Lineamientos de Transparencia y Acceso a la Información del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Fecha de disposición | 29 Octubre 2009 |
Fecha de publicación | 29 Octubre 2009 |
Emisor | INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES |
Sección | SEGUNDA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados |
Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. LINEAMIENTOS DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
Los presentes Lineamientos tienen como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, asegurar la protección de datos personales y establecer sus políticas de transparencia, de conformidad con el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Para los efectos de estos Lineamientos, se entenderá por:
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Archivo de concentración: Unidad responsable del resguardo y préstamo de documentos de consulta esporádica, que permanecen allí hasta su destino final.
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Archivo de trámite: Conjunto orgánico de documentos de uso frecuente que se generan durante la operación de los procesos en todas las unidades administrativas.
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Archivo histórico: Unidad responsable de conservar, administrar, describir y divulgar la memoria documental del Infonavit.
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Baja documental: Eliminación de los documentos cuyos valores administrativo, contable, fiscal o jurídico han prescrito y no tienen valor histórico.
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Comité: Comité de Transparencia y Acceso a la Información, estará integrado en forma tripartita, por un representante del Sector de los Trabajadores, uno del Sector Empresarial y uno del Gobierno Federal, los cuales serán designados por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión de Vigilancia.
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Contraloría Interna: La Contraloría Interna del Infonavit.
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Datos personales: La información concerniente a una persona física identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales, económicas o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad.
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Destino final: Canalización de los documentos hacia su eliminación o su conservación en el archivo histórico, al prescribir su vigencia en archivo de concentración.
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Documentación activa: Es aquella que tiene un uso intensivo en el área que la genera o gestiona.
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Documentación de apoyo: Es aquella que se genera o conserva en oficina, cuya utilidad reside en la información que contiene para apoyar a las tareas administrativas. No forma parte de un archivo, tiene pronta obsolescencia, no refleja acciones de la institución, generalmente son comunicados y controles.
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Documentación semiactiva: Es aquella que tiene un uso esporádico por parte del área que la genera y por otras interesadas en las actividades que evidencia.
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Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o actividades del Infonavit y sus trabajadores, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico.
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GSAI: Grupo de Supervisión de Acceso a la Información.
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Infonavit: El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
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Información: La contenida en los documentos que el Infonavit genere, obtenga, adquiera,
transforme o conserve por cualquier título.
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Información reservada: Aquella información que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en los artículos 10 y 11 de estos Lineamientos.
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Lineamientos: Los Lineamientos de Transparencia y Acceso a la Información del Infonavit.
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Sistema de datos personales: El conjunto ordenado de datos personales que estén en posesión del Infonavit y que esté posibilitado de modificar.
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Sistema de Gestión de Información: Métodos y prácticas destinados a planear, dirigir y controlar la generación, circulación, conservación, uso y destino final de la información con el propósito de lograr eficiencia en el manejo y acceso a la misma a lo largo de su ciclo de vida.
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Unidad de Enlace: Gerencia de Transparencia.
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Valor administrativo: Característica de los documentos que sirve en el funcionamiento administrativo de origen y que da testimonio de procedimientos y actividades.
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Valor contable: Característica de los documentos que sirve de explicación de las operaciones encaminadas al control presupuestal.
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Valor fiscal: Característica de los documentos que sirve para testimoniar el cumplimiento de obligaciones tributarias.
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Valor jurídico: Característica de los documentos que se refieren a derechos y obligaciones legales.
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Vigencia documental: Periodo durante el cual un documento de archivo mantiene sus valores administrativos, legales, fiscales o contables.
Son objetivos de estos Lineamientos:
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Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información del Infonavit, así como a sus datos personales mediante procedimientos sencillos, gratuitos y expeditos;
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Transparentar las actividades del Infonavit a través de un flujo de información oportuno, verificable, inteligible, relevante e integral;
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Garantizar una adecuada y oportuna rendición de cuentas del Infonavit a través de la generación y publicación de información sobre sus indicadores de gestión, de desempeño y el ejercicio de sus recursos de manera completa, veraz, oportuna y comprensible;
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Garantizar la protección de los datos personales en posesión del Infonavit;
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Mejorar la organización, clasificación, archivo y uso de la información del Infonavit;
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Asegurar que el Infonavit preserve los documentos que obran en sus archivos administrativos y mantengan de ellos un registro actualizado, y
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Mejorar la calidad de la información a que tienen derecho los derechohabientes y los ciudadanos respecto de las actividades, derechos, beneficios y obligaciones, niveles de acceso a participación ciudadana en la toma de decisiones públicas y en la evaluación de las políticas públicas.
Obligaciones de transparencia
Corresponde a las unidades administrativas que se enuncian a continuación, poner a disposición del público y actualizar, dentro de los plazos indicados, en formato accesible y señalando el responsable, la información que se detalla en cada una de las siguientes fracciones:
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La estructura orgánica del Infonavit;
Descripción: Es la representación gráfica de las unidades administrativas, al menos hasta el nivel de gerencia o su equivalente, incluyendo las principales funciones de cada puesto, el total de plazas y las
vacantes disponibles.
Actualización: 15 días después de que se produzcan los cambios.
Responsable: Subdirección General de Administración de Personas.
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El Estatuto Orgánico;
Descripción: Normatividad aprobada por la H. Asamblea General, en la que se definen las facultades y responsabilidades de las unidades administrativas.
Actualización: 15 días después de que se produzcan los cambios.
Responsable: Secretaría General y de Asuntos Jurídicos.
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El directorio de los trabajadores del Infonavit;
Descripción: Nombre del trabajador; cargo; números de teléfono, de extensión y de fax; domicilio para recibir correspondencia y dirección electrónica.
Actualización: 15 días después de que se produzcan los cambios.
Responsable: Subdirección General de Administración de Personas.
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La remuneración del personal, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;
Descripción: Monto de percepciones brutas, netas, compensaciones, seguros, prestaciones económicas, de seguridad social, inherentes al puesto; personal contratado por honorarios y el valor del contrato, así como la remuneración a los miembros de los Organos Colegiados.
Actualización: 15 días después de que se produzcan los cambios.
Responsable: Subdirección General de Administración de Personas.
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La Unidad de Enlace;
Descripción: Nombre del titular de la Unidad de Enlace; números de teléfono, de extensión y de fax; domicilio para recibir correspondencia y dirección electrónica; otros puestos de apoyo a la Unidad de Enlace, y miembros del Grupo de Supervisión de Acceso a la Información.
Actualización: 15 días después de que se realicen los cambios.
Responsable: Secretaría General y de Asuntos Jurídicos.
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La información anual sobre los programas, presupuestos, estados financieros y actividades del Instituto;
Descripción: Programas de labores y de financiamientos; presupuesto de ingresos y egresos; plan financiero a cinco años; estados financieros anuales dictaminados; dictamen al ejercicio del...
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