Lineamientos y Manual de Operación del Programa 'Vigilante Voluntario' para el año 2014

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13 de octubre de 2014
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
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SECRETARA OES~10A0
CIUDADANA
GOBIE
DEL
ESTADO •E MÉXICO
TRABAJA Y LOGRA
erIGRANDE
LICENCIA
~
O DAMIÁN CANALES MENA, SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO,
CON FUN
~
AMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 29 FRACCIÓN VI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL EST DO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO;
15, 19
FRACCIÓN II Y 21 BIS FRACCIONES II Y III DE LA LEY
ORGÁNIC DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 16 APARTADO A FRACCIONES
I
Y II DE
LA LEY "E SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 8 FRACCIONES I Y XXIV Y 10 FRACCIÓN XXII DEL
REGLAM NTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA.
HE TENI P O A BIEN EXPEDIR LOS LINEAMIENTOS Y MANUAL DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA "VIGILANTE
VOLUNT RIO" PARA EL AÑO 2014.
I.- Definic "n del Programa.
El Progra a
Vigilante Voluntario (VI-VO)
ha incorporado desde 1994 la participación organizada
de
los ciudadanos a las
acciones e mejoramiento de la función de seguridad pública, con el objeto de ampliar la cobertura territorial de vigilancia y
reducir el t empo de respuesta de la policía.
El Progra a
Vigilante Voluntario (VI-VO)
es una política de Estado relativa a seguridad pública, prevención del delito y
participad n social orientada a la prevención de la violencia y la delincuencia, así como la cultura de la denuncia en todo el
territorio e tatal. Que tiene como objeto promover la participación de la sociedad en coordinación con la Secretaría de
Seguridad Ciudadana.
Ciudadanas y policías unidos por nuestra seguridad, planean la forma en que habrán de diseñarse e implementarse las
estrategia, acciones y políticas públicas tendientes a la preservación del orden y paz pública.
El
Vigilan e Voluntario (VI-V0)
no es un policía. Es un ciudadano de reconocido prestigio que de manera comunitaria y
espontán colabora con la policía en la ejecución de tareas específicas en materia de seguridad pública para la prevención
social del violencia y la delincuencia.
La funció específica del
Vigilante Voluntario
es únicamente observar e informar sobre situaciones o anomalías que
detecte e el entorno de su domicilio o comunidad, el policía será el que actuará en cualquier situación de emergencia que
trasgreda a ley o violente las normas de convivencia social. La participación del
Vigilante Voluntario
será únicamente en
actividade que no sean confidenciales o pongan en riesgo el buen desempeño de la función de seguridad pública.
El
Vigilan e Voluntario
colabora en estrecha coordinación con los elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana
(SSC), co unicándose con ellos de forma verbal, telefónica, escrita, vía radio o internet al área operativa más cercana de la
Secretarí
La Secret ría de Seguridad Ciudadana a través de la Unidad de Vinculación, Comunicación Social y Relaciones Públicas,
generará n padrón único de los ciudadanos que integran el Programa Vigilante Voluntario (VI-V0).
Para efect s del Programa se entenderá por:
ESTADO:
Al Gobierno del Estado de México.
SECRET RÍA:
A la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
SECRET RIO (A):
Al Titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
COORDI ADOR ESTATAL:
Al Coordinador Estatal del Programa Vigilante Voluntario.
COORDI ADORES:
A los Coordinadores de cada una de las Subdirecciones Operativas Regionales.
SUBCOO • DINADORES:
A cada uno de los Subcoordinadores Regionales.
VI-VO: A I s integrantes del
Programa Vigilante Voluntario.

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