Acuerdo relativo a la Autorización Provisional para Venta de Lotes Exclusivamente para las Manzanas 432, 433 y 742 del Fraccionamiento de tipo popular denominado “Misión de Bucareli Sur”, Delegación Municipal Epigmenio González.

Pág. 1992 PERIÓDICO OFICIAL 6 de marzo de 2009
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de enero de 2009, el H. Ayuntamiento del Municipio de
Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la Autorización Provisional para Venta de Lotes Exclusivamente para las
Manzanas 432, 433 y 742 del Fraccionamiento de tipo popular denominado “Misión de Bucarelí Sur”.
Delegación Municipal Epigmenio González, el cual señala textualmente:
“…CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B),
D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY
GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN
POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1, 14 FRACCIÓN
III, 16 FRACCIONES I, V, VI, VII, IX, XII, XIII Y XIX, 17 FRACCIONES I, II, III, XI Y XVIII, 82, 83, 99, 100
FRACCIÓN I INCISO A), 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 119, 140, 143, 145, 147, 154, 155, 156, 157
Y 167 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO
INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que la competencia Reglamentaria del Municipio, implican en forma exclusiva, los aspectos
fundamentales para su desarrollo, por lo que corresponde al H. Ayuntamiento dada su naturaleza colegiada,
proveer una exacta observancia de la ley, por lo que siendo coincidentes con sus propósitos, con el presente se
resuelve lo relativo a la petición de Autorización para Venta Provisional de Lotes del Fraccionamiento de tipo
popular denominado “Misión de Bucarelí Sur”, ubicado en la zona conocida como Centro Norte de la Delegación
Municipal Epigmenio González.
2. En tal sentido, dentro del expediente 044/DEG Fraccionamiento Misión de Bucarelí Sur, radicado en la
Secretaría del Ayuntamiento, obra escrito recibido en dicha Secretaría el día 5 de noviembre de 2008, emitido y
signado por el Ing. Miguel Rivas López, Representante Legal de la Empresa CECSA de Querétaro del Centro,
S.A. de C.V., de cuyo texto se colige la Solicitud de Autorización para Venta Provisional de Lotes del
Fraccionamiento de tipo popular denominado “Misión de Bucarelí Sur”, ubicado en la zona conocida como
Centro Norte de la Delegación Municipal Epigmenio González.
3. La empresa CECSA de Querétaro del Centro, S.A. de C.V. acredita ser propietaria del predio
correspondiente a la fracción sur con superficie de 194,354.531 m2., resultante de la subdivisión del polígono
ubicado en la zona denominada Centro Norte, en el cual en una fracción con superficie de 78,199.86 m2, se
desarrolla el Fraccionamiento de tipo popular denominado “Misión de Bucarelí Sur”, mediante escritura 40,754
de fecha 1 de agosto de 2006, pasada ante la fe del Lic. Sergio Zepeda Guerra, Notario titular de la Notaría
Pública Número dieciséis de esta demarcación, la cual cuenta con comprobante de inscripción ante el Registro
Público de la Propiedad y de Comercio Número 0000004680 11/2006 con fecha de recepción de 21 de agosto
de 2006.

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