Luis Manuel Garza / Estado fuerte

AutorLuis Manuel Garza

En México existen dos tipos de fueros.

Uno de ellos está plasmado en nuestras leyes, no tiene razón de existir, ocasiona abuso de poder, se le conoce como fuero constitucional y técnicamente se llama inmunidad. El otro no existe en nuestra legislación y tampoco tiene por qué existir, pero es real, provoca todo tipo de excesos y se llama impunidad.

Por el primero, los servidores públicos de alto rango adquieren una licencia para delinquir durante su cargo sin ser investigados por el Ministerio Público como cualquier mortal. Entre ellos están funcionarios públicos de primer nivel de todas las esferas de Gobierno.

Por el segundo, algunos empresarios, líderes sindicales, concesionarios, comunicadores, jerarcas religiosos y capos de la mafia, todos ellos hombres de poder, quienes a veces juegan varios de los anteriores papeles simultáneamente, gozan en vías de hecho de impunidad respecto de los delitos que cometan en un uso y abuso de sus poderes fácticos.

Del primer grupo me ocupé en una colaboración de hace seis meses en estas páginas, en donde aplaudía la decisión de la bancada panista del Congreso local de eliminar en Nuevo León la inmunidad o fuero, mediante una reforma a la Constitución del Estado.

Por lo mismo, celebro que la Cámara de Diputados haya aprobado ayer una reforma constitucional que disminuirá privilegios inmerecidos de servidores públicos de rango mayor, como lo es el acotamiento de la inmunidad constitucional.

En la reforma se cambió el término fuero por el de inmunidad en el Artículo 61, que protege a los legisladores por sus opiniones en tribuna, por las que no podrán ser juzgados.

Se reformaron igualmente los artículos 111 y 112 constitucionales, para eliminar la facultad que tiene la Cámara de Diputados para analizar la procedencia de acción penal, de manera previa al Ministerio Público, respecto de los funcionarios que gozaran de inmunidad.

Sólo el Presidente de la República gozará de inmunidad plena.

Con la entrada en vigor de la reforma, si bien los servidores públicos que gocen de dicho privilegio no podrán ser encarcelados mientras duren en su cargo, será la Procuraduría General de la República -léase titular del Ejecutivo federal- la que llevará a cabo la investigación y consignación.

Éste no es un tema...

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