Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema de Evaluación del Desempeño del Estado de Veracruz

Fernando Charleston Hernández, Secretario de Finanzas y Planeación, con fundamento en lo establecido en los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 4 fracciones XII y XIII, 7, 44, 71, 72 y 79 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 2, 3, 8 fracción II, 9 fracción III, 12 fracciones VI y XIX, 19 y 20 fracción LVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 289 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2 fracción I y 12 del Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 289 Bis fracción I del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y al tenor de los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S I. Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los recursos económicos de que disponga la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos políticoadministrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Asimismo, dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que para tal fin se establezcan.

  1. Que los artículos 85 fracción I y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 49 fracción V de la Ley de Coordinación Fiscal, establecen que los recursos federales que ejerzan los gobiernos locales deberán ser evaluados a través de la verificación del grado de cumplimiento de objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer los resultados de la aplicación de dichos recursos.

  2. Que la Ley General de Contabilidad Gubernamental tiene por objeto establecer los criterios generales que rigen la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización, quienes deberán generar los estados financieros de ejecución presupuestaria y cualquier otra información que coadyuve a la toma de decisiones, la transparencia, la programación con base en resultados, la evaluación y la rendición de cuentas.

  3. Que de acuerdo al Plan Veracruzano de Desarrollo 20112016 capítulo sexto, denominado Gobierno y Administración Eficientes y Transparentes, numeral VI.6 Finanzas Públicas orientadas al Desarrollo, indica que es necesario establecer

    un Sistema de Planeación Estatal moderno que responda con oportunidad a las necesidades de los diferentes sectores y regiones de la entidad. Además, es conveniente contar con este sistema para mejorar la eficiencia, eficacia y transparencia de las políticas públicas; anticipar los requerimientos presupuestales; identificar las mejores soluciones a la problemática social y del sector productivo, y apoyar en procesos de evaluación para asegurar una mejora continua en la calidad del gasto público.

  4. Que la evaluación es un instrumento poderoso para la toma de decisiones, por lo que el diseño institucional que rige al Presupuesto basado en Resultados, al Sistema de Evaluación del Desempeño y, en general, al proceso presupuestario, sirve de plataforma para dar mayor certidumbre jurídica y económica, así como transparencia al proceso en su conjunto.

  5. Que la evaluación del desempeño de un programa público es un procedimiento que examina la situación que guarda dicho programa respecto a sus objetivos, con el fin de proveer información sobre los efectos a corto, mediano y largo plazo que éste tiene sobre los beneficiarios.

  6. Que el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave reconoce que el presupuesto es el vehículo más importante con el que cuenta el gobierno para aplicar sus políticas públicas y proveer los bienes y servicios que la sociedad demanda.

  7. Que el Gobierno del Estado de Veracruz se ha dado a la tarea de implementar los conceptos anteriores para lo cual publicó los "Lineamientos Generales para la Adopción del Presupuesto Basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño del Estado de Veracruz, para el Proceso de Presupuestación" en la Gaceta Oficial Núm. Ext. 297 de fecha 31 de agosto de 2012.

  8. Que mediante Decreto número 875 que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Núm. Ext. 332 de fecha 26 de agosto de 2013, se establecieron las bases legales para la adopción del Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño.

  9. Que el código antes mencionado establece, en su artículo 289 Bis fracción I, que es atribución de la Secretaría de Finanzas y Planeación emitir los lineamientos metodológicos y técnicos para la operación del Sistema de Evaluación del Desempeño, en el ámbito de su competencia.

    En razón de los fundamentos y considerandos expuestos, he tenido a bien expedir los siguientes:

    LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 39
Artículo 1

Los presentes lineamientos son de observancia obligatoria para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal del Gobierno de Veracruz de Ignacio de la Llave y tienen por objeto establecer las disposiciones para regular el funcionamiento del Sistema de Evaluación del Desempeño que establece el artículo 289 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 2 Para efecto de los presentes lineamientos se entenderá por:

AI: A la Actividad Institucional que es la categoría programática que incluye atribuciones o funciones de la Administración Pública Estatal, previstas en la normatividad de las Dependencias y Entidades, que no corresponden a un Programa Presupuestario.

Código: Al Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Contraloría: A la Contraloría General del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Entidades: A los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, los fideicomisos, las comisiones, los comités, los consejos, las juntas y demás organismos auxiliares.

Dependencias: A las Secretarías de Despacho, la Procuraduría General de Justicia, la Contraloría General y la Coordinación General de Comunicación Social.

Evaluación: Al proceso que tiene como finalidad determinar el grado de eficacia, eficiencia, economía y calidad con que han sido empleados los recursos económicos destinados para alcanzar los objetivos previstos en las políticas públicas, el Plan Veracruzano de Desarrollo y los programas que de él se deriven, los Programas Presupuestarios y las Actividades Institucionales, posibilitando la adopción de medidas que garanticen el cumplimiento adecuado de las metas, de conformidad con lo señalado en el Título Sexto del Libro Cuarto del Código, denominado "De Control y Evaluación del Gasto Público".

Indicador de desempeño: A la observación o fórmula que integra información cuantitativa o cualitativa, estratégica o de gestión, en términos de eficacia, eficiencia, economía y calidad,

respecto del logro o resultado de los objetivos de la política pública, de los Programas Presupuestarios y de las Actividades Institucionales de Dependencias y Entidades.

Ley Orgánica: A la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de Llave.

Meta: Al límite o nivel máximo de logro esperado por la organización.

MML: A la Metodología del Marco Lógico que es la herramienta de planeación estratégica basada en la estructuración y solución de problemas que permite organizar de manera sistemática y lógica los objetivos de un Programa Presupuestario y sus relaciones de causalidad; identificar los factores externos que pueden influir en el cumplimiento de los objetivos del Programa Presupuestario; proporcionar elementos para evaluar el avance en la consecución de dichos objetivos, y examinar el desempeño del Programa Presupuestario en todas sus etapas. Asimismo, facilita el proceso de conceptualización y diseño de Programas Presupuestarios, a través de la Matriz de Indicadores para Resultados.

PAE: Al Plan o Programa Anual de Evaluación que es el documento en el que se establecen las evaluaciones de desempeño a realizar durante el ejercicio fiscal.

PbR: Al Presupuesto basado en Resultados que es el instrumento de la Gestión por Resultados consistente en un conjunto de actividades y herramientas que permiten que las decisiones involucradas en el proceso presupuestario incorporen, sistemáticamente, consideraciones sobre los resultados obtenidos y esperados de la aplicación de los recursos públicos.

PP: Al Programa Presupuestario que es la categoría programática que permite organizar, en forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos cuya identificación corresponde a la solución de una problemática de carácter...

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