Listado de Conceptos que sirvió de base para Determinar el IETU 2012

AutorHonoré A. Bornacini Hervella - Vicente Romero Said
Páginas18-19
GUÍA PARA LA DECLARACIÓN ANUAL 2012 Y BASES DE LOS PAGOS PROVISIONALES Y MENSUALES 2013 DE PM
INSTITUTO
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Procedimiento para la Presentación vía Internet de las Declaraciones Anuales de Contribuciones Federales
(Regla II.2.8.2.1. RMF13):
Para efectos de los ARTS-20-PFO-7 y 31-PFO-1 del CFF los contribuyentes PM, incluyendo a las PM No Contribu-
yentes (Título III LISR) y PF, deberán presentar vía Internet las declaraciones anuales (normales, complementarias y
de corrección fiscal) del ejercicio de ISR, IETU, IMPAC o que requieran acreditamiento de IDE, observando para ello
el siguiente procedimiento:
I) Obtendrán según sea el caso, PM o PF el programa DEM o DECLARASAT 2013, en la página de Internet del
SAT o en dispositivos ópticos (CD) ante cualquier ALSC.
II) Capturarán los datos bajo protesta de decir verdad.
III) Concluida la captura, se firmará y enviará la declaración al SAT vía Internet, generándose el acuse de recibo
electrónico que deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital.
IV) Cuando haya impuesto a cargo, el mismo se deberá pagar en el portal de las instituciones de crédito autoriza-
das para tal efecto, capturando el número de operación y fecha de presentación contenidos en el acuse de recibo
mencionado en la F-III, obteniendo además el recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprove-
chamientos federales con el sello digital.
V) Cuando no haya saldo a cargo únicamente se cumplirá con las FS-I, II y III.
Las personas morales que tributan conforme al Título III de la LISR, obligadas a presentar la declaración del ejerci-
cio o a efectuar pagos en los términos de los ARTS-93-UP, 95-UP y 194 de la LISR, estarán a lo dispuesto en la
sección II.2.8.5., según corresponda.
Presentación de Declaraciones Anuales Vía Internet (Regla II.2.8.2.2. RMF13):
Para efectos del ART-32 del CFF, los contribuyentes que presenten declaraciones en los términos de la regla
II.2.8.2.1.; presentarán ambas vía Internet en la dirección electrónica del SAT; cuando la modificación implique pago
éste se hará en el portal de las instituciones de crédito autorizadas.
En el caso de que haya que corregir datos de la citada declaración anual, primero se deberá presentar la declaración
de corrección de datos y posteriormente, la información que corresponda a los demás conceptos de la declaración
anual a corregir y/o el pago correspondiente, en su caso.
Medios Electrónicos (FIEL y CIECF) que sustituyen a la Firma Autógrafa (Regla II.2.8.3.5. RMF13):
Para efectos de los Capítulos II.2.8.2. y II.2.8.3. deberán utilizarse los medios de identificación automatizados que
las instituciones de crédito tengan con sus clientes. Los medios de identificación electrónica que se generen por los
contribuyentes mediante los desarrollos electrónicos del SAT, sustituyen a la firma autógrafa y tendrán el mismo va-
lor probatorio.
Para la presentación de la declaración anual de las PM se deberá usar la FIEL (Firma Electrónica Avanzada) gen e-
rada conforme a la ficha 108/CFF “Obtención de Certificado de FIEL” contenida en el Anexo 1-A de la RMF13 o la
CIECF.
Las PF podrán utilizar la CIECF, salvo que soliciten devolución de saldo a favor igual o superior a $13,970.00, en c u-
yo caso, deberán usar la FIEL.
Listado de Conceptos que sirvió de base para Determinar el IETU 2012
Listado de Conceptos que sirvió de Base para Determinar el IETU (ART-21 LIF-2012 F-II):
II. En materia de IETU:
Listado de Conceptos 2012:
1. Para efectos del ART-8 de la LIETU, los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mi s-
mo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los
conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de
2012, en el formato que establezca para tal efecto el SAT mediante reglas de carácter general. La información a
que se refiere este inciso se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2012 no resulte
impuesto a pagar.

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