Lineamientos por medio de los cuales se otorga el pago del concepto de aguinaldo para personal perteneciente al programa de estabilidad laboral, mediante nombramiento por tiempo fijo y prestación de servicios u obra determinados, adscrito a los Órganos de la Administración Pública de la Ciudad de México, correspondiente al ejercicio fiscal 2023
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 de noviembre de 2023
SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE OTORGA EL PAGO DEL CONCEPTO DE AGUINALDO PARA PERSONAL PERTENECIENTE AL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL, MEDIANTE NOMBRAMIENTO POR TIEMPO FIJO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS U OBRA DETERMINADOS, ADSCRITO A LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2023
SERGIO ANTONIO LÓPEZ MONTECINO, Director General de Administración de Personal y Desarrollo Administrativo de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, apartado A, base V, 123, apartado B, 127, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 33, numeral 1, 60, numeral 3, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 1º, 11, 14, 16, fracción II y 27, fracción XXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1°, 2°, fracción LXIX, 6, 7, 26, 27, 51, 58, 64, 78, 104, 105, 106, 111 y 115, fracción IV de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 2º, 4°, 7°, fracción II, inciso N), 110, fracciones I, III, IV, XXIII y XXXV, 111, fracciones XII y XXI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y
C O N S I D E R A N D O
Que la institucionalización del aguinaldo como un derecho de los trabajadores ha sido un reconocimiento a su labor durante una anualidad constituyendo un beneficio remunerador. Y en ese sentido, su consagración dentro del ordenamiento jurídico laboral tuvo lugar desde la Ley Federal del Trabajo y posteriormente se hizo extensiva para los trabajadores al servicio del Estado con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional publicada el 28 de diciembre de 1963 en el Diario Oficial de la Federación que rige en la actualidad;
Que, si bien es cierto, en los últimos años el destino del aguinaldo de los trabajadores ha variado con relación a sus orígenes, su otorgamiento tiene su sustento en los principios de justicia, equidad y legalidad;
Que bajo los principios de equidad social y justicia laboral...
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