Lineamientos para el uso de bienes y servicios informáticos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Páginas3-4
Octubre 2016
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LINEAMIENTOS PARA EL USO DE BIENES Y
SERVICIOS INFORMÁTICOS DE LA COMISIÓN DE
DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
Con fundamento en lo dispuesto en el arculo 46 frac-
ción III de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos
del Estado de México, por acuerdo del consejo consul-
vo de este Organismo se expide el siguiente acuerdo:
CONSIDERANDO
I. Que el plan rector de gesón 2015-2018 de la Comisión
de Derechos Humanos del Estado de México contempla
la ulización y el desarrollo de sistemas de información,
servicios de comunicación y equipamiento innovador
que coadyuven al ecaz y eciente desempeño de las
funciones adjevas y sustanvas, para lo cual, se consi-
dera como estrategia, la actualización y hacer observable
el estricto cumplimiento de la normavidad para el uso
de bienes y servicios informácos.
II. En el ámbito de sus funciones y competencia el Con-
sejo Consulvo de la Comisión de Derechos Humanos
del Estado de México, a través de la Dirección General
de Administración y Finanzas y de la Unidad de Informá-
ca, emite los presentes lineamientos que regulan el uso
de los bienes y servicios informácos de este Organis-
mo, para ser aplicados de manera ópma, racional y de
acuerdo a las circunstancias por las cuales son asignados.
III. En consecuencia a lo anterior se emite el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO. Se aprueban los Lineamientos para el uso de Bie-
nes y Servicios Informácos de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de México, en los términos siguientes:
LINEAMIENTOS PARA EL USO DE BIENES Y SERVICIOS
INFORMÁTICOS DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HU-
MANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPITULO I DISPOSICIONES
GENERALES
Objeto
Los presentes lineamientos enen como objeto regular
lo referente al uso de equipos de cómputo, sistemas in-
formácos y la red de datos, para lograr el ópmo apro-
vechamiento y ecaz funcionamiento de los bienes y ser-
vicios informácos de la Comisión de Derechos Humanos
del Estado de México.
Ámbito de aplicación
Los presentes Lineamientos tendrán aplicación en todas
las Ocinas del edicio sede y foráneas que integran a la
Comisión de Derechos del Estado de México
Deniciones. Para efectos de los presentes lineamientos,
se entenderá por:
Lineamientos. Al conjunto de acciones especícas que
determinan la forma, lugar y modo para llevar a cabo
una políca.
Equipo de cómputo. El conformado por unidad central
de proceso (CPU), monitor; teclado, mouse o ratón, im-
presora, unidad de respaldo eléctrico (no- break) y de-
más periféricos;
Lugar de adscripción. Unidad administrava o área de
trabajo donde se prestan los servicios;
Bienes informácos. Son todos aquellos componentes
que conforman un sistema y comprenden todos los ele-
mentos de hardware y soware necesarios para cumplir
un objevo determinado;
Servicios informácos. Son aquellos servicios que pro-
porciona la Unidad de Informáca, como Internet, Intra-
net, red de datos instucional, telefonía y otros;
Usuario. El servidor público de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de México, que ene asignado o usa
un bien y/o servicio informáco;
Programas de cómputo autorizados. Son aquellos pro-
gramas que ya fueron evaluados por la Dirección General
de Administración y Finanzas, que no representan nin-
gún riesgo a la seguridad y que forman parte de la serie
de programas requeridos para la labor diaria de los ser-

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