Lineamientos Generales para la operación, aplicación de recursos, sistema de seguimiento, rendición de cuentas, y transparencia del Programa Escuelas Dignas 2015

Fecha de disposición08 Mayo 2015
Fecha de publicación08 Mayo 2015
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN, APLICACIÓN DE RECURSOS, SISTEMA DE SEGUIMIENTO, RENDICIÓN DE CUENTAS, Y TRANSPARENCIA DEL PROGRAMA ESCUELAS DIGNAS 2015.

ÍNDICE

  1. Presentación, ordenamiento jurídico y objetivo de los lineamientos

  2. Objetivo del Programa

  3. Población objetivo.

  4. Ámbito de aplicación.

  5. Diagrama de operación del Programa.

  6. Reglas para el ejercicio del subsidio.

  7. Requisitos de solicitud del subsidio.

  8. Autorización del subsidio.

  9. Coeficiente de reciprocidad concurrente.

  10. Responsabilidades.

  11. Prevenciones.

  12. Coordinación del Programa.

  13. Manejo de recursos.

  14. Otras fuentes de financiamiento.

  15. Sistema integral de registro y seguimiento del Programa.

  16. Transparencia y rendición de cuentas.

  17. De la verificación de la calidad de las acciones.

  18. De la certificación Escuelas Dignas.

  19. Del mantenimiento de la INFE.

  20. Interpretación de los Lineamientos.

  21. Glosario de términos.

  22. Presentación, ordenamiento jurídico y objetivo de los lineamientos.

    La infraestructura física educativa requiere actualización y mantenimiento, así como la incorporación de elementos que se derivan de los avances tecnológicos que facilitan e impulsan la tarea pedagógica, por lo que no es suficiente contar con la infraestructura física necesaria, sino que ésta se actualice y se adecúe a efecto de dignificar las tareas del docente y particularmente el desarrollo de los alumnos en espacios que cuenten con las mejores condiciones tal como lo marcan los componentes del Programa "Escuelas Dignas".

    Es por ello que se implementa a través del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (INIFED), el Programa de rehabilitación y mantenimiento escolar "Escuelas Dignas", conjuntamente con instancias estatales competentes en la materia y con la participación responsable de la sociedad civil y padres de familia, que se verán beneficiadas con las acciones a realizar.

    El Programa involucra la aplicación de un subsidio federal, en espacios educativos, a efecto de optimizar las condiciones físicas de los planteles con que se cuenta, sujetando las acciones y sus resultados a una Certificación. Los presentes Lineamientos junto con el Manual de Operación tienen por objeto definir los criterios de aplicación, erogación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los subsidios federales autorizados, a fin de contar con espacios físicos educativos dignos y actualizados

    Lo anterior con base en lo dispuesto en el Artículo 11 del Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.

    Asimismo el INIFED complementará los sistemas de registros de seguimiento de los trámites y gestiones técnicas y administrativas, lo cual permitirá mejorar el grado de atención en la colaboración conjunta con los diversos niveles de Gobierno y la Sociedad. Lo anterior con apego al Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno disposición CUARTA, inciso a) del punto 14.

  23. Objetivo del Programa.

    El objetivo del Programa es que a través de un diagnóstico se ponderen y programen los proyectos de mejora de los planteles educativos que así lo requieran, en el nivel básico o en su caso media superior y superior; con la finalidad de que éstos obtengan la certificación a través del cumplimiento de los parámetros establecidos por el Instituto en los siete componentes que en orden de prioridad y secuenciales considera el Programa y que son:

    1. Seguridad estructural y condiciones generales de funcionamiento.- Se analizarán y atenderán las condiciones y características que deben cumplir las construcciones a fin de garantizar la seguridad física de los usuarios, así como las condiciones generales de funcionamiento de los diferentes elementos que integran la construcción de los edificios que conforman la INFE.

    2. Servicios sanitarios.- Se procurará la suficiencia y el correcto funcionamiento de los locales destinados a satisfacer las necesidades fisiológicas y de higiene de los estudiantes, personal docente y administrativo, así como sus muebles, instalaciones y redes hidráulicas, sanitarias y eléctricas.

    3. Mobiliario y equipo.- Se procurará la dotación de mobiliario y equipo básicos para el desarrollo de las actividades de los planteles educativos según su destino, en función de los objetivos que dicten los planes y programas de estudio.

    4. Accesibilidad.- Se dotará de las condiciones pertinentes para asegurar el libre acceso a personas con discapacidad a las instalaciones de los planteles educativos.

