Decreto por el que se concede permiso a los ciudadanos cuya lista encabeza el Tercer Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores Javier Plata Lugo, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno de la República de Nicaragua

Fecha de disposición11 Septiembre 2000
Fecha de publicación11 Septiembre 2000
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se concede permiso a los ciudadanos cuya lista encabeza el Tercer Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores Javier Plata Lugo, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCION III APARTADO C) DEL ARTICULO 37 CONSTITUCIONAL, DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Se concede permiso al ciudadano Tercer Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores JAVIER PLATA LUGO, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

ARTICULO SEGUNDO

Se concede permiso al ciudadano Tercer Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores JOSE ALBERTO HEREDIA MASS, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

ARTICULO TERCERO

Se concede permiso al ciudadano Teniente de Navío de Aeronáutica Naval Piloto Aviador GERARDO PEREZ URDAÑEZ, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

ARTICULO CUARTO

Se concede permiso al ciudadano Segundo Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores DAVID MENDEZ, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

ARTICULO QUINTO

Se concede permiso al ciudadano Cabo de Aeronáutica Naval Técnico en . Aeronaves y Motores MIGUEL ANGEL CRUZ BURGOS, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.

México, D.F., a 12 de julio de 2000.- Sen. Ma. de los Angeles...

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