Acuerdo por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Fecha de disposición | 27 Junio 2011 |
Fecha de publicación | 27 Junio 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones VI, VIII y XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 1 y 6, fracciones I y XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta la opinión de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo Federal instruyó a la Secretaría de la Función Pública para emitir, por sí o con la participación de las dependencias competentes, disposiciones, políticas o estrategias, acciones o criterios de carácter general y procedimientos uniformes para la Administración Pública Federal y, en lo conducente, para la Procuraduría General de la República en materia de auditoría; adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; control interno; obra pública y servicios relacionados con las mismas; recursos humanos; recursos materiales; recursos financieros; tecnologías de la información y comunicaciones, y de transparencia y rendición de cuentas, y que las dependencias y entidades así como la citada Procuraduría procedan a dejar sin efectos todas aquellas disposiciones, lineamientos, oficios circulares, procedimientos y demás instrumentos normativos emitidos al interior de sus instituciones, en esas materias;
Que en este contexto, el 9 de agosto de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de establecer los procesos y directrices que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República deben de observar de manera obligatoria para reducir y simplificar la regulación administrativa en la materia, con la finalidad de aprovechar y aplicar de manera eficiente los recursos con que cuentan dichas instituciones, sin perjuicio de que las dependencias y entidades realicen otras acciones complementarias que, en términos de las disposiciones aplicables en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, sean inherentes a los procesos o subprocesos de que se trate;
Que el artículo noveno del Acuerdo a que hace referencia el considerando anterior, establece que los procesos y directrices contenidos en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas deberán revisarse, cuando menos una vez al año, por la Secretaría de la Función Pública, a través de las unidades administrativas competentes, para efectos de su actualización, por lo que se procedió a revisar los diferentes procesos y directrices contenidos en el Manual;
Que asimismo y con motivo de la implementación en la Administración Pública Federal del Manual a que alude el párrafo anterior, se ha observado que resulta conveniente precisar algunos aspectos contenidos en el mismo para su mejor aplicación, y
Que en este sentido, las modificaciones que se contempla realizar al referido Manual mediante el presente Acuerdo, obedecen principalmente a la reciente expedición o abrogación de disposiciones normativas, así como a la necesidad de puntualizar ciertos aspectos o definiciones que permitirán la adecuada interpretación de los procesos y directrices por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, lo que contribuirá a un mejor aprovechamiento de los recursos con los que cuentan, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Se REFORMAN los numerales 1. DEFINICIONES Y TERMINOS en la definición de Acta; 2.2 en su quinto elemento de la segunda viñeta y en su tercera viñeta; 4.2.1.2 en la denominación del apartado de Formatos e instructivos de documentación soporte y en su último párrafo; 4.2.1.3 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte, en su única viñeta y en su último párrafo; 4.2.1.5 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en el último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.2.1 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en la cuarta viñeta y último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.2.2 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en la cuarta viñeta y último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.2.4 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte y en su último párrafo; 4.3.6 en la denominación del apartado Formatos e instructivos de documentación soporte, en el segundo párrafo de su primera viñeta y en su último párrafo del apartado Aspectos generales a considerar; 4.3.6.3 en las actividades 6, 7 y 11 y en la Normatividad aplicable de la actividad 12 del apartado de Descripción; 4.4.3 en la actividad 4 del apartado de Descripción; 4.8.3 en la actividad 5 del apartado de Descripción; se ADICIONAN los numerales 2.2 en su segunda viñeta con un sexto elemento, recorriéndose el actual sexto para pasar a ser el séptimo elemento, y con una cuarta viñeta, recorriéndose la actual cuarta para pasar a ser la quinta viñeta; 3. MARCO JURIDICO en su apartado de Acuerdos con una séptima y una octava viñetas; con un apartado de Reglas y un apartado de Disposiciones Normativas; 4.2 con un segundo párrafo; 4.2.1.2 en su apartado Aspectos generales a considerar, con una primera viñeta, recorriéndose las actuales primera a tercera para pasar a ser segunda a cuarta; 4.2.3 con una cuarta viñeta del apartado Aspectos generales a considerar; 4.4 con un apartado Aspectos generales a considerar, y se DEROGAN en el numeral 3. MARCO JURIDICO, la segunda, tercera y cuarta viñetas del apartado de Acuerdos, del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:
"1. DEFINICIONES Y TERMINOS
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CONCEPTO | DEFINICION / SIGNIFICADO |
Acta: | El documento en el que se hace constar la reseña detallada de un evento, así como de las consideraciones y acuerdos adoptados en una reunión, asamblea, junta, consejo o corporación que tiene valor legal una vez que ha sido aprobada y, en su caso, firmada por todas las personas que intervienen; derivado de ello, este documento tiene fuerza obligatoria sobre los acuerdos en ella contenidos. |
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1.1 Siglas utilizadas en el Manual ...
2. | OBJETIVOS |
2.1 | General: ... |
2.2 | Específicos: |
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a 5. ...
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√ Diagrama de flujo.
√ Formatos de documentación soporte, en su caso, que resulten de aplicación obligatoria acorde al presente Manual, y
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- La identificación de las áreas encargadas de las diversas actividades, en el nivel de generalidad que corresponde al Manual, es consistente con lo establecido en la Ley y su Reglamento, así como en los Lineamientos Generales para la expedición de políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, emitidos mediante el Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2010, por lo que conforme a lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 1 de la Ley, las dependencias y entidades habrán de atender, de manera particular, lo...
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