    5. Áreas de servicios administrativos.- Se atenderá el desarrollo de los espacios destinados a los servidores públicos que tienen la función administrativa y directiva de los planteles educativos.

    6. Infraestructura para la conectividad.- Se proveerá de las adaptaciones e instalaciones necesarias en los planteles educativos para poder recibir el servicio de Internet.

    7. Espacios de Usos Múltiples.- Se promoverá el desarrollo de la infraestructura para la realización de actividades al aire libre, así como para la protección perimetral de los planteles educativos; como parte de éste componente estarán incluidos los bebederos de agua potable.

    La atención a planteles educativos de nivel superior también formará parte de los objetivos del programa cuando existan circunstancias específicas de requerimientos directos.

  24. Población objetivo.

    El Programa "Escuelas Dignas" atenderá a las comunidades educativas de los planteles públicos de nivel básico. Para los casos de la Infraestructura Física Educativa (INFE) de nivel Media Superior y Superior que por causas extraordinarias requieran atención; se llevará a cabo el análisis correspondiente por el Instituto para su procedencia y atención específica.

  25. Ámbito de aplicación.

    El Programa se aplicará en las 31 Entidades Federativas del país y el Distrito Federal, atendiendo de manera obligatoria zonas indígenas, zonas rurales y de alta marginación, así como las escuelas que se encuentren ubicadas en los municipios del "Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre"; deberán considerarse además, las escuelas de tiempo completo, las escuelas sustentables, y los planteles atendidos previamente con el Programa "Escuelas Dignas 2014", considerando tres criterios para su atención:

    · Los planteles que no hayan tenido atención con el programa;

    · Los planteles que hayan sido atendidos parcialmente y puedan complementar los siete componentes, y

    · Los planteles atendidos con el programa y que requieran de acciones para preservar los componentes logrados y mantener su certificación.

  26. Diagrama de operación del Programa.

    El diagrama específico de operación, su funcionamiento y las instancias responsables, se describen a continuación:

    Programa de Mejoramiento de Infraestructura Escolar "Escuelas Dignas"

    Diagrama de Operación

    Descripción del diagrama de operación.

    La operación del programa se inicia con la autorización del presupuesto para el ejercicio fiscal del año en curso. Asimismo se complementa con las diversas disposiciones que para el caso establece la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Educación Pública, coordinadora del Sector de Educación.

    Posteriormente el Instituto establecerá los parámetros para la asignación de los recursos con las Entidades Federativas.

    1. Celebración de convenios entre las Entidades Federativas y el Instituto: La Entidad Federativa y el Instituto convendrán las obligaciones, alcances, responsabilidades y los plazos para la operación del programa.

  27. Selección de planteles educativos susceptibles de la acción: Los planteles educativos susceptibles a ser incorporados al programa, serán aquellos que ya cuentan con la Cédula de Información Técnica (CIT) vigente y validada por Instituto y que se encuentra en los archivos del mismo (INIFED); dicho documento en su oportunidad fue turnado por el titular de la autoridad educativa estatal o en su caso el Comité Técnico Estatal de Educación Básica, correspondiente.

    1.1 Validación: El Instituto verificará que los planteles propuestos cumplan con lo establecido en los presentes lineamientos.

  28. Levantamiento de la Cédula de Información Técnica (CIT): Para que aquellos planteles validados se incorporen al programa, se requerirá la Cédula de Información Técnica, la cual tendrá una antigüedad no mayor a dos años.

  29. Evaluación de la CIT: El Instituto evaluará que la Cédula de Información Técnica cumpla con el objetivo del Programa y autorizará la elaboración del Proyecto Técnico Presupuestado (PTP).

  30. Proyecto Técnico Presupuestado (PTP): La Entidad Federativa o en su caso el Instituto, elaborará este documento que describe el alcance de los trabajos a realizar, a partir de los cuales se determina el monto del subsidio a solicitar. El PTP deberá considerar que con la acción a emprender, se satisfagan al menos los primeros cuatro componentes del Programa.

  31. Evaluación del PTP: El Instituto evaluará que el Proyecto Técnico Presupuestado cumpla con las disposiciones y normas del Programa y autorizará la conformación del Comité Escuelas Dignas.

  32. Comité Escuelas Dignas (CED): La Entidad Federativa o en su caso el Instituto, deberá organizar y asesorar a la comunidad escolar en la creación del CED, que es la instancia formalmente constituida para el ejercicio y vigilancia del Programa. Dicho comité podrá ser constituido a partir del Consejo Escolar de Participación Social en la Educación y sus miembros deberán ser padres de familia de alumnos inscritos en el plantel...

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