Lineamientos por medio de los cuales se otorga por única vez en el ejercicio fiscal 2020, un pago extraordinario a las personas físicas que prestan servicios por honorarios asimilables a salarios en la Administración Pública Centralizada, Desconcentrada, Paraestatal y Alcaldías de la Ciudad de México
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 de noviembre de 2020
CAPÍTULO II
DE LAS CONSIDERACIONES
DÉCIMO PRIMERO.- La interpretación y determinación relativa a los presentes Lineamientos y cualquier otra que no se encuentre prevista, será resuelta por la SAF, a través de la DGAP por conducto de la DEAPU, dentro del ámbito de sus atribuciones y competencia, previa consulta debidamente fundada y motivada por parte de los Órganos de la Administración Pública.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese los presentes Lineamientos en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 18 de noviembre de 2020.
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
(Firma)
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SERGIO ANTONIO LÓPEZ MONTECINO
LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE OTORGA POR ÚNICA VEZ EN EL EJERCICIO FISCAL 2020 UN PAGO EXTRAORDINARIO A LAS PERSONAS FÍSICAS QUE PRESTAN SERVICIOS POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA, DESCONCENTRADA, PARAESTATAL Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SERGIO ANTONIO LÓPEZ MONTECINO, Director General de Administración de Personal de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, apartado A, base V, 123, apartado B, 127, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 33, numeral 1, 60, numeral 3, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 1º, 11, 14, 16, fracción II y 27, fracción XXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1°, 2°, fracción LXIX, 6, 7, 26, 27, 51, 58, 64, 78, 104, 105, 106, 111, 115, fracción IV y 119 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 1º, 2º, 3°, 4°, 7°, fracción II, inciso N), 110, fracciones I, III, IV, XXIII y XXVII, 111, fracciones XII y XXVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y;
C O N S I D E R A N D O
Que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud consideró el brote del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) como una pandemia, por lo que hizo un llamado para que los gobiernos implementaran "medidas urgentes " para combatir el brote;
Que para hacer frente a dicha pandemia y prevenir el riesgo de contagio de COVID-19, el Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México diversas medidas destinadas a contener la propagación de esta enfermedad para...
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