Aviso por el que se establece veda para la captura de las especies de lobina y bagre en las aguas continentales de Jurisdicción Federal de los diferentes embalses del Estado de Chihuahua

Fecha de disposición09 Abril 2002
Fecha de publicación09 Abril 2002
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

AVISO por el que se establece veda para la captura de las especies de lobina y bagre en las aguas continentales de Jurisdicción Federal de los diferentes embalses del Estado de Chihuahua.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

AVISO POR EL QUE SE ESTABLECE VEDA PARA LA CAPTURA DE LAS ESPECIES DE LOBINA Y BAGRE EN LAS AGUAS CONTINENTALES DE JURISDICCION FEDERAL DE LOS DIFERENTES EMBALSES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracciones XXI y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. y 3o. fracción VI de la Ley de Pesca; 24, 25, 26, 27 y 28 de su Reglamento; 6o. fracción XXIII del Reglamento Interior vigente de esta Secretaría y con base en lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana NOM-OO9-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1994, y

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación fijar los métodos y medidas necesarias para la conservación de los recursos pesqueros que así lo requieran, así como establecer las épocas y zonas de veda.

Que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por conducto del Instituto Nacional de la Pesca, ha venido realizando estudios gonádicos de las especies de lobina negra (Micropterus salmoides) y bagre (Ictalurus punctatus e Ictalurus furcatus) que se encuentran en los embalses del Estado de Chihuahua, determinando que la lobina alcanza madurez gonadal en el periodo de marzo-junio y el bagre entre abril-junio.

Que los resultados de los estudios realizados, indican que es necesario mantener las poblaciones en niveles de abundancia para asegurar su disponibilidad pesquera a través de un aprovechamiento racional, cuidando a la vez la conservación de los recursos biológicos, especialmente durante su principal periodo de reproducción, con la finalidad de que se continúen obteniendo beneficios por su uso.

Que las artes de pesca por sus características y carnadas...

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