Reglamento de Manejo Integral de Residuos Sólidos Urbanos para el Municipio de Jalpan de Serra, Qro.

1 de abril de 2011 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3363
IX. Realizar en forma sistemática el análisis cuantitativo y cualitativo de la información difundida por la
Comisión en los medios de comunicación;
X. Llevar el control de la agenda de las entrevistas que se generen para los Comisionados y demás
funcionarios de la Comisión, así como grabar y dar seguimiento a sus intervenciones;
XI. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales y reglamentarios aplicables o aquellas que
determine el Comisionado.
Capítulo VIII
De la Coordinación de Relaciones Institucionales
Artículo 29. Son atribuciones de la Coordinación de Relaciones Institucionales:
I. Coadyuvar en las tareas de comunicación y vinculación entre la Comisión y los entes públicos, a fin
de que se establezca y mantenga la debida relación institucional ordenada en la Ley;
II. Promover actividades de vinculación con los entes obligados y otras instituciones públicas y
privadas;
III. Coadyuvar en la organización de foros, seminarios, talleres y otros eventos que difundan el acceso
a la información pública y la rendición de cuentas, así como la protección de los datos personales, y
dar a conocer a la Comisión, a los entes obligados y a la sociedad en general la realización de otros
eventos similares a nivel nacional e internacional;
IV. Elaborar y mantener actualizado el directorio oficial de los entes obligados, incluyendo los
responsables de las Unidades de Acceso de cada uno de ellos;
V. Elaborar y mantener actualizado un directorio completo de los organismos públicos en materia de
transparencia y acceso a la información pública, tanto federal como estatales, así como de los
organismos y asociaciones académicas y privadas que promuevan la cultura y los derechos en
estas materias;
VI. Administrar la Agenda del Comisionado y en su caso vincularla con la Agenda Institucional en
coordinación con el Secretario Ejecutivo;
VII. Desempeñar las funciones de Órgano Interno de Control de la Comisión y sustanciar los
procedimientos que se generen con motivo de las quejas, denuncias y felicitaciones interpuestas
por la ciudadanía por el desempeño de los funcionarios de la Comisión;
VIII. Recibir quejas y denuncias de los ciudadanos por el incumplimiento de las obligaciones de los
servidores públicos de la Comisión, darles seguimiento y resolver lo conducente en los términos de
la legislación y normatividad aplicable;
IX. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales y reglamentarios aplicables o aquellas que
determine el Comisionado.
Capítulo IX
De la Coordinación de Administración
Artículo 30. Son atribuciones de la Coordinación de Administración:

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