Modificación al Título de Concesión otorgado en favor de Promotora Majahua, S.A. de C.V., para el uso y aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación consistentes en zona marítima para construir, operar y explotar una marina de uso particular, denominada Porto Real, ubicada en Playa Majahua, Puerto Marqués, Municipio de Acapulco...
Fecha de disposición | 25 Julio 2007 |
Fecha de publicación | 25 Julio 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Modificación al Título de Concesión otorgado en favor de Promotora Majahua, S.A. de C.V., para el uso y aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación consistentes en zona marítima para construir, operar y explotar una marina de uso particular, denominada Porto Real, ubicada en Playa Majahua, Puerto Marqués, Municipio de Acapulco, Gro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
MODIFICACION AL TITULO DE CONCESION QUE OTORGA EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, DR. LUIS TELLEZ KUENZLER, A FAVOR DE PROMOTORA MAJAHUA, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL ING. PAUL A. RANGEL MERKLEY, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARIA" Y "LA CONCESIONARIA", RESPECTIVAMENTE, PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO DE LA FEDERACION CONSISTENTES EN ZONA MARITIMA PARA CONSTRUIR, OPERAR Y EXPLOTAR UNA MARINA DE USO PARTICULAR, DENOMINADA PORTO REAL, UBICADA EN PLAYA MAJAHUA, PUERTO MARQUES, MUNICIPIO DE ACAPULCO, ESTADO DE GUERRERO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Concesión. El día 24 de enero de 1996, el Ejecutivo Federal por conducto de La Secretaría, otorgó a favor de La Concesionaria, un Título de Concesión con vigencia de veinte años contados a partir de la fecha de otorgamiento, para el uso y aprovechamiento de una superficie de 71,086.00 m2 de zona federal marítima para destinarla a la operación de la marina y, 4,860.00 m2 de zona federal marítima para muelles, plataformas y rampas ubicados en Playa Majahua, Puerto Marqués, Acapulco, Guerrero, para construir, operar y explotar una marina de uso particular para miembros de la misma denominada Porto Real, en la inteligencia de que los derechos de uso y aprovechamiento de la zona federal marítima para la operación de la marina no se otorgan en exclusividad a favor de La Concesionaria, salvo las áreas de atraque, documento que se agrega como anexo uno.
II. Obras e inversión señaladas en la Concesión. La Concesionaria se obligó a realizar las obras e inversión que se señalan en la condición tercera de la Concesión a que se alude en el antecedente I cuyo texto es el siguiente:
"TERCERA.- Obras e inversión. La Concesionaria podrá demoler el muelle que se localiza dentro del área concesionada una vez que se entregue a satisfacción de La Secretaría el muelle que lo sustituya y se obliga a realizar las siguientes construcciones:
a) Una marina de uso particular con capacidad de 112 embarcaciones;
b) Un atracadero para cuatro megayates;
c) Obras de abrigo y protección, y
d) Un muelle de uso público que sustituya al que se localiza dentro del área concesionada. Dicho muelle deberá construirse en el lugar y con las especificaciones que le señale La Secretaría las cuales deberán ser similares a las del muelle actual, en un plazo no mayor de ocho meses contados a partir de la fecha de otorgamiento del presente título.
La Concesionaria entregará el proyecto ejecutivo del muelle, previo estudio general de...
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