Modificación al Título de Concesión otorgado en favor de Promotora Majahua, S.A. de C.V., para el uso y aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación consistentes en zona marítima para construir, operar y explotar una marina de uso particular, denominada Porto Real, ubicada en Playa Majahua, Puerto Marqués, Municipio de Acapulco...

Fecha de disposición25 Julio 2007
Fecha de publicación25 Julio 2007
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Modificación al Título de Concesión otorgado en favor de Promotora Majahua, S.A. de C.V., para el uso y aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación consistentes en zona marítima para construir, operar y explotar una marina de uso particular, denominada Porto Real, ubicada en Playa Majahua, Puerto Marqués, Municipio de Acapulco, Gro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

MODIFICACION AL TITULO DE CONCESION QUE OTORGA EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, DR. LUIS TELLEZ KUENZLER, A FAVOR DE PROMOTORA MAJAHUA, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL ING. PAUL A. RANGEL MERKLEY, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARIA" Y "LA CONCESIONARIA", RESPECTIVAMENTE, PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO DE LA FEDERACION CONSISTENTES EN ZONA MARITIMA PARA CONSTRUIR, OPERAR Y EXPLOTAR UNA MARINA DE USO PARTICULAR, DENOMINADA PORTO REAL, UBICADA EN PLAYA MAJAHUA, PUERTO MARQUES, MUNICIPIO DE ACAPULCO, ESTADO DE GUERRERO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Concesión. El día 24 de enero de 1996, el Ejecutivo Federal por conducto de La Secretaría, otorgó a favor de La Concesionaria, un Título de Concesión con vigencia de veinte años contados a partir de la fecha de otorgamiento, para el uso y aprovechamiento de una superficie de 71,086.00 m2 de zona federal marítima para destinarla a la operación de la marina y, 4,860.00 m2 de zona federal marítima para muelles, plataformas y rampas ubicados en Playa Majahua, Puerto Marqués, Acapulco, Guerrero, para construir, operar y explotar una marina de uso particular para miembros de la misma denominada Porto Real, en la inteligencia de que los derechos de uso y aprovechamiento de la zona federal marítima para la operación de la marina no se otorgan en exclusividad a favor de La Concesionaria, salvo las áreas de atraque, documento que se agrega como anexo uno.

II. Obras e inversión señaladas en la Concesión. La Concesionaria se obligó a realizar las obras e inversión que se señalan en la condición tercera de la Concesión a que se alude en el antecedente I cuyo texto es el siguiente:

"TERCERA.- Obras e inversión. La Concesionaria podrá demoler el muelle que se localiza dentro del área concesionada una vez que se entregue a satisfacción de La Secretaría el muelle que lo sustituya y se obliga a realizar las siguientes construcciones:

a) Una marina de uso particular con capacidad de 112 embarcaciones;

b) Un atracadero para cuatro megayates;

c) Obras de abrigo y protección, y

d) Un muelle de uso público que sustituya al que se localiza dentro del área concesionada. Dicho muelle deberá construirse en el lugar y con las especificaciones que le señale La Secretaría las cuales deberán ser similares a las del muelle actual, en un plazo no mayor de ocho meses contados a partir de la fecha de otorgamiento del presente título.

La Concesionaria entregará el proyecto ejecutivo del muelle, previo estudio general de...

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