Lineamientos para la operación del Programa de Apoyo para la Productividad

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas681-696

(Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2013)

Disposiciones Generales

Objeto de los Lineamientos

Primero.-

Los presentes lineamientos tienen por objeto regir la operación del Programa de Apoyo para la Productividad (PAP) en las 32 entidades federativas del país.

Definición de conceptos

Segundo.-

Para los efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

I. Adiestramiento. Proceso que tiene por objeto: actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios deben implementar para incrementar la productividad en las empresas.

II. Capacitación. Procesos continuos de enseñanza-aprendizaje, que propician en los participantes la adquisición y desarrollo de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes requeridas para el desempeño de funciones productivas en sus actividades laborales, al interior de una empresa o institución.

III. Certificado de Competencia Laboral. Documento oficial donde se acredita a una persona como competente de acuerdo a lo establecido en un Estándar de Competencia, y se encuentra en el Registro Nacional de Estándares de Competencia.

IV. Certificación (por competencia). Proceso a través del cual las personas demuestran por medio de evidencias, que cuentan, sin importar como los hayan adquirido, con los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para cumplir una función a un alto nivel de desempeño de acuerdo con lo definido en un Estándar de Competencia.

V. Competencia. Es la capacidad para responder a demandas externas, lo que necesariamente implica que genera resultados eficaces con requisitos de calidad previamente establecidos.

VI. CONOCER. Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.

VII. Consultor. Persona experta en el tema de productividad que presta sus servicios profesionales de asesoría en el PAP.

VIII. DGPL. Dirección General de Productividad Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

IX. DGPP. Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

X. DSEPFE. Dirección de Supervisión y Evaluación de Programas de Fomento de la Empleabilidad.

XI. ECE. Entidad de Certificación y Evaluación.

XII. Entidades de Certificación y Evaluación por Competencias. Persona moral, organización o institución pública o privada, unidad administrativa de alguna Dependencia, Entidad o su similar en los niveles de gobierno Federal, Estatal o Municipal, acreditada por el CONOCER para capacitar, evaluar y/o certificar las competencias laborales de las personas, con base en Estándares de Competencia inscritos en el Registro Nacional de Estándares de Competencia, así como para acreditar, previa autorización del CONOCER, Centros de Evaluación y/o Evaluadores Independientes en uno o varios Estándares de Competencia, inscritos en el Registro Nacional de Estándares de Competencia en un periodo determinado.

XIII. Empleabilidad. Abarca las calificaciones, los conocimientos y las competencias que aumentan la capacidad de los trabajadores para conseguir y conservar un empleo, mejorar su trabajo y adaptarse al cambio, elegir otro empleo cuando lo deseen o pierdan el que tenían e integrarse más fácilmente en el mercado de trabajo en diferentes periodos de su vida.

XIV. Empresa. Unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios.

XV. Establecimiento. Unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.

XVI. Estándar de Competencia. Norma Técnica de Competencia Laboral, que es el documento oficial aplicable en toda la República Mexicana, que servirá como referente para evaluar y certificar la competencia laboral de las personas, y que describirá en términos de resultados, el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes a que alude el artículo 45 de la Ley General de Educación y que requiere una persona para realizar actividades en el mercado de trabajo con un alto nivel de desempeño.

XVII. Evaluación de competencia. Proceso mediante el cual se recogen y analizan las evidencias de la competencia laboral de una persona, con relación a la realización de una función individual referida a un Estándar de Competencia inscrito en el Registro Nacional de Estándares de Competencia con el propósito de determinar si la persona es competente o todavía no en dicha función individual.

XVIII. IMSS. Instituto Mexicano del Seguro Social.

XIX. Intervención. Es el mecanismo a través del cual la Secretaría del Trabajo y Previsión Social apoya a los trabajadores de una empresa que buscan sensibilización, asistencia técnico-legal, capacitación con enfoque por competencias o certificación de competencias laborales como medio para incrementar su productividad y, al mismo tiempo, la de la empresa o establecimiento(s) en los que laboran.

XX. Intervención Grupal. Mecanismo en el que la STPS apoya un conjunto de trabajadores de dos o más empresas o establecimientos con necesidades similares de alguno de los apoyos que conforman al PAP.

XXI. LFT. Ley Federal del Trabajo.

XXII. OFP. Oficina de Fomento Productivo.

XXIII. Productividad. Es el resultado de optimizar los factores humanos, materiales, financieros, tecnológicos y organizacionales que concurren en la empresa, en la rama o en el sector para la elaboración de bienes o la prestación de servicios, con el fin de promover a nivel sectorial, estatal, regional, nacional e internacional, y acorde con el mercado al que tiene acceso, su competitividad y sustentabilidad, mejorar su capacidad, su tecnología y su organización, e incrementar los ingresos, el bienestar de los trabajadores y distribuir equitativamente sus beneficios.

XXIV. Promotor de la OFP. Funcionario dependiente de la DGPL que labora en las instalaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ubicadas al interior del país y cuya función es impulsar y concertar acciones en el marco de la operación del PAP.

XXV. Registro de Trabajadores Beneficiarios (PAP-02). Formato en el que se registra la información básica de los trabajadores beneficiarios en cada intervención.

XXVI. SEPL. Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral.

XXVII. SIGPROL. Sistema de Gestión para la Productividad Laboral.

XXVIII. SFP. Secretaría de la Función Pública.

XXIX. Solicitud de Intervención (PAP-01). Formato mediante el cual la empresa solicita a la STPS el apoyo para sus trabajadores en alguno de los componentes del PAP.

XXX. STPS. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

XXXI. SUA. Sistema Único de Autodeterminación.

XXXII. Trabajo. Toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.

XXXIII. Trabajador. Persona física que presta, a un patrón, un trabajo personal subordinado.

Del Programa

Descripción y componentes del programa

Tercero.-

Descripción y componentes.

En la presente Administración se complementa el enfoque del PAP enmarcándolo en el Eje de Gobierno 2 "Lograr un México Incluyente" con el que se busca que México cuente con una sociedad de clase media con igualdad de oportunidades, y con el Eje de Gobierno 4 "Lograr un México Próspero" al cual se alinean todas las acciones tendientes a fomentar la economía formal.

Para alcanzar lo anterior, durante esta Administración se trabaja con cuatro componentes que, en su conjunto y a mediano plazo permitirán incrementar la empleabilidad de los trabajadores, así como la productividad de éstos y por consecuencia, los centros de trabajo. Dichos componentes son:

a) Curso de productividad y empleabilidad. Intervención desarrollada con los trabajadores de las empresas la cual, busca sensibilizarlos y acordar estrategias para aumentar su productividad y desarrollar su empleabilidad como uno de los medios para mejorar la productividad laboral de las empresas en las que laboran. Esta intervención se desarrolla en cinco horas de trabajo mediante un manual del instructor con el que se realizan actividades diseñadas bajo el enfoque pedagógico de participación-acción;

b) Asistencia técnico-legal en materia de productividad. Proceso mediante el cual un consultor identifica las oportunidades de mejora de las actividades productivas que desarrollan los trabajadores de los diferentes estratos ocupacionales en una empresa o establecimiento con el propósito de realizar acciones que permitan aplicar dichas mejoras. Así como orientar a los beneficiarios sobre los derechos y obligaciones que en materia de productividad prevé el Capítulo III-Bis. De la Productividad, Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores de la LFT;

El trabajo específico del consultor consiste en aplicar, al interior de las empresas que lo...

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