cual, la autoridad educativa otorga validez oficial a los estudios realizados fuera del Sistema Educativo Nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho Sistema.

    SEMESTRE: Uno de dos periodos en los que se divide el ciclo escolar. Para efectos del presente Manual, los semestres se identifican con números romanos (I primero, II segundo, III tercero, IV cuarto, V quinto y VI sexto).

    SEV: Secretaría de Educación de Veracruz.

    SICOBAM: Sistema de Control de Bachillerato por Módulos, establecido por la SEV, mediante el cual los trámites de control escolar de los alumnos son registrados de manera electrónica en la plataforma oficial, para efectos de consulta y acreditación.

    UAC: Unidad de Aprendizaje Curricular. Curso de aprendizaje que forma parte de la estructura del plan de estudios (asignatura). Para efectos del

    presente Manual se podrán utilizar indistintamente los términos Asignatura o UAC.

    UPECE: Unidad de Planeación Evaluación y Control Educativo de la Secretaría de Educación de Veracruz.

    De esta Unidad depende la Subdirección de Administración Escolar que se conforma de la Oficina de Control Escolar de Educación Media Superior y el Departamento de Revalidación y Equivalencia de Estudios, a los que se hace referencia en el presente Manual.

    1.3 El presente Manual es de conocimiento y observancia obligatoria para todos los alumnos inscritos formalmente en un plantel oficial de sostenimiento estatal o particular incorporado de la Modalidad Mixta con Opción de Estudios Flexible, así como de las autoridades y personal de las instancias educativas competentes de su aplicación.

    1.4 Los planteles Oficiales de sostenimiento Estatal o Particulares Incorporados a la SEV de la Modalidad Mixta que brindan el servicio educativo con Opción de Estudios Rígida y deseen ampliar el servicio para poder impartir estudios correspondientes a la Opción de Estudios Flexible, tienen que solicitar por escrito autorización a la Dirección General de Bachillerato, debiendo cubrir para ello los siguientes requisitos:

    1.4.1 Planteles Oficiales de sostenimiento Estatal

    1. Contar con personal docente que disponga de horas de descarga...

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