Lineamientos por Medio de los Cuales, se Otorga el Pago del Concepto de Aguinaldo, Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018

62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 26 de Octubre de 2018

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE FINANZAS

JULIETA GONZÁLEZ MÉNDEZ, Secretaria de Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en lo establecido en el artículo 42 Bis, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; artículos 1, 12, fracción XII, 13, 87, 94 primer párrafo, 112 y 115 fracción IV, del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2, 3, fracciones I, II, III, IV, VIII y IX, 15, fracción VIII, 16, fracción IV, 17 y 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; y, Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 01 de febrero de 2017; artículos 1, 23, 24, 44, 57, 69, 84, 85, 86, primer párrafo y 87, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; artículos 28, del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018; artículos 1, 2, 7, fracciones VIII, inciso D, 34 Bis 1, fracciones IV, 92 Octavus, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 2 de mayo de 2017; numerales Décimo Séptimo, Inciso A y Décimo Octavo, del Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados; y

C O N S I D E R A N D O

Que es obligación de la Administración Pública de la Ciudad de México, garantizar el cumplimiento de las prestaciones laborales a que tiene derecho su personal, entre las que se encuentra el pago de aguinaldo.

Que bajo los principios de equidad social y justicia laboral, la Administración Pública local debe implementar acciones encaminadas a mejorar los niveles de bienestar del capital humano a través de una política salarial, que permite apoyar la economía del personal Técnico Operativo Base y Confianza, de Haberes y Policías complementarias, personal de Mandos Medios y Superiores, así como Enlaces y Líderes Coordinadores, personal Eventual y personal perteneciente al Programa de Estabilidad Laboral, Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados, cuyas remuneraciones son cubiertas con cargo al capítulo 1000, del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE OTORGA EL PAGO DEL CONCEPTO DE AGUINALDO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2018

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO.- Las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos tienen como objetivo normar el pago del aguinaldo del personal Técnico Operativo Base y Confianza, Haberes y Policías complementarias, Mandos Medios y Superiores, así como Enlaces y Líderes Coordinadores, Eventual y el considerado para el Programa de Estabilidad Laboral, Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados en la Administración Pública Centralizada, Desconcentrada, Paraestatal y Alcaldías de la Ciudad de México, para el ejercicio fiscal 2018.

SEGUNDO.- Para efecto de los presentes Lineamientos se entenderá por:

DGAOCH.- Dirección General de Administración y Optimización del Capital Humano, adscrita a la Subsecretaría de Administración y Capital Humano, de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

HABERES.- Asignaciones para remuneraciones al personal que desempeña sus servicios en los cuerpos de Seguridad Pública y Bomberos.

ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.- Las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Alcaldías, que conforman la Administración Pública de la Ciudad de México.

PERSONAL EVENTUAL.- Persona Física que celebra contrato por Obra y Tiempo Determinado, con las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades.

SSACH.- Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

SEFIN.- Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

SUN.- Sistema Único de Nómina.

TERCERO.- El pago de aguinaldo a los trabajadores se efectuará en la forma y conducto por el que se les paga su salario, sin deducción alguna, salvo en el caso previsto en el lineamiento Quinto de los presentes lineamientos.

CUARTO.- Todas las solicitudes de reclamaciones relativas al pago del aguinaldo, se harán mediante escrito dirigido al titular de la Dirección General, Ejecutiva o de Área u Homóloga de Administración en los Órganos de la Administración Pública, al que se encuentre adscrito el trabajador o en el que hubiere...

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