Lineamientos Generales para la Imposición de las Medidas de Apremio Establecidas en el Titulo Décimo Primero de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 30 de Junio del año 2018; Núm. 46 pág. 1732

INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS DEL ESTADO DE COLIMA

LINEAMIENTOS

GENERALES PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS MEDIDAS DE APREMIO ESTABLECIDAS EN EL TITULO DÉCIMO PRIMERO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS PARA EL ESTADO DE COLIMA.

CONSIDERANDO

  1. Que el artículo 5, apartado B, penúltimo párrafo, 13, apartado B, y 22, párrafo primero y sexto, fracción IV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima señala que el Estado contará con un Órgano Autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, conforme a los principios y las bases establecidos por el artículo 6º de la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Colima;

  2. Que para su funcionamiento el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima se rige bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficiencia, objetividad, profesionalismo, transparencia, máxima publicidad y respeto a los derechos humanos;

  3. Que son atribuciones del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima de acuerdo a lo que establece el artículo 102, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Colima: Imponer las medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones; Promover y difundir el ejercicio del derecho a la protección de datos personales; Brindar asesoría y apoyo técnico a los responsables y titulares; Emitir disposiciones generales de carácter administrativo; Hacer del conocimiento de las autoridades competentes, la probable responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ley y en las demás disposiciones que resulten aplicables; y Vigilar el cumplimiento de la ley y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia;

  4. Que el segundo párrafo del artículo 139, primer párrafo, numeral 2, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Colima, dispone que el Instituto establecerá mediante lineamientos de carácter general, las atribuciones de las áreas encargadas de calificar la gravedad de la falta de observancia a sus determinaciones y de la notificación y ejecución de las medidas de apremio que apliquen e implementen, conforme a los elementos desarrollados en el Titulo Décimo Primero de la Ley.

  5. Que el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima, tiene la facultad de expedir lineamientos y recomendaciones para asegurar y propiciar el cumplimiento de la ley, como consecuencia, y con base en las facultades que le otorga la Ley al Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima, se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueban los LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS MEDIDAS DE APREMIO ESTABLECIDAS EN EL TITULO DÉCIMO PRIMERO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS PARA EL ESTADO DE COLIMA; en términos del Anexo Único que forma parte integral del presente Acuerdo.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo, conjuntamente con su Anexo Único, se publiquen en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Administración para que, por conducto de la Unidad de Servicios Informáticos y Sistemas, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo, conjuntamente con su Anexo Único, se publiquen en la página de internet del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del...

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