Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de San Luis Potosí, para la modernización integral del Registro Civil

Fecha de disposición24 Mayo 2004
Fecha de publicación24 Mayo 2004
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de San Luis Potosí, para la modernización integral del Registro Civil.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, EN LO SUCESIVO LA SECRETARIA , REPRESENTADA POR SU TITULAR, SANTIAGO CREEL MIRANDA, CON LA ASISTENCIA DEL SUBSECRETARIO DE POBLACION, MIGRACION Y ASUNTOS RELIGIOSOS, JAVIER MOCTEZUMA BARRAGAN, Y DEL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACION E IDENTIFICACION PERSONAL, PABLO GONZALEZ MANTEROLA Y, POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI EN LO SUCESIVO EL GOBIERNO DEL ESTADO , REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, JESUS MARCELO DE LOS SANTOS FRAGA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, ALFONSO JOSE CASTILLO MACHUCA Y CON LA PARTICIPACION DE LA DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL, CLAUDIA MAYELA VALDES TISCAREÑO, PARA LA MODERNIZACION INTEGRAL DEL REGISTRO CIVIL, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley de Planeación establece en sus artículos 33 y 34 fracción V, la facultad de que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos de las entidades federativas la coordinación que se requiera, a efecto de que éstos participen en la planeación nacional del desarrollo; también, la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa y que competan a ambos órdenes de gobierno, considerando en todo caso la participación que corresponda a los municipios.

  2. El Convenio de Desarrollo Social entre el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal constituye la única vía de coordinación entre ambos órdenes de gobierno. Las acciones que deban realizarse derivadas del mismo, se establecerán mediante Convenios o Acuerdos de Coordinación, Anexos de Ejecución, y Convenios de Concertación, considerando la participación que corresponda al municipio y sectores de la sociedad para la consecución de las metas y los objetivos nacionales.

  3. Con fecha 23 de septiembre 1981, las partes celebraron un Acuerdo de Coordinación para establecer el Programa de Colaboración entre el Registro Nacional de Población y el Registro Civil del Estado de San Luis Potosí, el cual tiene por objeto establecer un apoyo recíproco entre estas instancias, para hacer más oportuno y eficiente el cumplimiento de sus respectivas atribuciones y lograr la inmediata incorporación de la población por nacer, asignándole la Clave Unica del Registro de Población (CURP); dicho Acuerdo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre 1981.

  4. Con fecha 12 de diciembre 1997, las partes celebraron un Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, con el objeto de establecer los mecanismos de coordinación entre LA SECRETARIA y EL GOBIERNO DEL ESTADO a fin de: a) fortalecer el Registro Nacional de Población, para garantizar el desarrollo de los programas para la Modernización Integral del Registro Civil; b) coadyuvar al establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos y Expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana; c) fijar las bases para la adopción y uso por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal de la Clave Unica de Registro de Población; d) efectuar la adecuación del registro de menores de edad, y aquéllos de carácter especial que beneficien a los grupos sociales que históricamente se han mantenido al margen de los servicios que otorgan los registros civiles.

  5. De igual manera, con fecha 28 de marzo de 2000 el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, suscribieron un Anexo de Ejecución del Acuerdo de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil, con los siguientes objetivos:

    1. Capturar información del archivo histórico del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí del periodo comprendido de 1930 al 2000, el que contiene 5,002,196 documentos registrales.

    2. Modernizar y automatizar la estructura y funciones operativas de registro en la Dirección del Registro Civil (Unidad Coordinadora Estatal) y en sus oficialías.

    3. Asignar la Clave Unica de Registro de Población.

    4. Realizar el programa para la actualización del registro del estado civil de las personas en los pueblos indígenas, grupos marginados y migrantes.

    5. Efectuar campañas para la prestación de los servicios del Registro Civil de las regiones que carecen de él, así como llevar a cabo acciones de registro extemporáneo de nacimiento.

    Para dar cumplimiento al objeto de dicho instrumento, LA SECRETARIA aportó con fondos federales la cantidad de $1 300,000.00 (un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.) a la entidad federativa.

    A su vez LA ENTIDAD FEDERATIVA se comprometió a aportar los recursos adicionales que garantizarán el cumplimiento de los propósitos indicados en la base primera de dicho anexo, de acuerdo a su disponibilidad financiera.

    Con fecha 9 de noviembre de 2001, se llevó a cabo la firma de la Primera Ampliación al Anexo de Ejecución en la que LA SECRETARIA aportó la cantidad de $4 301,891.00 (cuatro millones trescientos un mil ochocientos noventa y un pesos 00/100 M.N.).

    LA ENTIDAD FEDERATIVA por su parte se comprometió a realizar una aportación con recursos estatales por $1 843,668.00 (un millón ochocientos cuarenta y tres mil seiscientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.)

    Estas aportaciones se destinarían para:

    a). La captura de al menos 1 497,406 registros de nacimiento del periodo comprendido entre 1930 y el 2000 de acuerdo a los criterios básicos establecidos en el Estado y a los propuestos por el Registro Nacional de Población e Identificación Personal y aprobados por los funcionarios del Registro Civil para la captura histórica.

    b). Para la interconexión de al menos la Unidad Central Estatal y ésta a su vez con el Registro Nacional de Población e Identificación Personal.

    c). Para apoyar el equipamiento de lo(s) módulo(s) de la Clave Unica de Registro de Población.

  6. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación al 30 de mayo de 2001, dispone en el punto 4.7 La Política Interior que: El Ejecutivo impulsará la modernización del sistema de registro de las personas residentes en el país y de los mexicanos que radican en el extranjero, por medio de acciones de coordinación con el Registro Civil y aplicando las normas y procedimientos técnicos idóneos ,

    DECLARACIONES

  7. DE LA SECRETARIA :

    1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o. fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1o. de su Reglamento Interior.

    2. Que en los términos del artículo 36 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es obligación de los ciudadanos de la República...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR